Obligaciones dinerarias

AutorMarcelo U. Salerno
Páginas357-359

Page 357

1. Introducción

Una reforma trascendente a los Códigos Civil y Comercial, elaborada tras varios intentos fallidos, despierta curiosidad e inquietud. Obedece a una decisión política que nos concierne analizar como ciudadanos y abogados. Los textos vigentes durante largas décadas serán sustituidos por otros, despojados de notas al pie a in de orientar al intérprete. Pacientemente habrá que examinar cada propuesta innovativa del orden vigente y brindar algunas conclusiones liminares.

Solo dos artículos de ese “Proyecto”, relativos a las obligaciones dinerarias, por ahora merecen ser comentados (arts. 765 y 766). Luego de haber sido ofrecido el “Anteproyecto” que redactó una Comisión “ad hoc”, esas disposiciones variaron, con una versión diferente a la inicial. Los autores de la iniciativa preliminar habían aclarado que esta regiría siempre que existiese un “proceso de estabilización de la economía”. En poco tiempo mudó el criterio sobre esta importante categoría, sin brindar al lector una explicación satisfactoria al respecto.

Los temas a considerar, tomando como punto de referencia al “Proyecto” que recientemente tuvo entrada en el Congreso, se basan en el régimen de la moneda extranjera, y al tipo de cambio a aplicar, más las deudas de valor (art. 772 Pr.).

2. La obligación dineraria

El dinero, como instrumento de pago o para atesorar, no reconoce fronteras en nuestro tiempo, cualquiera sea el Estado emisor del numerario. Circula por todos los mercados del mundo para satisfacer el cumplimiento de las prestaciones que le sirven de objeto. Los fondos se transieren con luidez de un país a otro sin mayores diicultades superando las barreras aduaneras, de acuerdo a las exigencias de la comunidad internacional. Es un fenómeno propio de la época a causa de ir declinando la idea de soberanía política, obra de la globalización.

Monedas de diversa especie coexisten en un mismo territorio para efectuar variadas operaciones. Nadie puede sustraerse a esta realidad impuesta en los hechos por las prácticas negociales. Uno de los factores que provocó esas prácticas es la inlación, a in de preservar los términos del intercambio y la equivalencia de las prestaciones al tiempo de contratar. Así como alguna vez se negoció con el peso fuerte –el cual tenía respaldo en oro–, después que perdió ese respaldo y sufrió devaluaciones, los capitales se refugiaron en las divisas.

La...

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