ley 5827
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Mayo de 2018, expediente Rc 121217
Los argumentos de derecho o de hecho en los que las partes sustentan sus pretensiones, no revisten el carácter de cuestión esencial en los términos del art. 168 de la Constitución provincial, por lo que su eventual falta de consideración no genera la nulidad del pronunciamiento, ya que la obligación de tratar la totalidad de las cuestiones esenciales no conlleva la de seguir a las partes en todas
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 26 de Octubre de 2016, expediente Rp 126805
En el marco del recurso de queja, el art. 31 bis de la ley 5827 (to. ley 13.812) permite desestimar sin más trámite el recurso extraordinario por aplicación del estándar de resolución del agravio en casos análogos.
...art. 31 bis, ley 5827). En efecto, esta Suprema Corte ha señalado que debe desestimarse por improcedente el recurso extraordinario de nulidad si la cuestión que se dice ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 8 de Marzo de 2017, expediente Rl 119633
Debe ser rechazado, por su insuficiente fundamentación (art. 31 bis, ley 5827), el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que sólo exhibe, en rigor, un reproche que tan solo traduce una mera discrepancia subjetiva con el criterio seguido por el juzgador de grado, sin demostrar la transgresión de las normas legales que denuncia, ni que medie error en el modo como el tribunal de trabajo...
...31 bis, ley 5827... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Junio de 2017, expediente Rl 119848
Debe ser rechazado, por su insuficiente fundamentación (art. 31 bis, ley 5827), el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que sólo exterioriza una mera discrepancia subjetiva tendiente a descalificar aspectos de la decisión que son privativos de la labor axiológica de los jueces de grado -como lo es evaluar, en el caso, la conducta de las partes previa a la rescisión del vínculo laboral,
...31 bis, ley 5827... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Agosto de 2017, expediente Rl 120505
Debe ser rechazado, por su insuficiente fundamentación (art. 31 bis, ley 5827), el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que sólo exterioriza una mera discrepancia subjetiva tendiente a descalificar aspectos de la decisión que son privativos de la labor axiológica de los jueces de grado -en el caso determinar la relación de causalidad entre las tareas desarrolladas por el trabajador y...
... Rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en atención a su insuficiente fundamentación (art. 31 bis, ley 5827, texto según ley 12.961), con costas (art. 289, CPCC). Regístrese, notifíquese y ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 30 de Septiembre de 2021, expediente Rc 124610
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Abril de 2021, expediente Rc 124519
No se puede analizar la imposición de las costas si no se demuestra que se haya alterado burdamente el carácter de vencido o exista iniquidad manifiesta en el criterio de distribución de las mismas.( art. 31 bis, ley 5827, texto según ley 13812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Marzo de 2022, expediente Rc 124721
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Diciembre de 2021, expediente Rc 124786
Corresponde rechazar el recurso de nulidad cuyos agravios se refieren en rigor al acierto jurídico de lo resuelto, deviniendo de suyo ajenos al extraordinario intentado en tanto reposan sobre el mérito de la decisión, la cual, además, se encuentra sustentada en expresas disposiciones legales (art. 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Noviembre de 2021, expediente Rc 123434
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 27 de Junio de 2018, expediente Rc 121497
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Marzo de 2022, expediente Rc 124722
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Junio de 2021, expediente Rc 124489
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 4 de Diciembre de 2019, expediente Rc 123610
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 28 de Septiembre de 2020, expediente Rc 124033
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 28 de Septiembre de 2020, expediente Rc 123976
Cuando se denuncia infracción de doctrina legal, es necesario que el recurrente cumpla con la carga de individualizarla, a fin de exponer su similitud con el caso bajo análisis, y posteriormente, pretender su aplicación. El incumplimiento de tales exigencias, torna insuficiente la impugnación (art. 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 26 de Diciembre de 2018, expediente Rc 122399
No media infracción al art. 168 de la Constitución provincial cuando de la lectura del pronunciamiento surge que la cuestión esencial que se dice preterida ha sido tratada expresamente por el tribunal, sólo que en sentido desfavorable a los intereses del recurrente (art. 31 bis, ley 5827, texto según ley 12.961).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Abril de 2022, expediente Rc 124279
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Octubre de 2021, expediente Rc 123255
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 30 de Octubre de 2019, expediente Rc 123443
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 28 de Septiembre de 2020, expediente Rc 124047
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Diciembre de 2020, expediente Rc 124232
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Diciembre de 2020, expediente Rc 124256
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Marzo de 2022, expediente Rc 125204
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Marzo de 2022, expediente Rc 124123
Quien afirma que la sentencia transgrede determinados preceptos del derecho vigente o denuncia absurdo, anticipa una premisa cuya demostración debe luego llevar a cabo. El incumplimiento de esta exigencia provoca la insuficiencia del intento revisor (conf. arts. 279, C.P.C.C. y 31 bis, ley 5827, texto según ley 13.812).