Intervenciones federales durante la primera presidencia de Hipólito Yrigoyen 1916-1922

Emergencias constitucionales III. Intervención federalSumario (2007)

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1. Intervenciones federales durante la primera presidencia de Hipólito Yrigoyen 1.1. Intervención a la provincia de Buenos Aires por decreto del 24 de abril de 1917. 1.2. Intervención a la provincia de Corrientes por decreto del 23 de noviembre de 1917 1.3. Intervención a la provincia de Mendoza por decreto del 24 de noviembre de 1917 1.4. Intervención a la provincia de Córdoba por decreto del 28 de noviembre de 1917 1.5. Intervención a la provincia de Jujuy por decreto del 7 de diciembre de 1917 1.6. Intervención a la provincia de Tucumán por decreto del 7 de diciembre de 1917 1.7. Intervención a la provincia de La Rioja por decreto del 4 de abril de 1918. 1.8. Intervención a la provincia de Catamarca por decreto del 27 de abril de 1918. 1.9. Intervención a la provincia de Salta por decreto del 27 de abril de 1918 1.10. Intervención a la provincia de Mendoza por decreto del 24 de diciembre de 1918 1.11. Intervención a la provincia de San Luis por decreto del 8 de mayo de 1919 1.12. Intervención a la provincia de Santiago del Estero por decreto del 17 de octubre de 1919. 1.13. Intervención a la provincia de San Juan por decreto del 17 de octubre de 1919 1.14. Intervención a la provincia de Mendoza por ley Nº 11.039 1.15. Intervención a la provincia de Tucumán por decreto del 25 de noviembre de 1920 1.16. Intervenciones a la provincia de San Juan por leyes Nº 11.112 y 11.168. 1.17. Intervención a la provincia de Salta por ley Nº 11.169 1.18. Intervención a la provincia de Jujuy por decreto del 7 de diciembre de 1921 . 2. Conclusiones

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Intervenciones federales durante la primera presidencia de Hipólito Yrigoyen 1916-1922

En un trabajo anterior sostuvimos que, a partir de los primeros años del siglo XX y de allí en más, no puede entenderse el proceso político argentino sin conocer la concepción que Hipólito Yrigoyen dio a la UCR. Según su criterio, éste no era un partido político, sino un movimiento cívico de reparación ética destinado a instaurar la plena vigencia de la democracia constitucional142. Por eso no aceptó los ofrecimientos que se le hicieron a su partido para participar en diversos gobiernos, pues consideraba que sólo el voto popular libremente expresado daba contenido ético y legitimidad al poder. Recién después de la sanción de la Ley Sáenz Peña, que aseguraba elecciones libres sobre la base del padrón electoral confeccionado sobre el registro militar y el voto secreto y obligatorio en las elecciones nacionales, pensó que existían posibilidades de participación.

Sin embargo, no obstante las virtudes de la ley sancionada, que importaban un cambio sustancial en las prácticas políticas, Yrigoyen consideró insuficiente lo obtenido. La libre emisión del voto en el orden nacional -sostenía- debía complementarse con la intervención federal a todas las provincias gobernadas por mandatarios a los que consideraba espurios, en tanto no habían surgido de la voluntad popular, sino que eran resultado de acuerdos políticos fraudulentos de las minorías oligárquicas.

Cuando el Gobierno nacional intervino la provincia de Santa Fe y decidió convocar a elecciones locales con la garantía de la nueva ley electoral nacional, el radicalismo decidió participar en los comicios. Ganó en Santa Fe y, aunque todavía condicionado por ciertos resabios fraudulentos, participó con diversas suertes en las elecciones de la Capital Federal, Córdoba, Salta y Tucumán.

Para las elecciones presidenciales que debían realizarse en 1916 el radicalismo eligió como su candidato a Hipólito Yrigoyen, después de vencer las múltiples resistencias de éste para aceptar la nominación por entender que una lucha de contenido ético no podía tener como culminación sólo el poder material. En la elección resultó ganador en el número de votos y con una mayoría escasa de electores fue consagrado Presidente de la Nación.

"No he venido a castigar ni a perseguir sino a reparar", dijo en su mensaje inaugural a la Asamblea Legislativa y el primer objetivo que se propuso fue recomponer la legitimidad demo- crática de la Nación. Uno de los mecanismos que utilizó para esa recomposición fue el de las intervenciones federales a las provincias. Consideraba que era necesario colocar a todos los distritos argentinos en condiciones para que, mediante elecciones libres, pudieran elegir sus mandatarios en reemplazo de las autoridades ilegítimas que usurpaban el poder.

La actitud de Yrigoyen no sorprendió, ya que desde hacia años venía repitiendo que era necesario realizar una reparación política integral que complementara en las provincias la nueva etapa que se iniciaba en el orden nacional. A esos efectos consideró que existían dos clases de intervenciones federales: las reparadoras, cuyo objetivo era poner a las provincias en condiciones de normalidad institucional con mandatarios legítimos, y las constitucionales, fundadas en los artículos 5º y 6º de la Constitución Nacional. Las intervenciones reparadoras debían disponerse por decreto, porque no se podía pedir a los grupos conservadores, que tenían amplias mayorías en ambas Cámaras del Congreso Nacional, una comprensión y colaboración para sus propósitos regeneradores.

En tres documentos el presidente Yrigoyen sienta las bases de lo que debían ser las intervenciones federales reparadoras: en la comunicación que cursa en 1917 a Marcelino Ugarte, gobernador de la provincia de Buenos Aires; en los fundamentos del decreto de intervención a esa provincia y en el decreto que aprueba la gestión cumplida por el interventor federal en La Rioja, en 1920.

Dice el primero de los documentos aludidos: "Las autoridades provinciales son de los pueblos y para los pueblos y no para los Gobiernos y su invocación tiene que ser sometida al análisis de la verdad institucional, porque bien podría resultar esa auto- nomía un nuevo instrumento para afianzar aún más ciertas situaciones arraigadas en la opresión o el fraude"143.

Los fundamentos del decreto de intervención a la provincia de Buenos Aires, expresan: "El pueblo de la República, al plebiscitar su actual gobierno legítimo, ha opuesto la sanción soberana de su voluntad a todas las situaciones de hecho y a todos los poderes ilegales. En tal virtud, el Poder Ejecutivo no debe apartarse del concepto fundamental que ha informado la razón de su representación pública, sino ...

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