Intervenciones durante la presidencia del Dr. Fernando De La Rúa 1999 - 2001

AutorAlfredo Vítolo
Páginas639-652

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A pesar de la intervención federal en la provincia de Corrientes durante la presidencia del Dr. Menem, que habría posibilitado la elección de un nuevo Gobernador, en junio de 1999 reaparecieron los problemas. El Gobernador a esa fecha, Pedro Braillard Poccard, dada su íntima vinculación y dependencia de Raúl Romero Feris, ejercía su mandato lleno de limitaciones y en un evidente sistema antidemocrático.

El presidente Menem pensaba en intervenir la provincia e inclusive dio instrucciones al Ministro del Interior para que fuese preparando el proyecto de ley o el decreto respectivo y pensando en el nombre de quien podía ser interventor. Sin embargo, encontrándose ya próximo el vencimiento de su mandato, decidió postergar la medida y esperar hasta que asumieran las nuevas autoridades de la Nación. En el ínterin fuerzas opositoras tomaron la Legislatura y los empleados públicos iniciaron marchas de protestas por los sueldos impagos. Éstos inclusive, apedrearon al Gobernador y lo hirieron, lo que obligó a su urgente atención médica y a recibir ocho puntos de sutura en la cabeza. A pesar de esas condiciones, la Page 640 Gendarmería Nacional se negó a actuar y los legisladores y dirigentes del partido del Gobernador ocuparon la sede de la Legislatura, de modo de impedir el funcionamiento de la misma y la tramitación de los pedidos de juicio político.

Existía una total crisis de autoridad y un desorden generalizado en la administración, lo que significaba un auténtico vacío de poder.

La situación económica financiera de la provincia era caótica. La deuda pública que en 1993 era de 400 millones de pesos pasó a ser de 1.400 millones a fines de 1998; el Estado provincial debía el 60% de los haberes de los empleados públicos correspondientes al mes de abril de 1999 y la totalidad del medio aguinaldo de diciembre de 1998, encontrándose también impago el sueldo del mes de mayo. El desempleo alcanzaba al 15% de la población económicamente activa de la provincia, aunque había algunas ciudades, como Goya, donde el índice de desocupación trepó hasta el 50%. Los comercios, en los rubros correspondientes a artículos alimenticios, de vestimenta o del hogar, tenían una caída en las ventas que podía calcularse entre el 40 y el 60%. Además, como si esto fuera poco, había dos gobernadores y ambos invocaban su legitimidad.

En las condiciones que hemos descripto asumió la Presidencia de la Nación el Dr. Fernando de la Rúa el 10 de diciembre de 1999 y uno de los primeros temas que debió considerar fue la situación de la provincia de Corrientes216

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1. Intervención a la provincia de Corrientes por ley Nº 25 236

El 15 de diciembre de 1999 el Presidente de la Nación se dirigió al Honorable Congreso a través de un mensaje en el que solicitaba que se declarara la intervención federal a la provincia de Corrientes a fin de garantizar el régimen republicano de gobierno. El mensaje y el proyecto copiados dicen así:

Buenos Aires, 15 de diciembre de 1999

Al Honorable Congreso de la Nación: Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad a efectos de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley, mediante el cual se dispone la intervención federal en la provincia de Corrientes.

Dicha propuesta se basa en que se han producido y se están produciendo graves hechos de perturbación social, que se han generado como consecuencia de una profunda crisis institucional que se viene desarrollando en esa provincia desde hace tiempo.

La generación de dos "autoridades" diferentes que se adjudican la legitimidad a los fines del ejercicio del gobierno provincial es la manifestación clara de la alteración de la forma republicana de gobierno y de la imposibilidad de satisfacer las necesidades sociales del pueblo correntino, como asimismo la expresión de su vacío de poder que pone en riesgo la propia existencia del Estado provincial.

La forma republicana de gobierno exige el funcionamiento armónico de cada uno de los poderes constituidos para cumplir con los fines a su cargo. Dicho sistema debe ser sostenido en el territorio de las provincias por sus propias autoridades (artículo 5º, C.N.), y en caso de imposibilidad por parte de ellas debido a la exigencia de graves circunstancias por el Gobierno federal (artículos 6º y 75, inciso 31, C.N.).

La situación de los poderes públicos provinciales da muestra de su incapacidad para resolver la crisis existente. Ello, por cuanto existe una confrontación entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo frente a la cual el Poder Judicial no actúa. Esta situación político-institucional Page 642 hace imposible al Gobierno nacional mantener con las autoridades provinciales un grado de comunicación razonable para que se adopten las medidas necesarias para resolver la gravedad de la crisis.

Los hechos descriptos afectan profundamente al pueblo de la provincia de Corrientes en virtud de la falta de cumplimiento de los cometidos esenciales del Estado. No está garantizada la educación primaria, exigencia impuesta por la Constitución Nacional (artículo 5º).

En razón de todo lo expuesto, es deber del Gobierno federal, a los fines de garantizar la vida, seguridad y bienes del pueblo de la provincia de Corrientes, estableciendo una distribución más justa y equitativa de los fondos públicos, adoptar la decisión prevista en el artículo 6º de la Constitución Nacional, ejerciendo de esa forma una acción rápida, enérgica y eficaz con el objeto de resolver la situación de crisis social e institucional existente en la provincia.

Por ello, y de conformidad con lo previsto en los artículos y 75, inciso 31 de la Constitución Nacional, se solicita a Vuestra Honorabilidad la rápida sanción del presente proyecto de ley.

Firmado: Fernando de la Rúa - Rodolfo Terragno - Federico Storani.

PROYECTO DE LEY

El Senado y...

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