subordinacion juridica
9407 resultados para subordinacion juridica
-
Vigente
Versión original
Ley 22.400 sobre Regulación de la Actividad del Productor Asesor de Seguros
... de las entidades aseguradoras cualquiera sea su naturaleza jurídica; ... f) Los funcionarios o empleados de la Superintendencia de Seguros de ... , precedentemente descripta, no implica, en sí misma, subordinación jurídica o relación de dependencia con la entidad aseguradora o el ...
-
Sentencia nº 13-05097770-0/1 de Suprema Corte de Justicia - Sala Segunda, 05-04-2022
... de servicios se "cumpla bajo una forma jurídica ajena a la legislación del trabajo", siendo la locación de servicios autónomos un contrato civil típico y habitual en el ámbito de los servicios profesionales siendo típico del vínculo laboral las dependencias jurídica, económica y técnica. No obstante la supuesta subordinación jurídica que fue establece el Tribunal de mérito bajo la consideración de la imposición de días y horarios de...
-
Sentencia nº 150653 de 7º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 03-08-2017
... vínculo, se debe rechazar la existencia de una subordinación jurídica, y por ende, de una relación laboral entendida según el art. 4LCT.
-
Sentencia nº 314 de Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (Laboral) del 25-10-2022
RELACIÓN DE DEPENDENCIA. Inexistencia. MÉDICO. CLUB DE FÚTBOL. PRESUNCIÓN del ART. 23 de la LCT. Precisiones. NOTAS TÍPICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO, SUBORDINACIÓN -jurídica, económica-, CUMPLIMIENTO DE HORARIOS, CARÁCTER INTUITU PERSONAE. Inexistencia.
-
Sentencia nº 9444 de 7º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 15-06-2017
... define la relación laboral en base a la triple subordinación, técnica, jurídica y económica, en que se encuentra el trabajador respecto de su empleador, sino que la nota tipificante de la relación está dada por la ajenidad del trabajador, respecto de una estructura empresaria a la cual es extraño, por no participar de las ganancias y tampoco soportar las pérdidas del negocio, limitándose a poner su fuerza laboral a disposición de la...
-
Sentencia nº 13-02072163-9/1 de Suprema Corte de Justicia - Sala Segunda, 26-05-2020
... recho, prescindir o estar en contra de la opinión jurídica expresada por las partes (principio del iuria novit curia) teniendo la facultad de resolver ultra petita con fundamento en el principio de la verdad real.
-
Sentencia nº 50431 de 1º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 02-11-2016
... trabajador por la suya propia. Esa posibilidad jurídica de mando, aunque no sea ejercida efectivamente, es lo que caracteriza al contrato de trabajo.
-
... de servicios se "cumpla bajo una forma jurídica ajena a la legislación del trabajo", siendo la locación de servicios autónomos un contrato civil típico y habitual en el ámbito de los servicios profesionales siendo típico del vínculo laboral las dependencias jurídica, económica y técnica. No obstante la supuesta subordinación jurídica que fue establece el Tribunal de mérito bajo la consideración de la imposición de días y horarios de...
-
Sentencia nº 26850 de 5º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 10-09-2018
... en que no se logra demostrar la existencia de subordinación jurídica, económica, ni técnica, que son los elementos tipificantes del contrato de trabajo, es decir que no se ha probado que el empleador le dá ordenes sustituyendo la voluntad del trabajador, que el mismo cumpliera horario indicado y controlado por el empleador, que el trabajador acate órdenes, instrucciones e indicaciones precisas de como realizar el trabajo, ni que el empleador
-
Sentencia nº 153140 de 7º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 26-09-2017
... técnica. Asimismo, no se configura la subordinación económica, ni técnica ni jurídica, si la persona que se desempeña como guía, realiza la actividad en calidad de empresario, desempeñándose para diferentes empresas que lo requieren.
-
Sentencia nº 1301986413 de 5º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 30-08-2016
... y lo conforman de manera determinada tales como subordinación económica, jurídica y técnica. La subordinación como elemento diferenciador del contrato laboral se prueba por quien lo afirma y la dicha prueba debe versar sobre hechos capaces de confi - gurarla. Asimismo el onus probandi supone un imperativo del propio interés del litigan - te, es una circunstancia de riesgo que consiste en que quien no prueba los hechos que invoca pierde el...
-
Sentencia nº 158023 de 4º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 15-11-2017
... boral, cuando se presentan las tres aristas de la subordinación laboral: económica, jurídica y técnica.
-
Sentencia nº 26591 de 5º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 14-08-2013
La subordinación jurídica y técnica se caracteriza por la posibilidad del empleador de impartir órdenes e instrucciones sustituyendo la voluntad o la libre disposición del trabajador, que tiene la correlativa obligación de acatarlas.
-
Sentencia nº 24423 de 5º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 06-10-2015
Demostrando el demandado que no existió subordinación jurídica y económica, además de técnica, que son los elementos tipificantes del contrato de trabajo, es decir, que no estaba facultado para impartir órdenes e instrucciones sustituyendo la voluntad del trabajador, quien tiene la correlativa obligación de acatarlas, y asi - mismo que no abonaba una contraprestación en dinero, queda desvirtuada la pre - sunción del artículo 23 de la...
-
Sentencia nº 14143 de 5º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 07-11-2014
... diferente. De manera que al no existir subordinación jurídica, económica ni técnica queda desvirtuada la presunción del mencionado artículo.
-
Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Diciembre de 2013, G. 740. XLIII. ROR
... de que se habían configurado las notas de subordinación jurídica, económica y técnica propias de un contrato de trabajo permanente, omitiendo toda referencia al marco legal invocado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el inicio de la controversia y sin examinar en forma pormenorizada -porque nunca fueron incorporados al expediente- cada uno de los contratos objetados y sus renovaciones.
-
Sentencia nº 20549 de 5º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 04-06-2013
En la relación entre un profesional y una organización, la continuidad de los servi - cios no define por sí sola el amparo del derecho laboral. Empero, unido al concepto de subordinación jurídica y de dependencia económica de sus ingresos, constituye un elemento que termina de configurar la existencia de una relación de trabajo y no una locación de servicios.
-
Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 12 de Junio de 2013, expediente L 108731
La subordinación jurídica y técnica que tipifica el contrato de trabajo se caracteriza por la posibilidad del empleador de impartir órdenes e instrucciones sustituyendo la voluntad o la libre disposición del trabajador, que tiene la correlativa obligación de acatarlas, aunque de hecho tal facultad no se ejerza.
-
Sentencia nº 9069 de 7º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 15-08-2013
... no sólo es ocasional sino que además no existe subordinación jurídica, técnica y económica, ni continuidad.
-
Sentencia nº 7924 de 7º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 15-05-2015
... la cual la misma se configura si se da la triple subordinación = técnica, jurídica y económica; se debe analizar si existe una organización empresaria, es decir, si existe una estructura instrumental de medios personales materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos o benéficos (art. 5 L.C.T.). Demostrada la existencia de esa organización y probado que se han prestado servicios laborales para ella en...
-
Sentencia nº 18260 de 5º Cámara del Trabajo - Primera Circunscripcion, 12-11-2013
El contrato de trabajo, además de los elementos esenciales correspondientes al género, (consensual, bilateral, oneroso, etc.) se caracteriza por otros que le dan rasgos especiales: subordinación (económica, jurídica y técnica), profesionalidad y continuidad.