Intereses y actualizaciones de los honorarios del abogado

AutorPedro León Tinti - Guillermo Pedro Tinti
Páginas73-78
Capítulo XI
INTERESES Y ACTUALIZACIONES
DE LOS HONORARIOS DEL ABOGADO
Los artículos 33 y 34 del Código Arancelario, se intitulan,
respectivamente, “Actualización de la base” y “Actualización de
los honorarios”. La redacción del título corresponde a los arts. 30
y 31 del primer texto del Código Arancelario (ley 7269) pero en
aquel caso se establecía una actualización ostensible, esto es
una operación aritmética de equivalentes monetarios entre
dos fechas, calculado en base a la variación de los índices de
precios al consumidor, no prohibida por norma alguna en la
época de su vigencia.
La ley 23.928 de convertibilidad prohibió toda indexación,
actualización o ajuste de las obligaciones. La ley 25.561, que
derogó la convertibilidad, dispuso en su art. 7º que en ningún
caso se admitirá actualización monetaria, indexación ni re-
potenciación de las obligaciones.
Es probable que el legislador nacional haya dictado estas
normas en la creencia que se ponía fin al proceso de inflación
y la consecuente depreciación monetaria que azotó recu-
rrentemente al país. Sin embargo, esa grave patología ha
vuelto y sigue alterando la economía y la vida cotidiana.
Frente a esa realidad, la aplicación de intereses sobre los
valores económicos originales del juicio constituye una forma

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