El derecho de las mujeres a la no discriminación en el seno de la familia. Igualdad de derechos y responsabilidades como progenitores. Enfoque jurisprudencial

AutorCarla Olocco de Otto
Cargo del AutorJueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género de Quinta Nominación de la Ciudad de Córdoba
Páginas181-208
CAPÍTULO VII
EL DERECHO DE LAS MUJERES A LA NO
DISCRIMINACIÓN EN EL SENO DE LA FAMILIA.
IGUALDAD DE DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
COMO PROGENITORES.
ENFOQUE JURISPRUDENCIAL1
Carla Olocco de Otto2
“Por un mundo donde seamos socialmente iguales,
humanamente diferentes y totalmente libres”
Rosa Luxemburgo
Sumario: I. Introito. II. Planteamiento del tópico en análi-
sis. III. Marco jurídico aplicable. 1. La protección especial a
los derechos de la mujer en el derecho internacional de los de-
rechos humanos. IV. Conceptualización y marco legal (cuidado
personal, régimen comunicacional y obligación alimentaria
1 A mi compañero de ruta, Agustín Otto, fiel reflejo que este cambio profundo que se re-
clama, es con ellos.
2
Jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género de Quinta Nominación de la
Ciudad de Córdoba.
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- tipos de violencia). V. Acuerdos reglamentarios dictados por
el TSJ con vinculación al tema en análisis: a) Acuerdo Regla-
mentario Nº 1546, Serie A, de fecha 11/02/2019 b) Acuerdo
Reglamentario Nº 1576, de fecha 29/07/2019. VI. Enfoque
jurisprudencial en relación al tema. VII. Fallos con vincula-
ción a la temática. VIII. Colofón. IX. Bibliografía.
I. INTROITO
El presente importa el desarrollo y análisis de un tópico que
surgió, a partir de la labor cotidiana desempeñada en los estrados
judiciales transitados; incluso con anterioridad al recibir la pro-
puesta para escribir un artículo de mi interés. Por así expresarlo,
“el tema me encontró, antes que tener que pensar uno”. Reflexio-
nando cual podría haber obrado de punto de partida para ello, no
encuentro otra respuesta que el devenir mismo de mi carrera
judicial por dos fueros estrechamente relacionados, el de Fami-
lia con el de Niñez, Violencia Familiar y Género; relación que en
la actualidad, a mi parecer, se ha profundizado aún en razón la
transversalidad que detentan las cuestiones atinentes a violen-
cia familiar y genero imperantes. Este carácter que subyace y
profundiza es aquel que nos impulsa a repensar cada caso impo-
niendo a quienes tenemos la tarea de resolver, el hacerlo con una
mirada distinta. Invitarse ante esta nueva realidad que se presen-
ta a “ponerse nuevos anteojos”. Desde otro costado, este extremo se
condice a un requerimiento social formulado a diario a los miembros
del Poder Judicial de abandonar una posición estática y parcial, para
ejercer un rol más dinámico brindando respuestas jurisdicciona-
les rápidas e integrales. Asistimos a un momento social y cultu-
ral en el cual a la hora de resolver, se deben coordinar acciones
para conseguir el logro de resultados. En este orden de ideas, se
ha pronunciado la Sra. Presidente de Nuestro máximo organismo
provincial, Dra. Marta Cáceres de Bolatti, en su discurso de
apertura de las Primeras Jornadas Federales sobre Violencia
Familiar, al aseverar que ese encuentro responde a la necesidad
de “articular y coordinar” esfuerzos interinstitucionales e
interdisciplinarios con el fin de cumplir los compromisos
internacionales asumidos por el Estado argentino en mate-
ria de violencia doméstica. “Si hay una problemática de la
que no podemos desentendernos y mirar hacia otro lado,

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