Protección de las niñas, niños y adolescentes al amparo de la ley nº 9.283 y su modificatoria ley nº 10.400. El interés superior del niño como principio orientador
Autor | Hugo Fernando Conterno y María Fernanda Yucra |
Cargo del Autor | Funcionarios de Asesoría de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género del Octavo turno de la ciudad de Córdoba |
Páginas | 107-129 |
CAPÍTULO IV
PROTECCIÓN DE LAS NIÑAS, NIÑOS
Y ADOLESCENTES AL AMPARO DE LA LEY Nº 9.283
Y SU MODIFICATORIA LEY Nº 10.400.
EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
COMO PRINCIPIO ORIENTADOR
Hugo Fernando Conterno y María Fernanda Yucra1
“Yo sé que no soy culpable.
Yo sé que ahora soy feliz.
Yo sé que quería que alguien
Alguien en el mundo piensa en mí”
Carlos Alberto García
Sumario: I. Introducción. II. Aspecto normativo. 1. Ley pro-
vincial N° 9.283. Ley de Violencia Familiar. 2. Ley de promo-
ción y protección integral de los derechos de los niños, niñas
y adolescentes en la provincia de Córdoba - Ley N° 9944. III.
1 Funcionarios de Asesoría de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género del Octa-
vo turno de la ciudad de Córdoba.
108 HUGO FERNANDO CONTERNO - FERNANDA YUCRA
Caracterización del procedimiento de violencia familiar. IV.
Niños sujetos a mayor vulnerabilidad. V. Aplicación prácti-
ca de la normativa por los juzgados de niñez, adolescencia y
violencia familiar y de género de la ciudad de Córdoba. 1. Ni-
ñas y adolescentes víctimas de violencia familiar. a. Niñas y
adolescentes que formulan las denuncias. b. Niños víctimas
de abuso sexual. 2. Adolescentes denunciados en el proceso de
violencia familiar. 3. Relación vincular violenta de los adul-
tos en los que el niño es víctima indirecta. a. Falta de protec-
ción del niño. b. El abuso del proceso, denuncia de violencia
falsa o exagerada. VI. Palabras finales que no son una con-
clusión. VII. Bibliografía.
I. INTRODUCCIÓN
El tema de la violencia familiar se ha impuesto en nuestra
sociedad como una problemática a solucionar, en la actualidad
nos sensibiliza y hemos tomado consciencia de un fenómeno que
ha estado presente en todos los registros históricos de la huma-
nidad. Lo novedoso es que constituya una preocupación social y
que se asumió una búsqueda de respuesta legislativa.
En este marco nos inscribimos con las reflexiones que siguen,
haciendo foco en los supuestos especiales, en los que las niñas,
niños y adolescentes son víctimas de violencia familiar, o son sin-
dicados como los autores de la violencia o bien, simple y triste-
mente han quedado entrampados en la conflictiva de sus padres.
Como paso previo a adentrarnos en la ley, observaremos la
práctica, que en nuestra visión genera una desprotección al gru-
po etario señalado, caracterizado por ser personas en crecimiento
y formación.
Concretamente, y a modo ejemplificativo podemos mencionar
las siguientes situaciones problemáticas:
- Aquellos supuestos en los que luego de formularse la denun-
cia por violencia familiar, en la que la única víctima es el niño y
que los denunciados son sus padres, resulta una práctica habitual
poner en conocimiento del órgano de aplicación de derechos de la
ley Nº 9.944, Se.N.A.F., los términos de la denuncia y ordenar el
archivo del expediente iniciado en sede judicial.
Contrastando esta imagen simple y despojada de sutilezas,
observamos que si la víctima es mayor de edad, el Juez dispone de
todas las medidas cautelares necesarias para cumplir la finalidad
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