Trabajo de mujeres

AutorLucía M. Aseff
Páginas137-166
TRABAJO DE MUJERES
SUMARIO
1. Introducción. 2. Un cambio de paradigma. 3. Discriminación inversa y trabaj o decente.
4. Una visión muy particular. 5. Medidas de acción positiva. 6. El marco normativo. 7. La ac-
ción gubernamental. 8. El criterio de la CSJN en materia de discriminación. 9. Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
El tema de la igualdad en el acceso al trabajo de las mujeres tiene,
como es sabido, facetas sociológicas y culturales más salientes y de-
terminantes que las estrictamente jurídicas, puesto que las leyes que
inicialmente se han ocupado del trabajo de mujeres más bien han acom-
pañado los cambios operados en la sociedad en lugar de promoverlos.
Sin embargo, una adecuada visibilización de la cuestión a la que podemos
contribuir —aunque sea módicamente— desde este ámbito del saber,
sumado al apoyo que desde nuestra propia práctica podamos brindar
a su internalización, habilita su consideración doctrinaria.
Porque uno de los hechos que caracteriza al mundo moderno es la
creciente participación de la mujer en el mercado de trabajo, que si bien
en sus comienzos se vio motivada, básicamente, por razones de índole
económica, actualmente también se manif‌iesta como una búsqueda de
realización personal que merece ser protegida y facilitada, como cualquier
derecho humano básico.
Cuando en los albores de su integración al mundo del trabajo la mu-
jer deja el hogar y el taller doméstico para incorporarse a la producción
industrial es considerada como mano de obra marginal, más necesitada,
menos calif‌icada y peor remunerada que el hombre, lo que produjo una
creciente corriente legislativa, expresiva de la aplicación del principio
protectorio a su situación de desventaja, para compensarla o morigerar-
la, que desde la mitad del siglo pasado tendió a acordarle condiciones
especiales de trabajo en determinadas y puntuales circunstancias.
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Estas normas —que son las que encontramos en la Ley de Contrato
de Trabajo bajo el título Trabajo de Mujeres”— se mantienen, pero no
habré de referirme a ellas (porque su sola lectura resulta ilustrativa
para quien se interese en el tema) sino a la circunstancia de que algu-
nos parámetros se han modif‌icado y siguen haciéndolo, y de esto sí es
importante dar cuenta porque todavía estamos transitando este proceso.
Los cambios en la estructura y la dinámica de los mercados de trabajo,
que se derivan de transformaciones económicas, políticas y culturales,
redef‌inen los procesos de estratif‌icación y movilidad social que, a su vez,
refuerzan o atenúan “antiguas” o “nuevas” formas de discriminación —a
las que tradicionalmente también han estado sometidas las mujeres—
cuya eliminación requiere una tarea permanente, que exige tanto un
monitoreo constante de la situación como la adopción de acciones explí-
citamente dirigidas a combatirlas, teniendo siempre presente que una
distribución más igualitaria de las oportunidades de trabajo y de los
factores productivos entre los diferentes grupos sociales contribuye tanto
a un mayor crecimiento económico como a una mayor estabilidad política.
En términos generales se puede asegurar que las tasas de participa-
ción y empleo femeninas han crecido en las dos últimas décadas, sobre
todo en las mujeres de bajos ingresos que, según lo informa la Organi-
zación Internacional del Trabajo (OIT), por primera vez, aumen taron
su participación económica a una tasa más elevada que las mujeres con
niveles más altos de educación.
Es que la participación de las mujeres en el mundo del trabajo es un
hecho que, una vez comenzado, no se ha detenido y se sigue incrementan-
do, lo que amerita esta clase de ref‌lexiones no sólo acerca de la protección
que las leyes pueden brindar sino también para indagar de qué modo
nos podemos sumar para lograr en todos los ámbitos posibles un acceso
igualitario al trabajo que, dejando de lado toda discriminación, ponga a
las mujeres que trabajan en un pie de igualdad con cualquier clase de
trabajador, salvo que se trate de algún tipo de tarea que por su natura-
leza esté especialmente desaconsejada para una mujer, por los perjuicios
físicos o psíquicos que le puede llegar a acarrear.
Y aunque se trate de conceptos ya muy transitados y conocidos, no
está de más destacar que la tradicional subordinación de las mujeres no
es algo natural sino que, en cuanto cultural, se trata de una construc-
ción histórica —que no siempre fue igual ni seguirá siéndolo— que en
determinados momentos del desarrollo de la humanidad, otorgando

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