La eficacia del orden jurídico estatal como manifestación transitoria y relativa de un pensamiento mayoritario no ideológico

AutorElisa A. Méndez de Smith
Páginas135-144

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52. El orden jurídico positivo

Por lo mismo que es una realidad sociocultural, todo ordenamiento jurídico participa necesariamente de las características mitológicas propias del hacer humano. Y por lo tanto su eficacia, que es su peculiar modo de existir como realidad, permanece constantemente sujeta y condicionada a la esfera de la estimativa, de la voluntad y de la libertad de los hombres.

Todo orden jurídico positivo es una manifestación o función política de la voluntad humana. Esta función se muestra con evidencia tanto en el derecho estatal, como en el preestatal o en el internacional; pues en cualquiera de ellos la determinación de lo prohibido y de lo permitido, la imposición de obligaciones y el otorgamiento de facultades es realizada bajo la suposición de una cierta situación de permanencia en la organización de la vida social, un cierto status en las condiciones de la vida humana.

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Mas donde se percibe con entera claridad la función política de la voluntad creadora de normas jurídicas es en el Estado, porque a través de las distintas funciones estatales la voluntad normativa se manifiesta nítidamente como poder político, es decir, como unidad de acción política jurídicamente organizada 117.

Ya hemos analizado en capítulos anteriores 118 de qué maneras se insertan las ideologías en la vida política y cómo, a través de una serie de antagonismos abiertos o embozados, pacíficos o violentos, esas ideologías ejercen su influencia en la estructuración normativa de las instituciones jurídicas y en la teoría del derecho.

Si actualizarnos aquí lo ya expresado al respecto y advertimos que todo ordenamiento jurídico estatal no es sino una forma de vida societaria instituida por la voluntad unificada de los grupos que han logrado predominar políticamente en un conflicto ideológico desarrollado entre fuerzas sociales adversarias 119 y que llegan a constituirse en el núcleo del poder estatal en un momento histórico determinado120, se impone examinar ahora cómo se ma-Page 137nifiestan y qué función cumplen esas ideologías "triunfantes" dentro del orden jurídico estatal instituido o modificado como consecuencia de aquel conflicto.

53. Actuación y funciones de la fuerza social dominante

El grupo o los grupos que representan a la fuerza social dominante y que constituyen el núcleo del poder estatal, expresan generalmente en juicios de valor sus dogmas, sus convicciones y sus objetivos y programas políticos, ya en oportunidad de enunciar los fundamentos de las normas jurídicas que crean (preámbulos constitucionales, discursos parlamentarios, considerados legales o reglamentarios, etc.) ya con motivo de realizar ciertos actos de gobierno (declaraciones, proclamas, mensajes, etcétera).

Esas concepciones filosóficas, morales, religiosas o económicas así expresadas constituyen en su conjunto el fundamento teórico y a la vez axiológico de la actitud política adoptada por aquellos grupos, de la cual deriva la creación, modificación o mantenimiento de un orden jurídico estatal determinado.

Pero ese orden es una realidad histórica, una realidad sociocultural, sólo en la medida en que es eficaz, es decir, en tanto y en cuanto las normas jurídicas que lo integran son acatadas por los individuos dentro de ciertos márge-Page 138nes que no sobrepasen de un máximo ni tampoco desciendan por debajo de un mínimo 121.

54. Eficacia del ordenamiento jurídico estatal

De ello es posible inferir que la eficacia de un ordenamiento jurídico estatal, en la medida y en los límites en que ella se manifiesta con auténtica espontaneidad, esto es, no impuesta por la fuerza, significa en principio 122 una coparticipación expresa o tácita, consciente o inconsciente de la mayoría de los individuos respecto de los fundamentos teóricos y axiológicos (los fundamentos dogmáticos, podríamos decir aquí) que informan a la actitud política de la que deriva aquel orden.

Para quien juzga esa realidad social normativamente establecida que es el orden jurídico estatal eficaz a tenor de aquellos fundamentos dogmáticos; para quien acepta la validez de los juicios de valor que fundamentan la estructuración normativa de las instituciones jurídicas vigentes, toda teoría, toda interpretación de los contenidos...

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