Sobre la garantía de ejecución. Testimonios de operadores penitenciarios

AutorFelipe Lamas y Lucas Rudolfi
Páginas313-333
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Introducción
Este trabajo de investigación fue posible gracias a un gran esfuerzo de
equipo que para nosotros resultó realmente enriquecedor. Entre 2016 y 2017
realizamos múltiples entrevistas en las que pudimos conversar con diversos
operadores del universo carcelario –desde jefes del Servicio Penitenciario hasta
coordinadores de programas de educación en cárceles–, entre los cuales pode-
mos encontrar a quienes ocupan o han ocupado los siguientes cargos: jefe del
Servicio Penitenciario Bonaerense (Florencia Piermarini); director de unidad
del Servicio Penitenciario Federal (quien solicitó resguardar su identidad1);
director del Sistema Nacional sobre Estadísticas de Ejecución Penal (Hernán
Olaeta); scal ad hoc de la Unidad Fiscal de Ejecución Penal –UFEP– (Gustavo
Plat); scal ad hoc de la Procuraduría de Violencia Institucional –PROCUVIN–
(Fernando Vallone); subsecretario de Política Criminal de la provincia de Buenos
Aires (César Albarracín); integrante del equipo permanente del Registro Nacio-
nal de Casos de Tortura y/o Malos Tratos (Ana Laura López); y coordinadora del
Programa de Educación en Cárceles
Reverdecer
2 (María Marta Bunge).
I. La garantía olvidada.
Apatía de la academia y del control judicial
Quizás el título del presente trabajo, en lugar de versar sobre la
garantía de
ejecución
, podría hacer mención, más bien, a “los graves costos de su ausencia
1 Ocupó el cargo de director en diversas unidades, tales como el complejo Ezeiza de
máxima seguridad (durante el transcurso de la entrevista nos solicitó que su nombre no
fuera publicado en este trabajo).
2 Este programa nació en el marco de la Facultad de Agronomía de la UBA.
Sobre la garantía de ejecución.
Testimonios de operadores penitenciarios
Felipe Lamas y Lucas Rudolf
Superpoblación carcelaria. Dilemas y alternativas
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(ausencia de una garantía que nació abandonada y así se quedó). De todos
modos, nos pareció más que justo homenajear a este
principio de principios
con
el título inicial. Decimos que nació en el abandono, pero en rigor fuimos noso-
tros los que abandonamos esta garantía. Porque somos nosotros, desde la
universidad y los tribunales, quienes elegimos discutir sobre abstracciones y
dejar fuera de nuestros debates la operatividad real de los derechos: elegimos
continuar una lógica de premios y castigos académicos en la que se aplaudi-
rá cualquier intento por complejizar un argumento –por más estéril que el
debate sea– hasta que adquiera, en apariencia, la sosticación y dureza de una
ciencia inmersos entre dogmatismo teórico y expedientes; dentro del derecho
penal, , al parecer se nos olvidó que aún no logramos garantizar ni la vida ni la
integridad de los detenidos.
Existe una inmensa cción, o tal vez hipocresía, detrás de nuestros ambi-
ciosos escritos tanto académicos como judiciales en materia penal: continua-
mos repitiendo compulsivamente principios dogmáticos –como el mentado
principio de legalidad–, aunque la práctica deje en claro que estamos lejos
de volverlos operativos (el control judicial de legalidad sobre los castigos y
malos tratos impuestos intramuros3 resulta prácticamente inexistente4: una
vez impuesta la pena legal, el operador judicial se desentiende de las efec-
tivas condiciones en las que se aplica esa pena que él mismo decidió). En los
textos académicos y las sentencias judiciales, nos contentamos con describir
cciones jurídicas que poco tienen que ver con lo que ocurre en las cárceles.
Como buenos positivistas, estudiosos de nuestra ley penal, procesal penal
o de ejecución penal, solo eso es lo que nos preocupa: la ley. Nos entretenemos
debatiendo sobre normas que exigen la reinserción social y todo tipo de idi-
lios jurídicos, mientras el Estado no puede garantizar ni la dignidad más
elemental durante la detención. Difícilmente logremos conquista alguna, sin
antes ir por la dignidad; en este sentido se expresó nuestra Corte en distintos
precedentes5, pero al parecer poco sigue importando.
Judicialización y apatía
Pareciera que a los funcionarios judiciales no nos interesa vernos a noso-
tros mismos. En este sentido, se expresan la ex jefa del Servicio Penitenciario
Bonaerense y la integrante del equipo permanente del Registro Nacional de
Casos de Tortura y/o Malos Tratos:
3 En ocasiones, los castigos o represalias se producen en forma de
comisión por omisión
por parte del servicio de control (véase esto con mayor profundidad en el apartado
V.
, sobre
violencia entre detenidos).
4
Cfr.
Alberto Bovino,
Problemas del derecho procesal penal contemporáneo
(Buenos Aires:
Del Puerto, 2006), 76.
5 CSJN “Gutiérrez”, 19/02/15; “Badín”, 19/10/95.

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