El conflicto entre intereses estatales presuntivamente legítimos y el derecho a la libertad religiosa

AutorHernán Víctor Gullco
Páginas157-177
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CAPÍTULO VI
EL CONFLICTO ENTRE INTERESES ESTATALES
PRESUNTIVAMENTE LEGÍTIMOS Y EL DERECHO
A LA LIBERTAD RELIGIOSA
1. La adopción por parte de la Corte estadounidense de la doctrina
del caso
Sherbert
En los capítulos anteriores hemos examinado casos que resultan relativa-
mente fáciles de resolver (al menos, desde una posición liberal); se trataban
de supuestos en los cuales la pretensión estatal de regular el ejercicio de
la libertad religiosa o de conciencia parecía estar basada exclusivamente
en la suposición de que las autoridades públicas estaban facultadas para impo-
ner determinadas creencias a los individuos (ya fueran seculares o religiosas)
en razón de que estos defendían ideas consideradas “incorrectas” por aquella
y que el Estado tenía facultades para modif‌icarlas. Como hemos visto, existen
buenos argumentos para sostener que tal posición estatal es incompatible
con los principios fundamentales de una sociedad democrática y que, por tal
razón, los intentos de algunos tribunales de justif‌icar aquella resultan muy
poco convincente s.
En cambio, los casos que examinaremos a continuación se ref‌ieren a cues-
tiones más complejas, ya que tienen que ver con el conf‌licto entre la libertad
de creencia y ciertos f‌ines estatales cuya legitimidad, en principio, parece
incuestionable (p.ej., la protección de la salud pública y la protección de la
integridad física y psíquica de los niños y niñas, la tutela de la familia, la pro-
tección contra la discriminación, etcétera).
El profesor Andrew Koppelman plantea la cuestión que será objeto de exa-
men en este capítulo en los siguientes términos: “Una persistente incertidumbre
afecta la teoría de la libertad religiosa. A veces, algunas personas religiosas tienen
objeciones de conciencia en obedecer una ley. El caso clásico es la objeción de los
Cuáqueros a participar en la guerra. Pero existen muchos otros casos. Las personas
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cuyas religiones otorgan especial valor al consumo ritual de peyote o de marihuana
(o de vino, durante la Prohibición313) buscan eximirse de la aplicación de la legislación
sobre drogas. Los locadores, que tienen objeciones religiosas para alquilarle a pare-
jas no casadas, quieren verse eximidos de las leyes antidiscriminatorias. Las iglesias
que buscan expandirse quieren excepciones a las leyes sobre zonif‌icación o lugares
históricos. Estos escrúpulos, a menudo, han sido tenidos en cuenta y los objetores
religiosos se han vistos exceptuados a menudo de las obligaciones que la ley impone a
los demás. ¿Es justo elegir de esta forma a una religión con el objeto de otorgarle un
tratamien to especial?”314.
Una vez más, como punto de partida de este análisis, examinaré las deci-
siones de la Corte Suprema de los Estados Unidos y de otros tribunales de
ese país, ya que contienen, quizás más que en cualquier otro sistema jurídico,
un rico muestrario de este tipo de conf‌lictos. El primer grupo de casos que
será analizado es aquel en donde los planteos de los individuos, fundados en
la alegada violación a su derecho a la libertad religiosa, fueron rechazados.
A continuación, examinaré otro grupo de casos en el cual los argumentos
de los particulares, basados en el mismo derecho, fueron aceptados por los
tribunales. Y, f‌inalmente, analizaré un caso en el cual dicha tendencia liberali-
zadora de la jurisprudencia estadounidense sufrió un fuerte retroceso.
Los ejemplos del primer grupo, los encontramos en los procesos criminales
que se llevaron a cabo en la segunda mitad del siglo XIX en contra de los
integrantes de la Iglesia de los Santos de los Últimos Días, conocida popular-
mente como Iglesia Mormona. Dichos procesos se fundaban en las prácticas
poligámicas que realizaban sus integrantes masculinos en cumplimien to de
los mandatos impuestos por sus creencias religiosas315. La decisión judicial
313 En los Estados Unidos, se denomina “Prohibición” al período que va de 1920
a 1933 en el cual, con base en una reforma a la Constitución Federal introducida en
1919, se prohibió la fabricación, el transporte y el consumo de bebidas alcohólicas
en todo el territorio de dicho país (ver, para una historia de este período, a Daniel
Okrent,
Last Call. The Rise and Fall of Prohibition
, Scribner, 2010).
314 “It is fair to give Religion Special Treatment?”,
University of Illinois Law Review
,
volumen 2006, pp. 571 y 572.
315 Ver el artícu lo de Elizabeth Harmer-Dionne en el cual se describen los orígenes
de la religión mormona en la 3° década del siglo XIX, su adopción de la práctica de la
poligamia como un aspecto central de ese culto y el abandono de tal creencia, a nes
del siglo XIX, ante la dura persecución legal que el Gobierno federal estadounidense
aplicó sobre esa iglesia en razón de tales prácticas (“Once a Peculiar People: Cogni-
tive Dissonance and the Supressión of Mormon Polygamy as a Case Study Negating the
Belief-Action Distinction”,
Stanford Law Review
50 –Abril 1998– 1295). Sin embargo,
grupos disidentes dentro de la Iglesia mormona no aceptaron el abandono de la
poligamia y han mantenido esta práctica hasta la actualidad (cf. Nathan B. Oman

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