ley 10321
- Convocatorias Publicadas en la Fecha 18 de Mayo de 2010
- Publicaciones de la Sección Oficial de 24 de Mayo de 2016
- Publicaciones de la Sección Oficial de 20 de Mayo de 2016
- Publicaciones de la Sección Oficial de 23 de Mayo de 2016
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Agosto de 2018, expediente A 74627
A través de la doctrina del absurdo se admite una apertura a la revisión del material fáctico de la causa en casación, mas a ella sólo es posible acudir en situaciones que bien pueden calificarse de "extremas", en cuanto tienen lugar ante la existencia de un error grave, grosero y manifiesto que conduzca a conclusiones inconciliables con las constancias objetivas de la causa.
- Resolucion Nº 162
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Julio de 2018, expediente A 74011
A través de la doctrina del absurdo se admite una apertura a la revisión del material fáctico de la causa en casación, mas a ella sólo es posible acudir en situaciones que bien pueden calificarse de "extremas", en cuanto tienen lugar ante la existencia de un error grave, grosero y manifiesto que conduzca a conclusiones inconciliables con las constancias objetivas de la causa.
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Septiembre de 2023, expediente CAF 010321/2023/CA001
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I ... 10321/2023 ELIZARAN, CARLOS RAMON c/ EN - AFIP - LEY ... 20628 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Juzg.n° 11 ... Buenos Aires, 5 de septiembre de 2023.- MS/HG ...
- Publicaciones de la Sección Judicial de 11 de Septiembre de 2017
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
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2º Sección: Judiciales
... QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO ... 5 días - Nº 472543 - $ 10321 - 17/08/2023 - BOE SE HACE SABER A USTED QUE EN L OS AU - TOS CARA TULADOS “DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PRO VINCIA DE CÓRDOBA C/SUCESIÓN ...
- Código Contencioso Administrativo: Ley 12.008
- Publicaciones de la Sección Oficial de 05 de Abril de 2016
- Publicaciones de la Sección Oficial de 04 de Abril de 2016
- Convocatorias Publicadas en la Fecha 19 de Mayo de 2010
- Convocatorias Publicadas en la Fecha 30 de Mayo de 2008
- Convocatorias Publicadas en la Fecha 26 de Mayo de 2009
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Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Abril de 2015, expediente A 71235
El recurso extraordinario de nulidad sólo puede sustentarse en la omisión de tratamiento de alguna cuestión esencial, en la falta de fundamentación legal, en el incumplimiento de la formalidad del acuerdo y voto individual de los jueces o en la no concurrencia de la mayoría de opiniones (arts. 168 y 171 de la Constitución de la Prov. de Bs. As.).
- Convocatorias Publicadas en la Fecha 16 de Mayo de 2007