Publicaciones de la Sección Oficial de 20 de Mayo de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
Teléfono/fax: (0221) 483-3044; 421-0202 y 483-5431
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.788
AÑO CVII/ LA PLATA, VIERNES 20 DE MAYO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 48 páginas
y Suplemento de 16 páginas de Balances y Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 3922
Municipalidades ----------------------------------------------------------------- 3927
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 3927
Varios ----------------------------------------------------------------- 3934
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 3946
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 3947
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 3950
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 3950
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 3952
Varios ----------------------------------------------------------------- 3954
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 3964
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 3967
Sección Oficial
LA PLATA, VIERNES 20 DE MAYO DE 2016
PÁGINA 3922 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 321
La Plata, 3 de mayo de 2016.
VISTO el expediente Nº 21100-011.889/98 con II cuerpos correspondiente a la
Prestadora de Servicios de Seguridad Privada “SAFENES MAN S.R.L.” y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 12.297 establece como recaudo para el otorgamiento de la habilitación
en su artículo 24 inciso b) que deberá “Constituir y mantener en vigencia un seguro de
responsabilidad civil por el monto que periódicamente fijará la Autoridad de Aplicación
con criterio de razonabilidad y proporcionalidad a la potencialidad riesgosa de la activi-
dad desarrollada”;
Que el inciso c) del artículo 24 de la Ley Nº 12.297 refiere que las prestadoras de ser-
vicios de seguridad privada deberán “Constituir las garantías que establezca periódica-
mente la Autoridad de Aplicación…”;
Que el inciso c) del artículo 24 del Decreto Reglamentario Nº 1.897/02 regula que “El
valor del depósito de garantía será fijado por la Autoridad de Aplicación”;
Que el artículo 19 de la Ley 12.297 establece que “La Autoridad de Aplicación tendrá
a su cargo la organización de un registro de personas habilitadas para la prestación de
los servicios de seguridad privada en el que estarán inscriptos todos aquéllos que cum-
plan con los recaudos establecidos en la presente Ley y su reglamentación”;
Que el artículo 56 de la Ley Nº 12.297 reza que “La Autoridad de Aplicación procederá
a imponer, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, la suspensión inmediata y
la ulterior cancelación de la habilitación cuando sobrevengan causas o motivos que hubie-
ran obstado otorgar la habilitación respectiva, en los términos previstos en la presente Ley”;
Que sin perjuicio de lo expuesto y atento a los antecedentes obrantes en estos actua-
dos, se advierte que la empresa de marras, no ha cumplido con la totalidad de los requisi-
tos de habilitación dispuestos por la Ley Nº 12.297 y su Decreto Reglamentario Nº 1.897/02;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
14.803, artículo 43 inciso “a” de la Ley Nº 12.297 y las propias del cargo;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESOLUCIÓN 122/16 EL
DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD PRIVADA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Cancelar la habilitación de la empresa “SAFENES MAN S.R.L.”, con
sede autorizada en la Avenida Vergara Nº 2465 Local 4 de la localidad de Villa Tesei,
Partido de Hurlingham.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar y publicar. Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 5.873
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 322
La Plata, 3 de mayo de 2016.
VISTO el expediente Nº 21100-048.338/04 con II cuerpos correspondiente a la
Prestadora de Servicios de Seguridad Privada “GRUPO DE SEGURIDAD CONDOR S.A.” y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 12.297 establece como recaudo para el otorgamiento de la habilitación
en su artículo 24 inciso b) que deberá “Constituir y mantener en vigencia un seguro de
responsabilidad civil por el monto que periódicamente fijará la Autoridad de Aplicación
con criterio de razonabilidad y proporcionalidad a la potencialidad riesgosa de la activi-
dad desarrollada”;
Que el inciso c) del artículo 24 de la Ley Nº 12.297 refiere que las prestadoras de ser-
vicios de seguridad privada deberán “Constituir las garantías que establezca periódica-
mente la Autoridad de Aplicación…”;
Que el inciso c) del artículo 24 del Decreto Reglamentario Nº 1.897/02 regula que “El
valor del depósito de garantía será fijado por la Autoridad de Aplicación”;
Que el artículo 19 de la Ley 12.297 establece que “La Autoridad de Aplicación tendrá
a su cargo la organización de un registro de personas habilitadas para la prestación de
los servicios de seguridad privada en el que estarán inscriptos todos aquéllos que cum-
plan con los recaudos establecidos en la presente Ley y su reglamentación”;
Que el artículo 56 de la Ley Nº 12.297 reza que “La Autoridad de Aplicación procederá
a imponer, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, la suspensión inmediata y
la ulterior cancelación de la habilitación cuando sobrevengan causas o motivos que hubie-
ran obstado otorgar la habilitación respectiva, en los términos previstos en la presente Ley”;
Que sin perjuicio de lo expuesto y atento a los antecedentes obrantes en estos actua-
dos, se advierte que la empresa de marras, no ha cumplido con la totalidad de los requisi-
tos de habilitación dispuestos por la Ley Nº 12.297 y su Decreto Reglamentario Nº 1.897/02;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
14.803, artículo 43 inciso “a” de la Ley Nº 12.297 y las propias del cargo;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESOLUCIÓN 122/16 EL
DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD PRIVADA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Cancelar la habilitación de la empresa “GRUPO DE SEGURIDAD CON-
DOR S.A.”, con sede autorizada en la calle Ricardo Gutiérrez Nº 651 Piso 1 de la locali-
dad y Partido de Arrecifes.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar y publicar. Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 5.874
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 323
La Plata, 3 de mayo de 2016.
VISTO el expediente Nº 21100-179.659/99 con II cuerpos correspondiente a la
Prestadora de Servicios de Seguridad Privada “AGNEL S.R.L.” y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 12.297 establece como recaudo para el otorgamiento de la habilitación en
su artículo 24 inciso b) que deberá “Constituir y mantener en vigencia un seguro de respon-
sabilidad civil por el monto que periódicamente fijará la Autoridad de Aplicación con criterio
de razonabilidad y proporcionalidad a la potencialidad riesgosa de la actividad desarrollada”;
Que el inciso c) del artículo 24 de la Ley Nº 12.297 refiere que las prestadoras de ser-
vicios de seguridad privada deberán “Constituir las garantías que establezca periódica-
mente la Autoridad de Aplicación…”;
Que el inciso c) del artículo 24 del Decreto Reglamentario Nº 1.897/02 regula que “El
valor del depósito de garantía será fijado por la Autoridad de Aplicación”;
Que el artículo 19 de la Ley 12.297 establece que “La Autoridad de Aplicación tendrá
a su cargo la organización de un registro de personas habilitadas para la prestación de
los servicios de seguridad privada en el que estarán inscriptos todos aquéllos que cum-
plan con los recaudos establecidos en la presente Ley y su reglamentación”;
Que el artículo 56 de la Ley Nº 12.297 reza que “La Autoridad de Aplicación procederá
a imponer, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, la suspensión inmediata y
la ulterior cancelación de la habilitación cuando sobrevengan causas o motivos que hubie-
ran obstado otorgar la habilitación respectiva, en los términos previstos en la presente Ley”;
Que sin perjuicio de lo expuesto y atento a los antecedentes obrantes en estos actua-
dos, se advierte que la empresa de marras, no ha cumplido con la totalidad de los requisi-
tos de habilitación dispuestos por la Ley Nº 12.297 y su Decreto Reglamentario Nº 1.897/02;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
14.803, artículo 43 inciso “a” de la Ley Nº 12.297 y las propias del cargo;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESOLUCIÓN 122/16
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD PRIVADA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Cancelar la habilitación de la empresa “AGNEL S.R.L.”, con sede auto-
rizada en la calle XX de Septiembre Nº 2484 de la localidad de Mar del Plata, Partido de
General Pueyrredón.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar y publicar. Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 5.875

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