Capítulo VII La ecuación ética

Ecuaciones de los contratos públicos (2008)

Roberto Dromi
Seccion: Los componentes de la ecuación
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Id. vLex: VLEX-43406516

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Resumen:

1. Conductas públicas "básicas" a. Ética pública b. Transparencia c. Anticorrupción d. Lesión subjetiva. Invocación por el Estado 2. Conductas públicas "consecuencias" y ecuador de la ecuación

Extracto:

Capítulo VII La ecuación ética

En la ecuación ética los polos se conforman con las conductas públicas "básicas", por una parte, y con las conductas públicas "consecuencias", por la otra. El equilibrio o ecuador de la ecuación está en la ética para la eficacia, constitucionalizada en el art. 36 (*).

(*) Ver figura nº 5, sobre la fórmula de "La ecuación ética", en p. 389.

1. Conductas públicas "básicas"

En la fórmula contractual se destacan la equidad, la solidaridad y la eticidadcomo pautas de las conductas públicas básicas que imponen los límites de la moral pública. Las mismas imperan desde la etapa precontractual y de celebración y perfeccionamiento del contrato hasta la ejecución y control del desarrollo contractual, estipulando la conducta debida por los protagonistas estatales y no estatales.

Las conductas públicas básicas tienen sustento en la Constitución Nacional, art. 361, en los tratados internacionales firmados por nuestro país2, en la ley 25. 1 883, de ética en el ejercicio de la función pública y el dec. 41/99 que aprobó el Código de la Función Pública. Rige también la ley 25. 164 de empleo público.

Del mismo modo deben considerarse las distintas disposiciones que establecen mecanismos de acceso a la información pública4 y las que imponen exigencias en materia de transparencia respecto de los actos de la Administración5.

Finalmente, debe sumarse a esta enumeración el instituto de la lesión subjetiva (art. 954, CC).

a. Ética pública

El ejercicio de la función pública debe estar signado por la diafanidad del obrar de sus empleados y funcionarios, fundamentalmente en el manejo de los fondos, del patrimonio y de los procedimientos de actuación y decisión gubernativas. A nivel nacional, la sanción de una ley de ética pública para el ejercicio de la función es un imperativo constitucional (art. 36 in fine, CN, que sostiene que atentará contra el sistema democrático quien incurra en grave delito doloso contra el Estado y ello importe enriquecimiento, no siendo necesario que el Estado se empobrezca).

En definitiva la norma procura elimi...



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