Teoría Sistémica del Derecho del Trabajo

AutorRodolfo E. Capón Filas
Páginas53-151
Tratado de Derecho del Trabajo
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Capítulo I
Teoría Sistémica del Derecho del Trabajo
“Ante esta realidad sobrecogedora que
a través de todo el tiempo humano debió
de parecer una utopía, los inventores de
fábulas que todo lo creemos, nos sentimos
con el derecho de creer que todavía no es
demasiado tarde para emprender la crea-
ción de la utopía contraria. Una nueva y
arrasadora utopía de la vida, donde nadie
pueda decidir por otros hasta la forma de
morir, donde de veras sea cierto el amor y
sea posible la felicidad, y donde las estirpes
condenadas a cien años de soledad tengan
por n y para siempre una segunda oportu-
nidad sobre la tierra”
gaRcía MáRquEz, Gabriel, La soledad de
América Latina, discurso de aceptación del
Premio Nobel de Literatura 1998.
“El Derecho del Trabajo no nació ni se
desarrolló en un ámbito de paz, en los des-
pachos de empresarios o de prestigiosos
académicos o en las ocinas confortables
de los amigos del poder. En esos lugares el
Derecho del Trabajo aprendió a luchar con-
tra el poder económico y sus asociados. El
Derecho del Trabajo puede darse por nacido
en la fábrica, sustituta del taller artesanal,
la cual, ante el crecimiento de lo colectivo
hace brotar la solidaridad compartida y co-
municada frente a la represión patronal”
saRThou, Helios (2012: 5).
“La promoción del trabajo decente para
todos los trabajadores, mujeres y hombres,
con independencia de dónde trabajen, re-
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quiere una estrategia general: hacer reali-
dad los principios y derechos fundamenta-
les en el trabajo, crear mayores y mejores
oportunidades de empleo e ingresos, am-
pliar la protección social y fomentar el diá-
logo social. Estas dimensiones del trabajo
decente se refuerzan entre sí y constituyen
una estrategia integrada de lucha contra la
pobreza. La dicultad de reducir los décit
de trabajo decente es mucho mayor cuan-
do el trabajo realizado está al margen del
ámbito o campo de aplicación de los marcos
jurídicos e institucionales. Hoy día, son
muchas las personas que trabajan en la
economía informal porque en su mayoría no
pueden encontrar otro trabajo o emprender
actividades empresariales en la economía
formal”
OIT (2002:1).
“El orden moral, a diferencia de las de-
más formas de orden social, se apoya en un
núcleo de valores fundamentales y se ma-
terializa en formaciones sociales. Con esos
valores compartidos están mayoritariamen-
te comprometidos los miembros de la socie-
dad. Al contrario, las posiciones acordadas
resultan de un determinado procedimiento
y se asientan sobre fundamentos prácticos
o tácticos, es decir, son una adaptación mu-
tua de individuos con valores diferentes”.
ETzioni, Amitai, La nueva regla de oro.
Comunidad y moralidad en una sociedad
democrática, Paidós, Rubí, 1999, pág. 113.
suMaRio: I. Introducción.- II. Contenido sistémico. A. Realidad. B.
Valores críticos. C. Salida normativa. a. Tipología de normas. a.1.
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Normas internacionales sobre Derechos Humanos. a.2. Proyecto
social constitucional. a.3. Normas estructurales. a.4. Normas co-
yunturales. a.5. Normas estatales. a.6. Normas sectoriales. a.7.
Normas integrales. b. Conjunto normativo. D. Conducta trans-
formadora. a. Actores sociales. b. Decisores jurídicos. c. Sentidos
de la transformación. d. Juicio Final y Fin de la Historia. e. Me-
dios transformadores.- III. Empresa y proceso productivo (r). A.
Introducción. B. Aproximación conceptual a la empresa. C. Ins-
trumentos de la empresa. D. Empresa como micro-cosmos y como
ordenamiento jurídico parcial. E. Empresa y pensamiento crítico.
F. Empresario y empleador. G. Establecimiento. H. Incidencia
normativa en la empresa. I. Empresas trans-nacionales. J. Con-
clusión.- IV. Valores críticos (v). A. Introducción. B. Menú objetivo
de valoración. a. Valores. a.1. Justicia social. a.2. Solidaridad. a.3.
Co-operación. a.4. Valores en la empresa. a.5. Valores y conducta
judicial. b. Derechos Humanos. b.1.Tipología de Derechos Huma-
nos. b.2. Niveles de conciencia respecto de los Derechos Humanos
y ordenamiento normativo. b.3. Derechos Humanos reconocidos
al Mundo del Trabajo. b.4. Derechos fundamentales en el trabajo.
b.4.1. Sentido de los derechos fundamentales. b.4.2. Declaración
de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en
el trabajo (1998). b.4.3. Declaración SocioLaboral del Mercosur.
b.4.3.1. Dimensión social y espacio social. b.4.3.2. Contenido de
la Declaración. b.4.3.3. In-discriminación. b.4.3.4. Trabajadores
migrantes y fronterizos. b.4.3.5. Trabajo forzoso. b.4.3.6. Trabajo
de menores. b.4.3.7. Organización empresarial. b.4.3.8. Organiza-
ción y acción sectorial. b.4.3.9. Tripartismo. b.4.3.10. Búsqueda
del empleo decente. b.4.3.11. Capacitación de los trabajadores.
b.4.3.12. Capacitación de los empresarios. b.4.3.13. Salud y segu-
ridad en el puesto de trabajo. b.4.3.14. Contralor estatal. b.4.3.15.
Exigibilidad de la Declaración. b.4.3.16. Mecanismo de seguimien-
to. b.4.3.17. Base de datos. b.4.3.18. Conducta de los actores so-
ciales y de los Poderes del Estado ante la Declaración. b. 5. Bus-
cando el Trabajo Decente. b.5.1. Acercamiento conceptual. b.5.2.
Educación-para-la-justicia y empleo decente. b.5.3. Promoción del
empleo decente. b.6. Derechos fundamentales y conducta judicial.
b.7. Relación entre Derechos Humanos y normas. b.8. Utilización
procesal de los Derechos Humanos. c. Principios generales del De-
recho. C. Conclusión.- V. Salida normativa (n). A. Elementos del
conjunto normativo. a. Normas internacionales. b. Proyecto Social
Constitucional. b.1. Derechos sociales reconocidos constitucional-
mente. b.2. Programas constitucionales. b.3. Variables operativas.

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