Resolución 35864/2011

EmisorSuperintendencia de Seguros de la Nacion
Fecha de la disposición15 de Junio de 2011

Miércoles 15 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.171 29

TOS ($ 900), el que se tomará como pago a cuenta de la tasa de Fiscalización definitiva que corresponda abonar en su oportunidad.

Que asimismo, se indica que ante cualquier consulta respecto de la documentación que cumplimenta los requisitos de la Resolución ENARGAS N'° 35/93, como a los Estados Contables cerrados el 31 de diciembre de 2007, 31 de diciembre de 2008 y 31 de diciembre de 2009, certificados en original ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, se deberá remitir a los Expedientes ENARGAS N'° 8400, 14229 y 12838 respectivamente.

Que ahora bien, en relación con el plazo a otorgarse la presente autorización, el mismo deberÃa ser concedido hasta el final de la licencia otorgada a la Distribuidora del área.

Que asÃ, BAGSA podrá iniciar su actividad como Subdistribuidor en la Localidad de CASBAS,

Partido de GuaminÃ, Provincia de Buenos Aires, dentro de los lÃmites fÃsicos del sistema determinado en el Plano presentado a fs. 253, del expediente de marras, de acuerdo a lo informado en el MEMORANDUM GD N'° 41/11.

Que a su vez, cabe señalar que BAGSA deberá contar con el personal, los activos, el equipamiento y la documentación técnica que resulten necesarios para la operación y mantenimiento de las instalaciones acorde a las pautas mÃnimas establecidas en la normativa vigente que resulte de aplicación.

Que en tal sentido, corresponde resaltar que el Subdistribuidor es un sujeto regulado por el ENARGAS, resultándole de aplicación todos los derechos y obligaciones inherentes a los sujetos prestadores del servicio de distribución de gas por redes, tal como se encuentra establecido en el Marco Regulatorio de la Industria del Gas.

Que además es importante destacar que el ENARGAS debe velar por una prestación del servicio conforme a la normativa vigente, obligación que conlleva la necesidad de imponer sanciones a las prestadoras de los servicios de transporte y distribución, en los casos que asà lo ameriten.

Que atento a ello, dichas sanciones pueden consistir en apercibimientos, multas o inhabilitaciones (CapÃtulo X de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución).

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el ArtÃculo 2'° incisos a), c) y e) y el ArtÃculo 52 incisos a), d) y x) de la Ley 24.076, ArtÃculo 2'° incisos (1), (5) y (6), ArtÃculo 52 (1) de la Reglamentación por Decreto 1738/92 de la Ley citada, y los Decretos 571/07, 1646/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:

ARTICULO 1

'° — Determinar el decaimiento del derecho de prioridad a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. para operar y mantener las redes de gas natural existentes en la LOCALIDAD DE CASBAS DEL PARTIDO DE GUAMINI, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 2

'° — Autorizar a BUENOS AIRES GAS S.A. para que opere y mantenga las instalaciones necesarias para proveer con gas natural distribuido por redes a la LOCALIDAD DE CASBAS DEL PARTIDO DE GUAMINI, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, dentro de los lÃmites fÃsicos conferidos en el Plano obrante a fs. 253 del presente Expediente.

ARTICULO 3

'° — BUENOS AIRES GAS S.A. deberá contar con el personal, los activos, el equipamiento y la documentación técnica que resulten necesarios para la operación y mantenimiento de las instalaciones acorde a las pautas mÃnimas establecidas en la normativa vigente que resulte de aplicación.

ARTICULO 4

'° — El plazo de vigencia de la presente Subdistribución será otorgado hasta el final de la licencia otorgada a la Distribuidora del área.

ARTICULO 5

'° — NotifÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archÃvese. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

  1. 15/06/2011 N'º' 71000/11 v. 15/06/2011 MINISTERIO DE SEGURIDAD Resolución N'º' 369/2011

Bs. As., 9/6/2011

VISTO el Expediente CUDAP N'º' S02:0001158/2011 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º' 24.156, los Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000, 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344 del 4 de octubre de 2007, y CONSIDERANDO:

Que dicho Expediente fue iniciado por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA ante la necesidad de Contratar Servicios de atención médica ambulatoria para los afiliados a su Obra Social, domiciliados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Conurbano Bonaerense; a través de los Profesionales y/o Establecimientos y/o Efectores de Salud integrados en una Red de Prestadores de Servicios Médicos Asistenciales.

Que el gasto fue estimado en la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO TRES CON SESENTA CENTAVOS ($' 67.529.103,60) por el término de DOCE (12) meses; y ascenderÃa a la cantidad de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($' 135.058.207,20) de ejercerse la opción de prórroga, la cual fue afectada preventivamente en las respectivas partidas del presupuesto de la Superintendencia de BIENESTAR de la Fuerza.

Que en virtud de ese monto corresponderÃa sustanciar el procedimiento de Licitación Pública Nacional, de etapa única...

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