Decreto 1646/2007

Fecha de disposición16 Noviembre 2007
Fecha de publicación16 Noviembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31283

Prorrógase la intervención al citado Ente, que fuera dispuesta por el Decreto Nº 571/2007, como también la designación del actual Interventor.

Bs. As., 14/11/2007

VISTO el Decreto Nº 571 del 21 de mayo de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto se dispuso la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) por el plazo prorrogable de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de la fecha de su publicación.

Que la magnitud y complejidad de las tareas y funciones asignadas por el artículo 4º del Decreto Nº 571/07, determinan la necesidad de continuar con la política de intervención de dicho organismo.

Que atento ello resulta necesario prorrogar el plazo previsto en el artículo 1º del Decreto citado, así como la designación del Interventor del citado Ente, quien deberá complementar las tareas e informes previstos en el Decreto Nº 571/07 dentro del plazo establecido en el presente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Prorrógase, desde su vencimiento, la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), que fuera dispuesta por el Decreto Nº 571/07, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

Art. 2º -- Prorrógase, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, la designación del RESOLUCIONES DECISIONES ADMINISTRATIVAS PRESUPUESTO Decisión Administrativa 581/2007

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Bs. As., 15/11/2007

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 aprobado por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO para permitir la atención del Convenio deAsistencia Financiera entre el ESTADO NACIONAL y la PROVINCIA de LA RIOJA.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Modifícase la distribución del...

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