Prolegómenos
Autor | Maria Antonia Leonfanti |
Páginas | 21-27 |
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Es un derecho subjetivo natural primario; por tanto, superior al de propiedad, que es un derecho natural secundario. Jurídicamente es un acto voluntario, lícito.
Escuetamente desglosaremos sus elementos:
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Principio: una ley, la ley natural de la supervivencia.
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Título: innato; hecho en que se funda: la vida del sujeto, que puede desdoblarse (en el; supuesto de estado de necesidad ideológico) en la vida física y en la vida moral.
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Sujeto: el hombre (físico y moral).
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Materia: otro derecho (esto planteará el problema de la colisión de derechos, que en definitiva no es real: el otro derecho, inferior, queda "suspendido" en la medida de lo "necesario"9.
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Término: todas las personas deben reconocerlo. Esta situación primaria natural, no sólo comprende en verdad al hombre, sino también al animal e incluso al vegetal, cada uno de ellos en su medida y en su género: todos requieren absolutamente lo necesario para subsistir en su propia vida.
En materia de derecho subjetivo nos remitimos a la mejor monografía que conocemos, escrita por Elias P. Guastavino, Derecho subjetivo e interés legítimo en materia civil10.
Sin lugar a dudas, lo es el instinto de conservación. Haré una confidencia: mientras meditaba el tema, capté este fundamento, dentro del derecho natural a la vida; después, en mi exploración, encontré a Stolfi, quien al catalogar el acto necesario en su estudio sobre el negocio jurídico11 dice textualmente: "non si cede alla violenza altrui, ma al proprio istinto di conservazione". Tendré ocasión de transcribir íntegro el valioso texto, cuando lo distinga de la violencia.
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Situación moral del agente ante:
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un mal inminente;
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imposibilidad de evitarlo por otros medios;
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mal menor actuado;
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agente extraño al mal mayor inminente;
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el agente no debe estar obligado a soportar el riesgo.
Dentro del vastísimo ámbito de este derecho, según se trate de los bienes, de la vida, física o moral, del sujeto individual o de la persona colectiva, pueden darse multiplicidad de efectos:
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Penetración en los bienes de los otros, que en el supuesto de estado de necesidad se tornan comunes; por lo tanto surgiría el derecho a ellos en la medida necesaria para cubrir la extrema necesidad: caso del mal llamado robo famélico...
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