Decreto 480/2022

Fecha de publicación11 Agosto 2022
SecciónDecretos
EmisorADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL


Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-82170681-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), la Ley Nº 27.591 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 945 del 17 de noviembre de 2017, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 882 del 23 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus Objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que razones de gestión tornan necesaria la transferencia de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO de la órbita de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN al ámbito de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la consecuente modificación de la conformación organizativa y Objetivos de la citada Secretaría.

Que por el Decreto Nº 451/22, modificatorio de la Ley de Ministerios, se creó, con dependencia directa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SECRETARÍA DE GABINETE por lo que en esta instancia resulta necesario aprobar su conformación organizativa.

Que atento las modificaciones introducidas, en última instancia, a la Ley de Ministerios por el Decreto N° 451/22 resulta necesario adecuar la conformación organizativa de la Administración Pública Nacional y dotar a la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de sus competencias.

Que atento las funciones asignadas a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS y al MINISTERIO DE ECONOMÍA resulta necesario exceptuarlos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 945/17.

Que por razones de optimización de la gestión de gobierno resulta necesario proceder a la creación del cargo extraescalafonario de Coordinador o Coordinadora de Seguimiento y Asistencia de Entes Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, con dependencia de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, efectuando la correspondiente adecuación presupuestaria.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención que les compete.

Que los servicios jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 6° y 10 de la Ley N° 27.591, prorrogada por el Decreto N° 882/21.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO, dependiente de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al ámbito de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE ECONOMÍA. La transferencia aludida comprende las unidades organizativas, como así también los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 2º.- Suprímense del Anexo I – Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios los Apartados X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y XI, MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de...

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