Boletín Oficial Nº 3348 - 8 de febrero de 2019

Fecha de publicación08 Febrero 2019
Año2019
Número de Gaceta3348
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual N° 187332
BOLETÍN OFICIAL
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………..…….………………..….…........ .......................................Ing° Carlos Alberto VERNA
Vice-Gobernador:…………………………………….……..……….…………..……........ .............................Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ
Ministro de Gobierno y Justicia:………………….…….…...……………….…....................................... ....Abg.Daniel Pablo BENSUSAN
Ministro de Seguridad:……………………………………………………………………………………… ……………………Abg. Julio César GONZÁLEZ
Ministro de Desarrollo Social:……………………………………........................ ........................As. Soc. Fernanda Estefanía ALONSO
Ministro de Salud:........................................................................................................................ ...Dr. Mario Rubén KOHAN
Ministro de Educación:…………………………………….……..................... ...........................................Prof. María Cristina GARELLO
Ministro de la Producción:…………………………………………..………..…….................... .................Dr. Ricardo Horacio MORALEJO
Ministro de Desarrollo Territorial:………………………………………………………………… ……………………Prof. Carlos Martín BORTHIRY
Ministro de Hacienda y Finanzas:...................................................................................... ..C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO
Ministro de Obras y Servicios Públicos:................................................…...... ...............................Ing. Julio Néstor BARGERO
Secretario General de la Gobernación:................................................... .........................................Ing. Juan Ramón GARAY
Secretario de Derechos Humanos:………..………….………...……….….………....…… …………………………………..Antonio CURCIARELLO
Secretario de Asuntos Municipales:.............................................................................. ............................Sr. Rodolfo CALVO
Secretario Recursos Hídricos:...........................................................…......... ...........................Sr. Javier Fernando SCHLEGEL
Secretario de Cultura…………………………….………..…………………………………………..… ………………………….Sra. Adriana Lis MAGGIO
Secretaria de la Mujer…………………………………………………….……………………… ……………………………Sra. Liliana Vanesa ROBLEDO
Secretaría de Culto………………………………………………………………………………… ………………………………..Sr. Ramón Alberto GÓMEZ
Fiscal de Estado: .......................................................................…...................... ...........................Dr. José Alejandro VANINI
Asesor Letrado de Gobierno:..........................................................……....................................Dr. Alejandro Fabián GIGENA
AÑO LXVI - N° 3348 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 8 D E FEBRERO DE 2019
Tel.: 02954-436323 www.lapampa.gov.ar boletinoficial@lapampa.gob.ar
SUMARIO
Página
Decretos Sintetizados: N° 4906, 4942, 5303/18, 136 a 170, 172 a 183, 185 a 197…………………………………………………………………………………...
2
Ministerio de Desarrollo Social: Res. N° 1355/18, 62, 63, 66 a 70, 72 y 73……………………………………………………………………………………………….
8
Subsecretaría de Salud: Disp. N° 48, 65 a 68, 72 a 74……………………………………………………………………………………………………………………………….
9
Ministerio de Educación: Res. N° 71, 78, 81, 82, 87 y 98………………………………………………………………………………………………………………………….
10
Ministerio de la Producción Dirección de Asistencia Técnica y Financiera: Disp. N° 9……………………………………………………………………………
11
Dirección Provincial de Vialidad: Res. Dir. N° 27………………………………………………………………………………………………………………………………………
11
Secretaría General: Res. N° 56, 58 a 60……………………………………………………………………………………………………………………………………………………
16
Secretaría de Asuntos Municipales: Res. N° 45 a 56…………………………………………………………………………………………………………………………………
16
Secretaría de Cultura: Res. N° 19 a 21 y 27………………………………………………………………………………………………………………………………………………
17
Tribunal de Cuentas: Sent. N° 3307 a 3309, 3434 a 3436/18, 1 a 5, 49 a 52, 56, 57, 265 a 267, 316, 317, 344 y 345……………………………..
17
Licitaciones………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
45
Edictos de Minería…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
46
Edictos…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
47
Avisos Judiciales:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
47
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:……………………………………………………………………..................................................................
48
Concursos:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………...
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Pág. N° 2 Santa Rosa, 8 de febrero de 2019 BOLETÍN OFICIAL N° 3348
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto 4906 -21-XII-18- Art. 1°.- Sustitúyase el
artículo 1
°
del Decreto N° 3791/18, el que quedará redactado
de la siguiente manera:
Artículo 1°.-
Apruébase
la
reglamentación
de las Leyes N°
3105 y N° 3144, que como Anexos I, II y III forman parte
integrante del presente Decreto.”.-
Art. 2°.- Incorpórase al Decreto 3791/18 el Anexo
adjunto, el cual se denominara “Anexo III”.
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por todos
los señores Ministros.
Decreto N° 4942 -26-XII-18- Art. 1°.- Fíjanse en CUATRO
COMA DOCE (4,12) el coeficiente anual al que hace referencia
el artículo 3° del contrato de locación aprobado por la Ley N°
2995.
Decreto 5303 -28-XII-18- Art. 1°.- Otórgase a la
Municipalidad de Realicó - 197-4-, CUIT N° 30-99906207-1, un
aporte no reintegrable, por la suma de $ 1.184.277,46 en el
marco del Programa de Desarrollo Productivo, Capítulo II - Ley
N° 2461- con destino a los beneficiarios que se detallan en el
Anexo que forma parte del presente Decreto. (S/Expte. N°
17252/18)
Decreto N° 136 -30-I-19- Art. 1°.- Adscribir a partir del 1
de enero y ha sta el 31 de diciembre de 2019, a la
Municipalidad de Toay, al agente Categoría 16, Rama Servicios
Generales -Ley N° 643, Oscar César FERNÁNDEZ LEGRÍA -D.N.I.
N° 11.137.218 -Clase 1954-, perteneciente a Secretaría de
Asuntos Municipales.
Decreto N° 137 -30-I-19- Art. 1°.- Acéptase la renuncia
presentada por la agente Categoría 8 -Rama Servicios
Generales y Mantenimiento con 40 horas semanales de labor-
Ley N° 1279, Graciela VARGAS -D.N.I. N° 10.214.015- Clase
1951, perteneciente a la Subsecretaría de Salud del Ministerio
de Salud, quien ha optado por hacer uso del derecho que le
acuerda el artículo 173 bis de la Ley N° 643.
Art. 2°.- Establécese como fecha del cómputo de la
antigüedad y situación de revista de la agente, el día 9 de
noviembre de 2018, con encuadre en el segundo párrafo del
artículo 173 bis de la Ley N° 643.
Decreto N° 138 -30-I-19- Art. 1°.- Adscribir a partir del 1
de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019, a la Escribanía
General de Gobierno, a la agente Categoría 7 -Rama
Administrativa- Ley 643, Mirta Alicia MATOS -D.N.I.
20.589.254 -Clase 1969-, perteneciente a la Dirección General
del Registro de la Pro piedad Inmueble, dependiente del
Ministerio de Gobierno y Justicia.
Decreto N° 139 -30-I-19- Art. 1°.- Adscribir a partir del 1
de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019, a la Escribanía
General de Gobierno, a la agente Categoría 12 -Rama
Administrativa- Ley N° 643, María Isabel GODOY -D.N.I. N°
21.430.433 -Clase 1970-, perteneciente a la Dirección General
del Registro de la Pro piedad Inmueble, dependiente del
Ministerio de Gobierno y Justicia.
Decreto N° 140 -30-I-19- Art. 1°.- Acuérdase una pensión
por discapacidad por la suma de $ 4.609,00 a partir de la fecha
del presente Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 5° inciso d) de la Ley N ° 2226, modificada por Ley N°
2786 a favor del señor Miguel Ángel ALMANDO, Documento
Nacional de Identidad N° 20.315.742, CUIL 20-20315742-9, de
la ciudad de Santa Rosa.
Decreto N° 141 -30-I-19- Art. 1°.- Adscribir a partir del 1
de Enero
y
hasta el 31 de diciembre de 2019 a la Secretaría de
Culto, a la agente Mariela Beatriz ALLENDE NOVISARDI, - D.N.I.
N° 25.941.575 - Clase 1977, perteneciente al Ministerio de
Gobierno y Justicia.
Decreto N° 142 -30-I-19- Art. 1°.- Acuérdase una pensión
por discapacidad por la suma de $4.609,00 a partir de la fecha
del presente Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 5° inciso d) de la Ley N ° 2226, modificada por Ley N°
2786 a favor de la señora Graciela Fabiana ALBANESE,
Documento Nacional de Identidad N° 20.537.451, CUIL 27-
20537451-0, de la ciudad de Santa Rosa.
Decreto N° 143 -30-I-19- Art. 1°.- Acuérdase una pensión
por discapacidad por la suma de $ 4.609,00 a partir de la fecha
del presente Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 5° inciso d) de la Ley N ° 2226, modificada por Ley N°
2786 a favor del señor Cristian Ma uricio SCHNEIDER,
Documento Nacional de Identidad N° 32.046.086, CUIL 20-
32046086-8, de la ciudad de Santa Rosa.
Decreto N° 144 -30-I-19- Art. 1°.- Otórgase hasta la suma
de $ 200.000,00 a quien/es aporte/n datos veraces y
determinantes que p ermitan dar con la localización de
EDUARDO CESAR ROS RAMÍREZ - DNI N° 27.626.643.
Art. 2°.- Quienes deseen aportar información, podrán
hacerlo ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia
de La Pampa, la Policía Provincial o ante el Ministerio Público
Fiscal, solicitando reserva de la identidad, en los términos
y
con
los alcances que establece el Código Procesal Penal de la
Provincia.
Art. 3°.- El monto de la compensación económica
establecida en el artículo primero será abonado a quien/es la
autoridad judicial indique, en mérito a la información
suministrada y en las proporciones que la mi sma establezca en
caso de información aportada por más de una persona.
Art. 4°.- El pago de la compensación económica a la
persona o personas precitadas, se
realizará por la Secretaría
de Derechos Humanos a través de la Escribanía
General de
Gobierno, a cuyo fin este último organismo labrará e l acta
correspondiente cuya copia auténtica en sobre cerrado y
lacrado será entregado a la autoridad judicial compete nte que
intervenga en la causa, glosándose en el expediente de pago, la
certificación pertinente.
Art. 5°.-
Desígnase autoridad de aplicación del
presente Decreto a la Secretaria
Derechos Humanos.
Art. 6°.- El gasto que demande la atención del presente,
será atendido con cargo a la siguiente partida presupuestaria:
Jurisdicción “V” -UO. 01 - F y F. 490- Sección 1- Cuenta 0- PP.
011- pp. 03- Sp. 01 -C 1-
00- SCL. 000- RECOMPENSA PERSONAS
BOLETÍN OFICIAL N° 3348 Santa Rosa, 8 de febrero de 2019 Pág. N° 3
DESAPARECIDAS - Partida 7799, del Presupuesto vigente.
Art. 7°.- Encomiéndase a la Subsecretaria de Medios de
Comunicación y a la Secretaria de Derechos Humanos del
Gobierno de la Provincia de La Pampa la más amplia difusión
del presente.
Art. 8°.- Derógase el Decreto N° 395/18.
Decreto N° 145 -30-I-19- Art. 1°.- Otórgase hasta la suma
de $ 200.000,00 la compensación económica a quien/es
aporte/n datos veraces y determinantes que permitan dar con
la localización de ANDREA NOEMÍ LÓPEZ.
Art. 2°.- Quienes deseen aport ar información, podrán
hacerlo ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia
de La Pampa, la Policía Provincial o ante el Ministerio Público
Fiscal, solicitando reserva de la identidad, en los términos
y
con
los alcances que establece el Código Procesal Penal de la
Provincia.
Art. 3°.- El monto de la compensación económica
establecida en el artículo primero será abonado a quien/es la
autoridad judicial indique, en mérito a la información
suministrada y en las proporciones que la mi sma establezca en
caso de información aportada por más de una persona.
Art. 4°.- E l pago de la compensación económica a la
persona o personas precitadas, se
realizará por la Secretaría
de Derechos Humanos a través de la Escribanía
General de
Gobierno, a cuyo fin este último organismo labrará e l acta
correspondiente cuya copia auténtica en sobre cerrado y
lacrado será entregado a la autoridad judicial competente que
intervenga en la causa, glosándose en el expediente de pago, la
certificación pertinente.
Art. 5°.-
Desígnase autoridad de aplicación del
presente Decreto a la Secretaria
Derechos Humanos.
Art. 6°.- El gasto que demande la atención del presente,
será atendido con cargo a la siguiente partida presupuestaria:
Jurisdicción “V” -UO. 01 - F y F. 490- Sección 1- Cuenta 0- PP.
011- pp. 03- Sp.01-C 1
00- SCL. 000- RECOMPENSA PERSONAS
DESAPARECIDAS - Partida 7799, del Presupuesto vigente.
Art. 7°.- Encomiéndase a la Subsecretaria de Medios de
Comunicación y a la Secretaria de Derechos Humanos del
Gobierno de la Provincia de La Pampa la más amplia difusión
del presente.
Art. 8°.- Derógase el Decreto N° 30/18.
Decreto N° 146 -30-I-19- Art. 1°.- Sustitúyese el Artículo
1° del Decreto N° 4261/18, el que quedará redactado de la
siguiente forma: Artículo 1°.- Acéptase, la renuncia a partir del
1 de julio de 2018 por Razones Pa rticulares, presentada por el
agente Emanuel BARRIADA -D.N.I. N° 27.879.454 -Clase 1980-,
Régimen Laboral de Tiempo Reducido -Ley N° 2871-, en la
Secretaría General de la Gobernación, conforme lo establece el
artículo 11, inciso i) -Anexo I- de la Ley N° 2871, habiendo sido
exceptuado del cumplimiento del artículo 9, inciso h), de la
citada norma legal , por los mo tivos expresados en los
considerandos.
Decreto N° 147 -30-I-19- Art. 1°.- Acuérdase una pensión
por discapacidad por la suma de $ 4.609,00 a partir de la fecha
del presente Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 5° inciso d) de la Ley N ° 2226, modificada por Ley N°
2786 a favor de la señora Syr ia Soraya Ceferina BERTELLI,
Documento Nacional de Identidad N° 21.430.039, CUIL 27-
21430039-2, de la localidad de Alpachiri.
Decreto N° 148 -30-I-19- Art. 1°.- Acuérdase una pensión
por incapacidad por la suma de $ 4.609,00 a partir de la fecha
del presente Decreto, de conformidad a lo establecido por el
Artículo 3 ° de la Ley N° 786 a favor del señor Hipólito FUENTES,
Documento Nacional de Identidad N° 22.559.914, CUIL 23-
22559914-9, de la localidad de La Humada.
Decreto N° 149 -30-I-19- Art. 1°.- Adscribir a partir del 1
de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019, a la Subsecretaría
de Ambiente, dependiente de la Secretaria General de la
Gobernación, al agente Categoría 15 -Rama Servicios
Generales- Ley 643, Matías Ezequiel JUÁREZ -DNI
30.727.566- Clase 1984, perteneciente a la Subsecretaría de
Turismo del Ministerio de Desarrollo Territorial.-
Decreto N° 150 -30-I-19- Art. 1°.- Acéptase la renuncia
para acogerse al beneficio de la Ley N° 2954 -Suplemento
Especial Vitalicio-, presentada por la agente Categoría 16 -Rama
Servicios Generales y Mantenimiento- Ley N° 1279, María
Susana CARDOSO -D.N.I. 10.647.179- Clase 1953,
perteneciente a la Subsecretaría de Salud del Ministerio de
Salud, quien ha optado por hacer uso del derecho que le
acuerda el artículo 173 bis de la Ley N° 643.
Art. 2°.- Establécese como fecha del cómputo de la
antigüedad y situación de revista de la agente, el día 9 de
noviembre de 2018, con encuadre en el segundo párrafo del
artículo 173 bis de la Ley N° 643.
Decreto N° 151 -30-I-19- Art. 1°.- Acéptase la adscripción
a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019, al
Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, de la ag ente
Categoría 5 (Rama Administrativa) - Ley N° 643, Olga Haydée
MACHESICH, D.N.I. N° 5.647.444, Clase 1948, perteneciente a
la Municipalidad de General Pico.
Decreto N° 152 -30-I-19- Art. 1° .- Acéptase la adscripción
a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019, al
Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, del agente Raúl
Ernesto ACOSTA, D.N.I. 17.617.378, Clase 1965,
perteneciente a la Municipalidad de General Pico.
Decreto N° 153 -31-I-19- Art. 1° .- Declárase en estado de
Emergencia la prestación del Servicio Público de
Autotransporte de Pasajeros de carácter Regular, en la línea
regular garantizada entre las localidades de General Pico -
Santa Rosa por Catriló de la provincia, en virtud de lo dispuesto
en los considerandos del presente.-
Art. 2°.- Autorízase a la Dirección de Transporte,
dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a
garantizar el servicio púbico del transporte en la línea regular
que se individualiza en el artículo anterior, mediante
contratación directa y por un tiempo máximo de 8 meses, y
facúltase al señor Ministro de Obras y Servicios Públicos a
formalizar los instrumentos pertinentes a esos fines.-
Art. 3°.- Instrúyase a la Dirección de Transporte,
dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a
efectuar con la mayor celeridad posible los procesos licitatorios
necesarios tramitados por ante Expediente N° 1436/2019, para
efectuar e l llamado a Licitación Pública de acuerdo a las
prerrogativas del artículo 5° Ley N° 987, redacción dada por la
Ley N° 1608, a cumplimentarse en el plazo máximo de 8
meses.-
Art. 4°.- Apruébase el modelo de contrato a suscribir en

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