Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Julio de 2007, Z. 3. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Buenos Aires, 17 de julio de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Z., W.F. c/ Nationale Nederlanden Compañía de Seguros de Vida NV", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por W.F.Z., representado por el Dr. J.L.K., con el patrocinio letrado del Dr. O.M.M.T. de origen: Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 46

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