Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Noviembre de 2006, T. 938. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 938. XLI.

RECURSO DE HECHO

T., R.A. s/ homicidio calificado - San Pedro Ccausa N° 3897/05C.

Buenos Aires, 7 de noviembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de R.A.T. en la causa T., R.A. s/ homicidio calificado - San Pedro Ccausa N° 3897/05C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del señor P.F., a cuyos términos se remite en razón de brevedad.

Por ello, concordemente con lo dictaminado por el señor P.F., se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca el fallo apelado para que, por intermedio de quien corresponda, se dicte uno nuevo conforme a derecho. A. al principal. H. saber y cúmplase. E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY (en disidencia).

DISI

T. 938. XLI.

RECURSO DE HECHO

T., R.A. s/ homicidio calificado - San Pedro Ccausa N° 3897/05C.

DENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M.

ARGIBAY Considerando:

Que en atención a que el día 31 de octubre de 2006 esta Corte ha resuelto la causa V.188.XLI AVargas, E.E. s/ p.s.a. de abuso sexual con penetración@, disponiendo la devolución de los autos principales, la cuestión traída a conocimiento de esta Corte se ha tornado abstracta. Ello, en tanto la paralización del trámite del recurso de casación a la espera de la devolución del expediente antes mencionado decidida por el Superior Tribunal jujeño, es la base sobre la que se erigen los agravios presentados por la defensa en su recurso.

Lo que así se declara. C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por R.A.T., representada por los Dres.

F.H.M. y M.V.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de Jujuy Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala de Apelaciones de la Cámara en lo Penal de la ciudad de San Salvador de Jujuy y el Juzgado de Instrucción en lo Penal N° 6

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