Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Julio de 2004, B. 739. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 739. XXXVII.

R.O.

Badaracco, Z. c/ ANSeS s/ reajustes va- rios.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de julio de 2004.

Vistos los autos: "B., Z. c/ ANSeS s/ reajustes varios".

Considerando:

  1. ) Que contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó la recomposición de los haberes del jubilado según las pautas que señaló, el actor y la demandada dedujeron sendos recursos ordinarios de apelación que fueron concedidos y son, en principio, admisibles (art.19, ley 24.463).

  2. ) Que los agravios del actor relacionados con la determinación del primer haber remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas en la causa M.427.XXXVI "M., Simón c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad ley 24.463", fallada el 20 de mayo de 2003, a la que cabe remitir por razón de brevedad.

  3. ) Que los agravios de la demandada vinculados con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia (arts. 22 y 23 ley 24.463), han sido tratados por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ("Perletto"), cuyas consideraciones se dan por reproducidas.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y revocar parcialmente la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente"M." citado. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

N. y devuélvase. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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