Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, 12 de Junio de 2013, expediente 81.023.236/2012
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2013 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 81023236/2012
raná, 12 de junio de 2013. REGISTRO:2013-T°I-F°2539
Estos autos caratulados: “MALLERET, M.A. CONTRA
ESTADO NACIONAL – MRIO. DE SEG. – GEND. NAC. SOBRE
INCIDENTE”, E.. N° FPA 81023236/2012, provenientes del Juzgado Federal N°2 de Paraná;
CONSIDERANDO:
I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 18, contra la resolución de fs. 14/15 que, en lo pertinente, desestima la medida cautelar interesada.
El recurso se concede a fs. 19, se expresan agravios a fs. 21/24 vta. y quedan los autos en estado de resolver a fs. 28 vta.
II- Que, la apelante expresa que la resolución impugnada carece de suficiente fundamentación para desestimar la medida cautelar innovativa requerida. Refiere que la verosimilitud del derecho está determinada en el art.
54 de la ley 19101 y que los aumentos otorgados. Expone que los aumentos otorgados al personal militar desde el año 1993
mediante decreto 2769/93, Resolución M. D. 1459/93, decretos 1104/05, 1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09 no fueron abonados correctamente y cita jurisprudencia de la Excma.
C.S.J.N. y de esta Cámara. Considera que el peligro en la demora se sustenta en el tiempo que demorará el dictado de un pronunciamiento que adquiera carácter definitivo y en el carácter alimentario del haber mensual de los peticionantes,
en tanto el no pago del adicional reclamado supone la directa afectación de sus salarios. Finalmente, afirma que el juez debe juzgar sobre la procedencia de la medida en sí
misma, pero no prejuzgar sobre el fondo del asunto. Cita jurisprudencia. Hace reserva del caso federal.
III- Que, el actor, personal de Gendarmería Nacional Argentina, promueve contra el Estado Nacional medida cautelar innovativa a fin de que se liquide como remunerativo y bonificable los suplementos y compensaciones establecidos por el decreto 2769/93 y los aumentos posteriores.
El a quo no hizo lugar a la medida peticionada y contra dicha decisión se alza el apelante.
IV- Que, respecto a la pretensión cautelar deducida,
cabe señalar que sin perjuicio del criterio adoptado por las distintas Vocalías del Tribunal en numerosas causas, deben tenerse en consideración los decretos 1305/12 y 1307/12, que modificaron sustancialmente el sustrato jurídico de aquella.
En efecto, en virtud del dictado de tales normas,
aplicables para el personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad...
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