Resolucion 129/2008 - Mtess

Fecha de disposición26 Febrero 2008
Fecha de publicación26 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31353

Que la requirente circunscribió el pedido de personería gremial a los trabajadores que realicen tareas o que presten servicios en relación de dependencia para empleadores cuya actividad consista en el intercambio o intermediación de bienes o prestación de servicios por cuenta propia o ajena, manteniendo sobre el resto del ámbito de representación la simple inscripción gremial.

Que el ámbito de la Inscripción Gremial excluye a los trabajadores jerarquizados.

Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 25 de la Ley Nº 23.551.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido no existe ninguna entidad con personería gremial que agrupe específicamente al personal de la actividad mercantil a la que circunscribiera su petición.

Que quedó demostrado que la peticionante supera el porcentaje de afiliación cotizante establecido por los artículos 25 de la Ley Nº 23.551 y 21 del Decreto Reglamentario Nº 467/88.

Que obra dictamen de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando otorgar la personería gremial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 ( texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02,

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Otórgase personería gremial al CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE BENITO JUAREZ, con domicilio en Avenida Urquiza 136, de la Localidad de Benito Juárez, Provincia de BUENOS AIRES, como entidad sindical de primer grado para agrupar a los trabajadores que desempeñen tareas bajo relación dependiente en actividades comerciales o intermediación de bienes y servicios, con fines de lucro, con exclusión de los trabajadores jerarquizados, con zona de actuación en el Partido de Benito Juárez, de la provincia de BUENOS AIRES, manteniendo sobre el resto del ámbito de representación la simple inscripción gremial.

ARTICULO 2º

Dispónese la Publicación sintetizada y sin cargo en el Boletín Oficial en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12/01.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 129/2008

Otórgase al Sindicato del Personal de Obreros y empleados de Refractarios Argentinos con domicilio en la Ciudad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, la Personería Gremial para agrupar a todos los trabajadores que se desempeñen en la actividad cerámica refractaria.

Bs. As., 15/2/2008

VISTO el Expediente Nº 1.157.719/2006 del Registro de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674, Decretos reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y,

CONSIDERANDO:

Que en el...

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