Resolución 1335/2008

Fecha de la disposición31 de Octubre de 2008

Que se agregó informe de la Contaduría de la Municipalidad de Malvinas Argentinas, de fecha 10 de octubre de 2007, consignando la cantidad de afiliados cotizantes de la peticionante, excluyendo a los agentes becados.

Que la cantidad de afiliados cotizantes consignada en el informe de fecha 10 de octubre de 2007, es similar a la verificada en la audiencia de cotejo de representatividad celebrada el 30 de agosto de 2005.

Que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO no tienen afiliados en el ámbito personal y territorial solicitados.

Que la peticionante ha podido comprobar su afiliación cotizante en el período solicitado en los términos del artículo 21 del Decreto Nº 467/88.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando acceder a lo peticionado.

Que consecuentemente, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 23.551 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 255/03 de fecha 22 de octubre de 2003, corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial, la que en virtud del artículo primero de la Resolución mencionada, no implica desplazamiento en el colectivo asignado de las personerías gremiales preexistentes.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Otórgase al SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE MALVINAS ARGENTINAS, con domicilio en 9 de Julio 2970, Los Polvorines, Provincia de BUENOS AIRES la personería gremial, con carácter de asociación gremial de primer grado para agrupar a todos los trabajadores municipales que presten servicios en relación de dependencia, sean de planta permanente, transitoria, contratados o en cualquier otro carácter con la Municipalidad de la Ciudad y Partido de Malvinas Argentinas, Provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2º

Dispónese que el reconocimiento que por este acto se efectúa, no afectará los ámbitos con personería gremial que detenten otras entidades del sector, en atención a lo establecido por la Resolución Nº 255/03 dictada por esta Cartera de Estado.

ARTICULO 3º

Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo del estatuto de la entidad y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución Nº 12/01 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTICULO 4º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

e. 31/10/2008 Nº 15130/08 v. 31/10/2008 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 1334/2008

Bs. As., 27/10/2008

VISTO el expediente Nº 81.537/07 del Registro de la DELEGACION REGIONAL SAN LUIS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674 y Ley 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO, TECNICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES, CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINAY RADIO NACIONAL- AJEPROC SAN LUIS, con domicilio en Barrio Manuel Lezcano - Manzana G, Casa 12,

Ciudad Capital de la Provincia de SAN LUIS, solicita su Inscripción Gremial.

Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerá de pleno derecho la Ley Nº 23.551 y su reglamentación sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO, TECNICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES, CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y RADIO NACIONAL --AJEPROC SAN LUIS-- con domicilio en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR