Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 31 de Octubre de 2019, expediente FPA 006165/2017/TO01

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

SENTENCIA N° 36/19 En la ciudad de Paraná, a los treinta días del mes de octubre de dos mil diecinueve, se constituye el Tribunal Oral Federal en lo Criminal, integrado por el Sr. Vocal titular, Dr. R.M.L.A., asistido por la Sra. Secretaria de Cámara, Dra. B.M.Z., con el objeto de dictar sentencia con la modalidad de fallo unipersonal, en la causa, caratulada: “GUILLERÓN, A.B. Y OTROS S/INFRACCIÓN LEY 23.737” (EXPTE. N° FPA 6165/2017/TO1), y su acumulada “BOBILLO, G.P.S.ÓN LEY 23.737” (EXPTE. N° FPA 4767/2016/TO1), por tratarse el presente del supuesto el contemplado en el Libro III, T.I., Capitulo IV del CPPN -juicio abreviado- (art. 9 inc. “b” Ley 27.307, art. 32 apartado II, inciso 2º del CPPN, modificado por Ley 27.307; y art. 8 inc. “b” Ley 23.308).

IMPUTADOS:

La causa se sigue a A.B.G., DNI N° 40.694.434, argentina, apodada “Kika”, nacida el 26 de septiembre de 1993 en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, soltera, comerciante, instrucción secundaria incompleta, domiciliada en calle El Pescador s/n, P.S., de la ciudad de su nacimiento, hija de H.M.G. y M.A.L.; G.P.B., DNI N° 27.836.565, argentina, sin sobrenombres, nacida el 2 de julio de 1980 en la ciudad de Hernandarias, provincia de Entre Ríos, soltera, ama de casa, instrucción secundaria incompleta, domiciliada en G.M.N.°229 de la ciudad de su nacimiento, hija de C.R.B. y A.M.D.; M.M.G., DNI N° 38.516.304, argentino, apodado “Chipilu”, nacido el 18 de diciembre de 1994 en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, soltero, ayudante de albañil, instrucción secundaria incompleta, domiciliado en calle A.L., D.. N°99, Manzana “A”, B. “L.d.M.I.”, de la ciudad de su nacimiento, hijo de J.R.G. y M.A.L.; J.E.V., DNI N° 39.033.437, argentino, apodado “Trol”, nacido el 6 de julio de 1995 en la ciudad de Hernandarias, provincia de Entre Ríos, soltero, limpia granjas de pollo, instrucción primaria incompleta, domiciliado en calle Entre Ríos s/n de la ciudad de su nacimiento, hijo de Brudo Fecha de firma: 31/10/2019 Eduardo V. y N.B.G.; E.A.S., DNI N°

Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.Z., maria beatriz zuqui - Secretaria #32552911#248490156#20191031110545798 38.514.700, sin apodos, argentino, nacido el 11 de junio de 1995 en la ciudad de Hernandarias, provincia de Entre Ríos, soltero, pescador, instrucción secundaria incompleta, domiciliado en calle G.M.N.°229 de la ciudad de su nacimiento, hijo de V.S. y G.P.B.; C.L.J.A.P., DNI N° 13.883.772, sin apodos, argentino, nacido el 25 de mayo de 1960 en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, remisero, separado, instrucción secundaria completa, domiciliado en B. “120 Viviendas”, Manzana 3, Casa N°7 de la ciudad de su nacimiento, hijo de C.L.A.P. y R.G.L.; W.M.F., DNI N° 42.206.635, apodado “D., argentino, nacido el 27 de octubre de 1998 en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, soltero, changarín, instrucción secundaria incompleta, domiciliado en Av. R. y Dugrati, B. “El Morro”, de la ciudad de su nacimiento, hijo de J.M.F. y G.N.F..

Expresaron no padecer de ninguna enfermedad que les imposibilite entender lo que sucede en la audiencia.

En la audiencia del art. 431 bis del CPPN, intervino como F. General ante este Tribunal el Dr. J.I.C., en tanto en la defensa técnica de G.P.B., J.E.V., M.M.G. y E.A.S., intervino la Sra. Defensora Pública Coadyuvante Dra.

N.Q.; por la defensa de C.L.J.A.P. los Dres. G.M. y G.A.P.; en la defensa de A.B.G., el Sr. Defensor Dr. H.T., y por W.M.F. el Sr. Defensor Dr. J.I.P..

REQUERIMIENTO FISCAL:

Según el requerimiento fiscal de elevación a juicio, obrante a fs.

2000/2013 vta. de la causa “GUILLERÓN, A.B. Y OTROS S/INFRACCIÓN LEY 23.737” (EXPTE. N° FPA 6165/2017/TO1), se imputa a A.B.G. y G.P.B. ser coautoras del delito de organización de actividades de comercio de estupefacientes, y a M.M.G., J.E.V., E.A.S., C.L.J.A.P. y W.M.F., coautores de delito de comercio Fecha de firma: 31/10/2019de estupefacientes doblemente agravado por haberse servido de Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.Z., maria beatriz zuqui - Secretaria #32552911#248490156#20191031110545798 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

menores y haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada (art. 7 en función del art. 5 inc. “c” y art. 11 incs. “a” y “c” de la Ley 23.737).

Por su parte, en el requerimiento fiscal obrante a fs. 246/250 de la causa acumulada “BOBILLO, G.P.S.ÓN LEY 23.737” (EXPTE.

N° FPA 4767/2016/TO1), se imputa a G.P.B. ser autora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. “c”

de la ley 23.737).

CASOS:

1) Que, conforme surge del requerimiento de la primera causa referida (N°6165/2017/TO1), se dio inicio a la misma a raíz de una presentación, aproximadamente a la hora 09:30, del día 16/02/2017, por ante este Ministerio Público F. de una persona que manifestó sus deseos de preservar su identidad, no obstante su interés en aportar información referente a presuntas actividades vinculadas a la comercialización de estupefacientes (ej.: porros, cocaína, pastillas, etc.) en una vivienda ubicada en Calle Q.M. –

B. Lomas del M., de esta capital entrerriana, puntalmente la situada hacia el cardinal este, margen derecha, poseedora de un cartel al frente de color rosado con letras blancas, lugar donde, supuestamente, se vendería indumentaria a modo de pantalla; cuyo interior se halla acondicionado con cámaras que permiten monitorear el frente de la finca. Se acotó seguidamente que la persona a cargo de tal organización lleva por apodo “Kika” y/o “Kica”; pudiendo tratarse una persona de sexo femenino, de nombre L.G., de entre 20 y 25 años de edad, cabellos rubios, rastas hasta la cintura, que se conduciría en automóvil marca Peugeot, residiendo -ella- en el B. 4 de Junio, también de esta Ciudad, en casa de su padre; aportando también que familiares de la sindicadas serían de apellido FLORES y/o PESTAÑA; que su esposo llevaría por apodo “GULA”, quien se encontraría detenido, junto a su hermano; indicando finalmente que contarían con un puesto en el mercado de “Pulgas” de esta Ciudad.

Que, en tales términos, dicho anoticiamiento fiscal motivó, de inmediato Fecha de firma: 31/10/2019 -17/02/2017- el inicio de la correspondiente investigación preliminar (PGN N°

Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.Z., maria beatriz zuqui - Secretaria #32552911#248490156#20191031110545798 121/06), en procura de esclarecer las circunstancias fácticas denunciadas; para cuanto fue dispuesta una labor de investigación e inteligencia prevencional, a cargo de personal de la Delegación Local de la Policía Federal Argentina, que permita precisar datos personales, conductas y profesiones de todos quienes se dedicarían a la actividad ilícita comentada, sus vinculaciones con el comercio de estupefacientes, etc.; a las resultas de cuanto -al poco tiempo- se pudo acceder (Oficio N° 953-02-000122/17, del 03/05/2017) que, en relación a la sindicada -en resumidas cuentas- se trataría de A.B.G. (a) “Kika”; de la finca indicada se precisó que se hallaba sita en Calle Q.M. (desde calle C. torra hacia su similar A.L., en el barrio Hijos de M., límite con B.L.d.M.I., cuyo frente seria de ladrillo visto, con un portón negro, y en la vereda, un cartel rosado con la leyenda “INDUMENTARIA SAN EXPEDITO”; lugar donde se halla instalado un circuito cerrado de cámaras. En tal contexto -al 21/07/2017-se corroboró que la nombrada se conducía en un automóvil marca Ford Ka, color negro, Dominio KAB-224, en el cual se desplaza hasta una finca ubicada en calle Francia, a la derecha del numeral 3086, del B. 4 de Junio de esta ciudad, vivienda que cuenta con un garaje con portón negro, ladrillos vistos y un enrejado cubierto.

Que, ya desde el principio consta que el personal de prevención pudo constatar que, frente al domicilio sito en Calle Q.M., se realizaban gestos de pasamanos entre sus ocupantes y persona que llegaban al lugar caminando, en autos y/o motos; actividad que se presentaba en su modalidades de narcomenudeo; obteniéndose, inclusive, registros fílmicos de ello -24/02/2017-

que ilustran como potenciales clientes arriban al lugar, ingresan por un garaje que oficia de despensa, y salen manipulando pequeños bultos, presumiblemente de cocaína; pudiendo observarse la presencia de “soldaditos” y/o “custodios” y/o “campanas” en la vereda de la finca. Mas adelante -02/03/17-, se logró divisar en el lugar la presencia de un rodado marca Chevrolet, modelo C., dominio LMY-674, perteneciente a la flota de la remisería “Nueva Estrella”, puntualmente el móvil N° 36, conducido por una persona de sexo masculino, robusta y de cabellos claros, quien sería el encargado de llevar el material estupefaciente fraccionado.

Fecha de firma: 31/10/2019 También pudo identificarse a D.F. ó SIEGFRIED, quien Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.Z., maria beatriz zuqui - Secretaria #32552911#248490156#20191031110545798 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

sería colaborador de “Kika” en el emprendimiento narcocriminal, que continuaba en febril desarrollo; pudiendo saberse además que A.B.G. (a) “Kika” tiene familiares en el B° El Morro, en cuyas viviendas se fraccionaria la droga; una de ellas sería habitada por F.B., esposa de C.M.S.(a) “pestaña”, hallándose situada en calle A.D. al final.

Que, allá el día 14/03/17 -sigue el parte policial- pudo observarse la presencia de un rodado marca Citroen, modelo C3, dominio ODD-741, que estacionó en el baldío frente a la casa de “Kika”, del cual descendió un masculino que luego de saludar a los jóvenes que custodian la vereda, ingreso unos 30 minutos aproximadamente, para luego retirarse, y que de su seguimiento, arrojo que residiría en calle Francia N° 1162; siendo identificado como A.M.J., quien vendería estupefacientes al...

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