Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 12 de Febrero de 2019, expediente FMZ 000116/2016/TO01

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 116/2016/TO1 FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA Nº 1.884 En Mendoza, a los doce días del mes de febrero del año dos mil diecinueve, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza, integrado por el señor Juez de Cámara Doctor A.D.C., conforme las disposiciones del Código Procesal Penal de la Nación según la ley 27.307, en autos N° FMZ 116/2016/TO1, caratulados “V.T., M.J.D. s/ Infr. Ley 23.737”, y acumulados nº

FMZ 7180/2018/TO1, caratulados “V.T., M.J.D. y otra s/ Infr. Ley 23.737”, se planteó las siguientes cuestiones a resolver:

  1. ) ¿Están acreditados los hechos atribuidos y resultan correctas la calificación y pena acordadas?

  2. ) Costas.-

Sobre la primera cuestión planteada, el señor Juez de Cámara doctor A.D.C. expresó:

Vienen los presentes autos a conocimiento y decisión del Tribunal, luego de las audiencias de visu llevadas a cabo con los imputados, cuyas actas obran a fs. 256/257, todo ello en el marco del trámite de juicio abreviado iniciado con el acuerdo que glosa a fs.

253/254, que el Tribunal acepta al dictar la presente sentencia, cuya parte dispositiva se encuentra agregada a fs. 258 y vta.

No obstante esa presentación en conjunto, en donde reconocen los encausados su responsabilidad y autoría en los hechos investigados en la presente causa –con el alcance de participación que consta en el acta de acuerdo-, se debe llevar a cabo igualmente el análisis técnico legal de los hechos en su integridad objetiva y subjetiva a fin de resguardar el debido proceso y cumplir con su función jurisdiccional.

Fecha de firma: 12/02/2019 Firmado por: A.D.C., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, Secretario Federal 1 #28948722#225826647#20190212141718232 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 116/2016/TO1

  1. Los hechos presuntamente delictivos que abren la instancia ante este Tribunal han sido definidos por el Ministerio Público Fiscal en los requerimientos de elevación a juicio obrantes a fs. 119/121 y 198/204 de las causas Nº FMZ 116/2016/TO1 y FMZ 7180/2018/TO1, respectivamente.

    La primera pieza acusatoria –al momento de requerir-

    atribuyó a M.J.D.V.T. la infracción al artículo 5º, inciso “c” de la Ley 23.737, en las modalidades de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y de comercio de estupefacientes, en calidad de autor.

    Por otro lado, la representante de la vindicta pública en los autos nº 7180/2018/TO1, encuadró la conducta del recién mencionado en la misma calificación legal y la de T.G.E.M. en la infracción al artículo 5º, inciso “c” de la Ley 23.737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

    Para mayor precisión acerca de los hechos traídos a juicio, pasaré a transcribirlos conforme los requerimientos de elevación formulados por el Ministerio Público Fiscal, sin perjuicio del tratamiento y organización que luego les brindaré.

    Así entonces, en relación a los obrados nº 116/2016/TO1, la Fiscal Federal expuso que “La presente causa se inicia con la nota nº

    03/16 labrada por la Dirección General de Lucha contra el Narcotráfico, División Tupungato, en fecha 11 de enero de 2016.

    En la misma da cuenta, que se tomó conocimiento de parte de un grupo de personas que no desean ser identificadas por temor a represalias, que en Calle La Vencedora, en un domicilio ubicado al lado de un restaurant que se encuentra frente a la rotonda del Departamento de Tupungato, residen un masculino llamado “P.V.” y pareja “T.”, los cuales se dedicarían a la venta de estupefacientes.

    Como consecuencia de la información recibida, personal de aquella fuerza realizó tareas de vigilancia en el lugar, los días 11, 12, 13 y 14 de enero del corriente año, donde pudo observar un hombre de contextura delgada, tez trigueña, pelo corto negro, 1,60 de estatura, identificado como J.D.M.V., y a una mujer, de contextura delgada, tez blanca, 1,60 de estatura, pelo semi largo color negro, identificada como G.T.E.M., realizar los movimientos típicos de venta de estupefacientes con distintas personas que se acercaban a ese lugar (ver fs. 01 y 03/07).

    Fecha de firma: 12/02/2019 Firmado por: A.D.C., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, Secretario Federal 2 #28948722#225826647#20190212141718232 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 116/2016/TO1 Ante tales hechos y previa solicitud de la autoridad policial, U. extendió orden de allanamiento para el día 15 de enero de 2.016.

    Previo a cumplir con aquella medida, se instaló una vigilancia en las inmediaciones del domicilio sospechado, observando a las 20:00 horas, el arribo de un sujeto que vestía remera gris y pantalón negro, que tras entablar una breve conversación con el sospechado VALLEJO, realiza un pase de manos con el mismo, para luego retirarse en dirección al norte.

    Seguidamente el personal policial apostado en las inmediaciones logra detener su marcha en Calle Roca, donde es identificado como A.J.A., hallando en el bolsillo de su pantalón un paquete de PHILLIPS MORRIS con dos cigarrillos de marihuana en su interior (ver fs. 12/17).

    Una vez comunicada tal situación, se irrumpe en la morada, logrando aprehender en su interior al sujeto que fuera visto en las vigilancias previas y en el día de la fecha efectuar los pases de manos, el cual es identificado como M.J.D.V..

    Asimismo se identificó a la Sra. G.M. y J.M..

    Luego de dar ingreso a los testigos, se inicia el registro del lugar, comenzando por el sector de la cocina comedor, donde sobre una mesa se encuentra un recipiente color marrón con marihuana en forma de picadura, un librillo de papeles para armar cigarrillos y marihuana compactada con un peso total de 24, 6 gramos. Del mismo ambiente, sobre un modular, se logra el secuestro de un vaso de vidrio conteniendo 210 semillas de la especie “cannabis sativa”, un librillo de papeles marca GUARANI y una licuadora con restos de marihuana.

    Por último, en el sector del patio, se encuentran cuatro plantas de marihuana de unos dos metros de altura.”.

    En cuanto a los autos nº 7180/2018/TO1, la representante de la acción pública expresó que “La presente causa se inicia con la Nota nº 41/18, remitida por el Departamento de Lucha contra el Narcotráfico Valle de Uco División Tupungato de Policía de Mendoza, en la que a raíz de una denuncia anónima se ponía de manifiesto que “…en callejón L. s/nº de Tupungato reside una pareja, el masculino de sobrenombre “Pato” Vallejos y “T.”M., manifestando que los mismos se dedican a la venta de estupefacientes”. (fs. 1).

    Fecha de firma: 12/02/2019 Firmado por: A.D.C., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: AMADEO FRUGOLI, Secretario Federal 3 #28948722#225826647#20190212141718232 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FMZ 116/2016/TO1 En virtud de ello, personal de dicha dependencia se avocó a la investigación de los hechos denunciados, y comprobó que el domicilio era de existencia real y que en el mismo residirían los sospechados J.D.V.T., cuyas características son: 1,70 metros de altura aproximadamente, tez trigueña, cabellos cortos y contextura robusta; y G.E.T.M., -1,65 metros de altura aproximadamente, tez blanca, cabellos negros largos y contextura delgada-; además se los pudo observar realizar movimientos típicos del comercio de estupefacientes. (v. fs. 2/3, 5/12).

    En razón de lo expuesto la prevención solicitó la pertinente orden de allanamiento, medida que fue ordenada a fs. 18/19 aunque no pudo realizarse, por lo que se continuaron las tareas de investigación.

    A fs. 26/28 el Tribunal ordenó nuevamente el allanamiento como consecuencia del resultado de las nuevas tareas realizadas. Así, el día 27 de marzo del corriente, personal policial instaló

    un dispositivo de vigilancia en las inmediaciones del domicilio sospechado, y a las 19:55 horas aproximadamente se observó al sospechado V. –quien vestía pantalón gris con líneas blancas a los costados, campera de color gris con vivos verde flúor en la parte superior-

    salir en una motocicleta de color blanca y detener la marcha en calle Almirante Brown e intersección de calle M., donde lo esperaban dos personas de sexo masculino, -uno de ellos vestía campera de color azul y pantalón de buzo color negro- con quien mantuvo un breve diálogo, y tras observarse un pase de manos el sospechado se retiró mientras que los otros dos sujeto fueron interceptados por el personal policial luego de un breve seguimiento. Se les realizó una requisa minuciosa y respecto de quien fuera identificado posteriormente como G.A.R.P. se le extrajo del interior del bolsillo derecho de la campera azul, un envoltorio de nylon color blanco conteniendo en su interior sustancia de origen vegetal color verde amarronada compactada, la que dio positivo para marihuana y arrojó un total de 11 gramos. (v. fs. 31).

    En virtud de dar positivo el procedimiento descripto precedentemente, se procedió al allanamiento del domicilio en callejón L. s/nº del departamento de Tupungato; se controló a los sospechados que se encontraban en el interior de la vivienda, resultando ser M.J.D.V.T. y E.G.T.M..

    Fecha de firma: 12/02/2019 Firmado por: A.D.C., Juez de Cámara...

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