Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 27 de Junio de 2018, expediente FPA 001311/2016/TO01

Fecha de Resolución27 de Junio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

Sentencia N° 40/18 En la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil dieciocho, se constituye el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná integrado por la Sra. Vocal titular, Dra. N.M.B., asistida por la Sra. Secretaria del Tribunal, Dra. B.M.Z., para dictar sentencia en juicio unipersonal en esta causa Nº FPA 1.311/2016/TO1, caratulada “FERNÁNDEZ, C.A.;E., J.L.;G., M.G. y LÓPEZ, S.M. s/Infracción ley 23.737”, por tratarse el presente del supuesto contemplado en el Libro III, Título II, Capítulo IV del CPPN -juicio abreviado- (art. 9 inc. “b”, Ley 27.307 y art. 32 apartado II, inciso 2º, CPPN, modificado por Ley 27.307).

En la audiencia realizada y que prevé el art. 431 bis del CPPN, intervino en representación del Ministerio Público Fiscal el Sr. Fiscal General, Dr. José

Ignacio Candioti, mientras que en la defensa técnica de los imputados F., G. y L. actuó la Sra. Defensora Pública Oficial Coadyuvante, Dra. N.Q..

I). Los imputados La presente se sigue a: 1) C.A.F., argentino, apodado “Flaco” o “Chito”, DNI Nº 23.613.318, nacido el día 29 de noviembre de 1973 en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, de 44 años de edad, de estado civil soltero, vive en concubinato con G.A.S., tiene seis hijos (cinco menores de edad, de 17, 14, 10, 5 y 3 años), con estudios primarios completos, de ocupación empleado de seguridad en supermercado “Concordia”, hijo de J.C.F. (f) y de R.É.L. (f), con último domicilio en calle Los Cardenales, vereda norte, entre calle Las Perdices y Nº 58- Bº V.C., de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos y actualmente alojado en la Unidad Penal Nº 3 de Concordia; 2) MARIO G.G., argentino, apodado “Popotito”, DNI Nº 23.613.186, nacido el día 8 de junio de 1973 en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, de 45 años de edad, de estado civil soltero, vive en concubinato con S.M.L., tiene 5 hijos (dos menores de edad, de 11 y 8 años), con estudios primarios completos, de ocupación Fecha de firma: 27/06/2018 empleado de la Municipalidad de Concordia, hijo de M.G. y de Blanca Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #30053277#210060609#20180627123148760 J.G., con último domicilio en calle J.J.V. y Cortada 58, Casa 1713, Bº San Francisco Oeste, de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos y actualmente alojado en la Unidad Penal Nº 3 de Concordia; y 3) S.M.L., argentina, sin sobrenombre o apodo, DNI Nº 24.958.612, nacida el 8 de diciembre de 1975, en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, de 42 años de edad, de estado civil soltera, vive en concubinato con M.G.G., tiene 5 hijos (dos menores de edad, de 11 y 8 años), con estudios primarios completos, de ocupación empleada de la Escuela Provincial Nº 78 (cocinera), hija de R.L. y de O.R.L. (f), con domicilio real en calle J.J.V. y Cortada 58, Casa 1713, Bº San Francisco Oeste, de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos.

Los procesados manifestaron que no padecen de ninguna enfermedad que les impida entender lo que sucede en la audiencia.

II). La imputación De conformidad al requerimiento fiscal de elevación a juicio obrante a fs.

1323/1332 vto. se les imputa a C.A.F., M.G.G. y S.M.L. la coautoría del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5º inciso “c”, Ley 23.737).

Esta causa tiene su origen en la investigación iniciada el 09/03/2016 por la Delegación de Toxicología Concordia de PER ante la sospecha de comercialización de estupefacientes por parte del sospechado “A.” desde su domicilio particular, sito en Bº San Jorge, calle Los Cardenales -vereda Norte-

entre calle Las Perdices y 58 de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos.

El mismo fue luego identificado como C.A.F., verificando la prevención que dicha actividad la realiza con ciudadanos de distintos estratos sociales que arriban a su domicilio en diferentes momentos del día y que luego de contactarse con su morador por una ventana y realizar el típico pasamanos, se retiraban rápidamente del lugar, manipulando “algo”.

De la intervención de la línea telefónica de F., dispuesta judicialmente, fue posible individualizar a sus compradores, entre quienes estarían A.M.E., D.A.M. y C.E.A., oriundos de la ciudad de Federal, quienes Fecha de firma: 27/06/2018 luego revendían. A su vez, se Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #30053277#210060609#20180627123148760 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

determinó que sus colaboradores eran H.H.C. y M.G.G..

Como resultado de las tareas investigativas se dispusieron y realizaron diferentes allanamientos en fecha 19 de agosto de 2016, que culminaron con el siguiente resultado:

Siendo las 21:22 hs. de ese día 19/08/2016, se practicó el allanamiento y requisa del domicilio de C.A.F., sito en calle Los Cardenales -vereda Norte- entre calle Las Perdices y Nº 58 de la ciudad de Concordia.

Al momento de la diligencia, se encontraban presentes el nombrado, su pareja A.G.S., P.G.L. y tres menores de edad. De la requisa personal efectuada a F. se secuestraron $ 90,ºº y dos envoltorios de nylon atados en sus extremos (uno de ellos con una sustancia en polvo blanco y el otro con una sustancia en piedritas de color blanco) arrojando el reactivo de campo, resultado positivo para cocaína, con un peso de 6 y 5 gramos respectivamente; en poder de A.S. se incautó la suma de $ 402,ºº.

De la requisa del domicilio, resultaron los siguientes hallazgos:

i) en el sector del kiosco, en el suelo se encontraron $ 3.382,ºº y 20 pesos uruguayos; sobre el freezer una pistola 9 mm marca FM Hi Power, modelo detective, con cargador colocado con 11 cartuchos y uno en recámara. En una estantería se encontró una caja de alfajores “Guaymallén”, que contenía: 1) un envoltorio de nylon verde con una sustancia blanca, con un peso de 36,5 gramos y que reaccionó positivamente como cocaína; 2) la suma de $ 91,ºº; 3) un envoltorio de nylon pequeño conteniendo sustancia blanca, que conforme el reactivo de campo resultó ser cocaína; 4) un blíster y medio con pastillas de “Clonazepan” de 2 mg y uno de “biprideno rospan” de 2 mg; 5) una bolsa de nylon transparente, con 62 envoltorios de nylon con una sustancia blanca en su interior, con un peso de 37 gramos y que, al reactivo, reaccionó como cocaína; 6) en otra caja de cartón se detectaron 3 blísters de “Clonazepan”, dos rollos de piola de algodón, similar al de las ataduras de los cebollines, dos cajas azules marca Magtech con 25 cartuchos 9mm; 6) en otro estante lateral se hallaron 2 recipientes plásticos, uno de ellos con una pastilla y un pedazo de otra; y el otro Fecha de firma: 27/06/2018 con un prospecto de “phenylbutazone bolses” y 100 pastillas de la droga de Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #30053277#210060609#20180627123148760 mención; 7) en la caja registradora se hallaron $ 690,ºº y monedas de diversa denominación.

ii). En un aparador de la cocina, se secuestró un celular de color blanco, Samsung, modelo GTS6790L, perteneciente a la línea intervenida, con chip de la empresa Claro, abonado Nº 345-4128047; dos cuadernos con anotaciones y una bolsa de nylon transparente con varios recortes de nylon y retazos de piola de algodón, color amarillo.

A las 21:20 hs. de ese mismo día 19/08/2016, tuvo lugar el allanamiento y registro del domicilio de M.G.G., sito en calle J.J.V. y Nº 58, casa 13, Concordia, Entre Ríos. Al ingresar se identificó a tres menores de edad y cuatro mayores: A.J.L., T.E.Q., I.E.G. y S.M.L.. Esta última indicó que la droga y el dinero se encontraban en el interior de un ropero de la habitación matrimonial. En el primer estante se halló una bolsa de nylon con diversas tabletas de medicamentos como Lotrial 10, Enalapril, Clonagin, Clonazepan, Lexpro, Maloc 10 MG, Amlodipina; debajo de ésta, un bols transparente con tapa roja conteniendo una sustancia blancuzca, que pesó 398,8 gramos y, conforme test orientativo, dio resultado positivo para cocaína. En la parte baja del mismo mueble, se encontró una bolsa de nylon transparente con 77 envoltorios, anudados con piola amarilla, que pesaron 28 gramos y que resultó ser cocaína. En otro mueble, se localizaron $

3.000,ºº, en un cajón $ 6.000,ºº y dentro de una cartera de cuerina marrón claro, un total de $ 4.172,25. Sobre una mesa fueron hallados numerosos celulares, una bolsa con recortes de nylon y recortes de piolín amarillo, un rollo de bolsas de nylon transparente, una tijera y 205 recortes de nylon circulares; en una mesada de madera se hallaron 6 cuadernillos y un recipiente plástico con $ 300,ºº y en el bajo mesada una caja con medicamentos: Novalgina, Bayaspirina, Ibuprofeno, Aspirina Ven 3, un rollo de piolín amarillo.

En la habitación matrimonial, dentro de un cajón, se encontró una balanza digital marca “Tanita” con restos de cocaína y en el cajón de un ropero la suma de $ 4.700,ºº. Finalmente, en el sector del living, se halló una bolsa verde que contenía dos paquetes cerrados de bolsas de nylon y tres paquetes abiertos, así

Fecha de firma: 27/06/2018bolsa de nylon verde conteniendo como otra cinco paquetes de nylon abiertos.

Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #30053277#210060609#20180627123148760 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

III). El acuerdo para juicio abreviado Fijado así el hecho en el documento acusatorio que abrió la etapa plenaria, en fecha 22 de junio del corriente año 2018, las partes celebraron la negociación para la aplicación del instituto del juicio abreviado, que prevé el art. 431 bis del CPPN. Según el documento suscripto por las partes, en el despacho del Sr. Fiscal General, al que concurrieron los imputados C.A.F., M.G.G. y S.M.L., asistidos por la Sra...

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