Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 24 de Abril de 2018, expediente FPO 007481/2017/TO01

Fecha de Resolución24 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 7481/2017/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la provincia de Misiones, a 24 días del mes de abril del año 2018, el Sr. Juez de Cámara integrante del Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, Dr. MARIO HACHIRO DOI, ejerciendo la Presidencia en este proceso y juzgando de manera unipersonal (art. 354 del C.P.P.N. -modificado por Ley 27.307- y arts. 9 inc. c) y 11 apartado II, inciso 3 -que sustituye el art. 32 del C.P.P.N.- de la Ley 27.307) asistido por el A.E.M.U., con el objeto de dictar sentencia de conformidad con las normas del Juicio Abreviado contenidas en el art. 431 bis del CPPN en la causa caratulada Nº FPO 7481/2017/TO1 caratulada: “GIMENEZ, R.A. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)”, del registro de este Excmo.

Tribunal Oral, respecto de R.A.G., D.N.

  1. N° 31.142.126, nacido el 21 de septiembre del año 1984; antes de ser detenido se domiciliaba en calle O. y La Habana de la ciudad de Oberá (Mnes.); con estudios primarios incompletos, pero sabe leer y escribir; hijo de L.G. y de E.A.B.; sin antecedentes condenatorios –fs. 225-; procesado con prisión preventiva a fs. 115/119 y vta., por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES en calidad de AUTOR (art. 5 inc. “c” Ley 23.737); cumpliendo prisión preventiva en el Escuadrón 9 Oberá de Gendarmería Nacional y, de A.N.A.B., D.N.

  2. N° 26.655.604, argentino, nacido el 10 de setiembre de 1978, en San Pedro, Misiones, con último domicilio en calle L. y E. de la ciudad de Oberá, hijo de J.A.B. y de T.S., con instrucción primaria incompleta, pero sabe leer y escribir, de ocupación peón rural; sin antecedentes condenatorios –fs. 228/229-; procesado con prisión preventiva a fs. 115/119 y vta., por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES en calidad de AUTOR (art. 5 inc. “c” Ley 23.737); cumpliendo prisión preventiva en el Escuadrón 9 Oberá de Gendarmería Nacional, quedando enmarcada la plataforma fáctica de la siguiente manera:

    Las presentes actuaciones comenzaron el día 15 de julio de 2017, aproximadamente a las 15:45 horas, en el control efectuado por personal del Escuadrón 9 “Oberá” de Gendarmería Nacional Argentina, instalado sobre la Ruta Provincial N° 7, zona conocida como Paraje Cuña Pirú, municipio de A. delV., Departamento de Cainguas, de esta provincia de Misiones, cuando los preventores observaron que a unos 200 metros del control se detuvo un vehículo marca Peugeot, modelo 504, de color rojo, dominio colocada TAG 121, descendiendo uno de los acompañantes del rodado en cuestión, el cual arrojó al costado de la ruta UN (1) bulto entre la maleza lindante con la banquina. Los agentes se acercaron rápidamente al lugar, e identificaron al conductor como Fecha de firma: 24/04/2018 Alta en sistema: 25/04/2018 Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.M.U., SECRETARIO DE JUZGADO #31339715#201771829#20180424122920064 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 7481/2017/TO1 R.A.G., DNI N° 31.142.126 y a su acompañante como A.N.A.B., DNI N° 26.655.604.

    Seguidamente, en presencia de testigos hábiles se procedió a constatar el contenido del bulto arrojado, observando que se trataba de una sustancia vegetal color verde parduzca, presumiéndose que se trataría de Cannabis Sativa. Se realizó la prueba de narco test la cual resultó un resultado cromáticamente positivo para el grupo de la Cannabis Sativa “Marihuana”, siendo la cantidad de CUATRO KILOS CON NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO GRAMOS (4,944 KGRS) –Cfr. acta de procedimiento de fs. 2/3 y vta.; acta de procedimiento pericial prevencional de fs. 3/4; boleta de incautación de fs. 7; constancia detención de fs. 8/9 y vta., croquis de fs. 14 y tomas fotográficas de fs.

    19/20.

    Posteriormente, se tomó contacto telefónico con la Sra. Fiscal Federal de Primera Instancia de Oberá, Dra. V.A.V., quien al informársele de lo sucedido, determinó la NO FLAGRANCIA del hecho y dispuso que se le anoticie al Juzgado de Instrucción de Oberá a cargo del Dr. J.L.C.; este a través de su S.D.L.A.V. ordenó el secuestro de la sustancia encontrada y del vehículo mencionado, además se procedió a la detención del conductor y del acompañante.

    Los detenidos fueron procesados con prisión preventiva a fs.

    115/119 vta., y acusados por la Fiscalía de Instrucción a fs. 200/207, por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES en calidad de AUTORES (art. 5 inc.

    c

    Ley 23737). Asimismo, la causa fue elevada a juicio mediante decreto de fs.

    211, de conformidad con lo dictaminado por la R. delM.P.F., en la Requisitoria de Elevación a Juicio.

    A fs. 223 y vta., se constituyó éste Tribunal de manera UNIPERSONAL para entender en el presente proceso (Art. 9 inc. c) y 11 apartado II, inciso 3 –que sustituye el art. 32 del CPPN-, de la ley 27307). Luego de citados a juicio, las partes alcanzaron un Acuerdo de Juicio Abreviado –glosado a fs. 232 y vta.- entre la Sra. Fiscal Oral General Federal Dra. V.A.B., con la expresa conformidad de los procesados R.A.G. y A.N.A.B., asistido por el señor Defensor Particular Dr. J.P.T.. Admitido por el Tribunal -a fs. 239-...

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