Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 1 de Febrero de 2018, expediente FPO 012076/2017/TO01

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 12076/2017/TO1 POSADAS, 1º de febrero del año 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para constituir el Tribunal y resolver en la presente causa Nº

FPO 12076/2017/TO1 caratulada: “FLORES GYSIN, P.A. s/INFRACCION LEY 23.737” de nuestro registro, la nulidad del acto de clausura y elevación a juicio, y; CONSIDERANDO:

Lo precedentemente informado por el Actuario (fs. 96) y que el art. 353 bis del C.P.P.N., establece que el procedimiento de FLAGRANCIA es de aplicación a todos los hechos dolosos en los que se verifiquen las circunstancias del artículo 285, cuya pena máxima no supere los quince (15) años de prisión.-

Teniendo en cuenta que a fs. 77/78 vta. obra la Audiencia establecida en el artículo 353 quinquies del C.P.P.N., en la cual la Sra.

Representante del Ministerio Público Fiscal, luego de relatar el hecho por el que se lo acusa al procesado P.A.F.G., califica su conducta en el delito de “Transporte de Estupefacientes Agravado por la Intervención de tres o más Personas organizadas para cometerlos (artículos 5, inciso “c”·y 11 de la ley 23.737), cuya pena agravada es de 6 a 20 años de prisión, no encontrándose incluida la presente causa dentro de los parámetros establecidos en el art. 353 bis del C.P.P.N., corresponde declarar la NULIDAD GENERAL Y ABSOLUTA de la audiencia prevista en el art. 353 quinquies del C.P.P.N. obrante en acta de fs.

77/78, de la elevación de la causa a juicio contenida en la misma y de todos los actos consecuentes, sin atribuir responsabilidad al Juez de Instrucción (arts. 168 y 353 bis del C.P.P.N.).-

Asimismo, corresponde remitir de inmediato la totalidad de las actuaciones y los elementos reservados al Juzgado de Instrucción Federal de Oberá y poner a su disposición al detenido P.A.F.G..-

Por todo lo expresado, en mi carácter de Juez de Cámara a cargo de la Presidencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, RESUELVO:

1) HACER SABER a las partes que el Tribunal está

constituido por los Dres. M.A.J.M., N.L. y MARIO HACHIRO DOI, habiendo sido designado el Dr.

M.A.J.M. -conforme al sorteo bajo el sistema de Fecha de firma: 01/02/2018 Alta en sistema: 02/02/2018 Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.M.A.M., SECRETARIO #31155234#197640406#20180202112518230 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 12076/2017/TO1 compensación previsto en el art. 354 del C.P.P.N., modificado por Ley 27.307-

para ejercer...

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