Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 28 de Diciembre de 2017, expediente FTU 018704/2016/TO01

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO 18704/2016 IMPUTADO: MANSILLA, C.E. s/INFRACCION LEY 23.737 En la ciudad capital de Santiago del Estero, provincia del mismo nombre, a los veintiocho (28) días del mes de Diciembre del año dos mil diecisiete, siendo las 10,00 horas, con la presencia del señor Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero, Dr.

A.J.B., en su calidad de Juez de Cámara Unipersonal, conforme lo previsto en el Capítulo II, artículo 9°, inciso “b”, de la Ley 27.307 y artículo 32, apartado segundo del C.P.P.N.

sustituido por el artículo 11° de la Ley 27.307- con vigencia desde el 01/03/17, mediante Resolución N° 01/2017, de fecha 21/02/17, dictada por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Nación, para dictar sentencia en la causa caratulada: “MANSILLA, C.E.S.ÓN A LA LEY 23.737” - EXPTE. N° 18704/2016”, del Registro de Secretaría de este Tribunal Oral, en la que se encuentra MANSILLA, C.E., argentino, soltero, DNI Nº 36.886.070, de profesión pintor, nacido el 04 de Febrero de 1991 en la ciudad Capital de Santiago del Estero, hijo de H.W.M. y de L.E.C., con último domicilio en calle 18, N° 126, entre 100 y 101 del B.B., de esta ciudad Capital, provincia de Santiago del Fecha de firma: 28/12/2017 Alta en sistema: 04/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.A., SECRETARIO DE CAMARA #31085466#196918440#20171227115752491 Estero. Actúa como representante del Ministerio Público Fiscal, el Sr.

Fiscal Federal, Dr. P.S. y por la defensa técnica del imputado, la abogada, Dra. N.K..

AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos a resolución del Tribunal con motivo del acuerdo efectuado por las partes, a fs. 454 y vta., de autos y; CONSIDERANDO:

Que a fs. 454 y vta. de las presentes actuaciones, obra el escrito suscripto por el Sr. Fiscal Federal, Dr. P.S., la abogada defensora, Dra. N.K. y el acusado C.E.M., solicitando la conclusión jurisdiccional en la presente causa, a tenor de lo dispuesto por el art. 431 bis del CPPN.

Que el Ministerio Público Fiscal, juntamente con la Defensa, en uso de sus facultades legales, precisa el hecho histórico que diera origen a este proceso. Relata en lo que aquí interesa, que: “Las presentes actuaciones se inician en base a un informe de fecha 30/07/16 cursado por personal de la División de Drogas Peligrosas, que refiere a información brindada por una fuente informante respecto de una persona de sexo femenino de nombre E.M., de 45 años aproximadamente, quién se dedicaría a la comercialización de Fecha de firma: 28/12/2017 Alta en sistema: 04/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.A., SECRETARIO DE CAMARA #31085466#196918440#20171227115752491 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO estupefaciente en su domicilio del barrio B.. Luego de una serie de investigaciones no invasivas en la zona del domicilio de la mencionada, la prevención identificó a la persona denunciada como L.C., de 45 años y a sus hijos, (a) C.M. e I.M.. Estas personas residen en dos inmuebles ubicados en la Calle 18, entre 100 y 101, de barrio B., a 100 metros de la Escuela Primaria G.S. y del Jardín de I.P..

Asimismo esta familia tuvo un incremento patrimonial llamativo observándose el arreglo de los inmuebles que habitan, situación que llamó la atención de sus vecinos que lo vinculan a supuestas actividades ilícitas de venta de drogas. Debido a esto se realizaron tareas de observación en diferentes días, lográndose fotografiar los momentos en que diversas personas se acercaban al domicilio investigado en vehículos permaneciendo unos breves minutos, durante los cuales se detectaron movimientos típicos del “pasamanos” o “compra-entrega” de estupefacientes al menudeo.

Continuando con las investigaciones, mediante la información brindada por un masculino de 26 años aproximadamente, consumidor de sustancias desde hace 8 años, se tomó conocimiento de que la investigada C. y sus hijos adquieren la droga de tres masculinos conocidos como (a) Tufo, H. (a) El Chueco y (a) T., todos ellos del barrio La Isla de la ciudad de La Banda. Estas personas son conocidas por su vínculo con la venta de drogas y tanto T. como T. fueron objetos de procedimientos de allanamiento en inmuebles en Fecha de firma: 28/12/2017 Alta en sistema: 04/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.A., SECRETARIO DE CAMARA #31085466#196918440#20171227115752491 la causa N° 22,124/15, donde se le encontraron elementos de corte y fraccionamiento, abundante dinero de baja denominación, restos de marihuana y armas de fuego. Posteriormente a estos procedimientos (6 meses después) se encontraron en una zona montuosa 472 grs de marihuana, 95 grs de cocaína y $8.790 (ocho mil setecientos noventa pesos), dos balanzas digitales de precisión, escondidos en una bolsa de nylon. Según las investigaciones estos elementos fueron escondidos por el ciudadano O.I. (a) T., cuyo domicilio se encuentra cercano a la zona del descubrimiento. Según la prevención, esta es una modalidad que utiliza tanto T. como T. y El Chueco, para evitar ser sorprendidos con droga en sus domicilios.Esta línea de investigación no fue profundizada por la prevención a pesar del pedido realizado por la Fiscalía en el dictamen 2203/2016 de fs. 84.

Durante el mes de noviembre esta Fiscalía solicitó la acumulación de la causa con las Investigaciones Preliminares caratuladas “Actuaciones Preliminares s/ Infracción Ley 23737.

L.C. y otros. E.. FiscalNet 117855/16”, dada la conexión subjetiva existente y ordenó que la fuerza a cargo de la investigación sea la Policía Federal Argentina.

El 01 de Agosto del 2017 se recibió en esta Fiscalía el Sumario 76/2017 de fs. 34, enviado por el C.A.C. de la Policía Federal Argentina. Por medio del mismo solicitó el allanamiento de un inmueble ubicado en la calle 18 entre la calle 100 y 101 del barrio B. de esta Ciudad. Fundamentó la...

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