Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 4 de Octubre de 2017, expediente FSA 000692/2017/TO01

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 692/2017 Principal en Tribunal Oral TO01 IMPUTADO: ALTAMIRANO AQUITUARI , VICTOR

JESUS s/INFRACCION LEY 23.737 AUTOS Y VISTOS: En San Salvador de Jujuy, a los 4 días del mes de

octubre de dos mil diecisiete, se constituye el Dr. M., Juez del

Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en el marco del procedimiento unipersonal –

Ley 27.308, para dictar sentencia en esta causa N° FSA 692/2017/TO1 caratulada:

ALTAMIRANO AQUITUARI, V. J. S. LEY 23.737

,

seguida a V. J. A. A. peruano, DNI Peruano Nº

60683742, hijo de V. y de M., nacido el 20 de

septiembre de 1995 en Provincia de Ucayali, Depto. de Loreto, Ciudad Juancito, Perú,

soltero, instruido, estudiante de ingeniería químico industrial, con último domicilio en

Surco, Lima, Perú, por el delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el

art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737, conforme acuerdo presentado en autos.

RESULTA:

Las partes que intervienen en esta causa acordaron solicitar juicio abreviado

con la conformidad expresa del imputado a quien se lo conoció en la audiencia del artículo

41 del Código Penal.

La F. General pidió la pena y el imputado prestó conformidad sobre la

existencia del hecho, su participación, la calificación legal descripta en el requerimiento de

elevación a juicio y la pena solicitada.

Este tribunal admitió la prosecución del trámite por el procedimiento

abreviado y realizó la audiencia prevista en el artículo 431 bis inc. 3º del C.P.P.N. el día 20

de septiembre de 2017, conforme consta a fs. 181.

Fecha de firma: 04/10/2017 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA #30257945#190175424#20171004120721139 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY Así, corresponde dictar sentencia en base a las pruebas obrantes en la causa de

acuerdo al pacto de juicio abreviado.

Y CONSIDERANDO:

Primero

La conducta atribuida.

En el acuerdo, la F. General se remitió al requerimiento de elevación a

juicio de fs. 116/117, que dice “…que el día 02 de febrero de 2017 a horas19:20

aproximadamente, cuando personal de la Sección “Tres Cruces” del Escuadrón 21 “La

Quiaca” de Gendarmería Nacional se encontraba realizando un Operativo Público de

Prevención, sobre Ruta Nacional Nº 9, a la altura del Km.1873 de la localidad de Tres

Cruces, arribó a dicho control un vehículo marca Renault, modelo Kangoo, tipo sedan 5

puertas, dominio colocado MDY890, conducido por M., perteneciente a

la Cooperativa “Difunta Correa”, con itinerario La Quiaca San Salvador de Jujuy y en ese

vehículo viajaba como pasajero Víctor Jesús ALTAMIRANO AQUITUAR

  1. En tales

circunstancias, el nombrado fue sorprendido transportando entre sus pertenencias,

sustancia estupefaciente.

Precisamente, cuando el nombrado llegó a la mesa de control y exhibió sus

pertenencias, le llamó la atención al personal preventor que dentro de una caja de

mercadería extranjera comestible con la leyenda “Cañonazo”, había doce (12) paquetes

rectangulares de papel aluminio que se contradecían con la imagen que mostraba la caja, lo

que alertó al personal de gendarmería, y efectuaron un control más minucioso sobre sus

pertenencias.

Así fue que hallaron dentro del interior del envase de un talco que tenía la

leyenda “Dr. Zidman” siete (7) envoltorios. También, dentro del envase de un talco con la

leyenda “Dr. Gost” encontraron seis (6) envoltorios. En el interior del envase del shampoo

Fecha de firma: 04/10/2017 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA #30257945#190175424#20171004120721139 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY con acondicionador con la leyenda “Pantene” encontraron cinco (5) envoltorios y

finalmente, en el interior del envase de un gel de baño con la leyenda “Instituto Español”

hallaron siete (7) envoltorios.

Que, el nombrado transportaba en total treinta y siete (37) envoltorios que

contenían una sustancia blancuzca que sometida a la prueba de campo “narcotest”

reaccionaron positivamente a la presencia de cocaína, y arrojaron un peso total de 2250

gramos (conf. acta de fs. 61).

La posterior pericia química efectuada a la sustancia secuestrada, determinó

que se trata de clorhidrato de cocaína con un grado de concentración que oscila entre el

59,29 y el 61,62 % (fs. 105/111)”.

Además de la admisión que del acontecimiento realizara el imputado al

momento de suscribir el acuerdo de juicio abreviado, éste se ha verificado por las pruebas

que se detallan a continuación:

  1. Acta de procedimiento de fs. 2/3, realizada por personal de la Sección “Tres

    Cruces” dependiente del Escuadrón 21 “La Quiaca” de Gendarmería Nacional, bajo la

    presencia de los testigos hábiles S. M. B. y Lucia Eucebia SOZA

    VALDEZ. Allí consta que el día 2 de febrero de 2017, resultó detenido Víctor Jesús

    Altamirano Aquituari, a quien se le secuestraron 2.250 gramos de cocaína que transportaba

    distribuidos en 37 paquetes que se encontraban ocultos y acondicionados en el interior de

    una caja de comestible con la leyenda “Cañonazo”, un envase de talco “Dr. Zaidman”, otro

    de talco “Dr. Gost”, uno de shampoo con acondicionador “P.” y uno de gel de baño

    con la leyenda “Instituto Español”, cuando se trasladaba como pasajero de un remís

    perteneciente a la Cooperativa “Difunta Correa” que tenía el itinerario La Quiaca – San

    Salvador de Jujuy.

  2. Pruebas de orientación narcotest, que...

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