Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 16 de Julio de 2019, expediente FMZ 014282/2016/161/CA029

Fecha de Resolución16 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 14282/2016/161/CA29

Mendoza, 16 de julio de 2019 AUTOS Y VISTOS:

La constitución del Tribunal en los presentes autos FMZ

14282/2016/161/CA29, caratulados: “LEGAJO DE PRORROGA DE

PRISION PREVENTIVA DE ARCE HERRERA SILVANA ERICA

POR INFRACCION LEY 23.737, INFRACCIÓN ART. 138 del C.P.

SEGÚN LEY 24410 SUPRESION DE ESTADO CIVIL INFRACCION

ART. 139 BIS PRIMER PARROFO DEL C.P. SEGÚN LEY

24410”, venidos del Juzgado Federal de S.J., a esta Sala “A”, en virtud

del recurso de apelación interpuesto a fs. 18/22 vta., por la Defensa Técnica de

la imputada S.É.A., contra la resolución de fs. 2/4 vta., por la que

se dispone la prórroga por un año, del plazo de cumplimiento de la prisión

preventiva de la encartada.

Y CONSIDERANDO:

I.Que a fs. 2/4 vta. se dispuso: “…Prorrogar el plazo de

cumplimiento en Arce, S.É., a partir del día de la fecha y por el

término de un año de conformidad a lo previsto en el art. 1 de la ley

24.390…”.

Que, a fs. 18/22 vta. la defensa oficial interpone recurso de

apelación, señalando el cumplimiento del plazo y la ausencia de riesgo

procesal que registra su pupila, solicitando que se revoque la mencionada

resolución y se ordene el cese de la prisión preventiva, cuyos fundamentos se

dan por reproducidos en honor a la brevedad procedimental.

  1. Que las partes en ocasión de celebrarse la audiencia que

    prevé el art. 454 del C.P.P.N. (texto según ley 26.374), fueron notificadas de

    la opción prevista por Acordada N° 9715 de esta Cámara, habiendo

    comparecido mediante apuntes sustitutivos que lucen respectivamente el del

    apelante a fs. 33 y vta.; y el Sr. F. General S. ante esta Cámara a

    fs. 34/35, oportunidad en que se inclina por el rechazo del recurso incoado, a

    cuyos argumentos remitimos en honor a la brevedad procedimental, quedando

    la causa en condiciones de ser resuelta.

  2. Oídas las partes, es de considerar que La ley 24.390

    consagra un régimen complejo que, si bien parte de una regla general

    receptada en el art. 1º en cuanto establece que la prisión preventiva no podrá

    Fecha de firma: 16/07/2019 A.ta en sistema: 17/07/2019 Firmado por: O.P.A., JUEZA DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: NAHUEL A.B., Secretario Federal #33519145#239583270#20190715114904174 ser mayor a 2 años, reconoce supuestos excepcionales que habilitan la

    prórroga de la medida cautelar y que impiden una excarcelación automática

    una...

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