Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 23 de Abril de 2019, expediente FCT 000117/2016/CA002

Fecha de Resolución23 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

FCT 117/2016/CA2

Corrientes, veintitrés de abril de dos mil diecinueve.

Visto: las actuaciones caratuladas “F.R.L., R.G.

s/ infracción ley 23.737 (art. 5 inc. c)”, Expte. Nº FCT 117/2016/CA2, del

registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado Federal Nº 1 de esta

Ciudad.

Considerando:

Que el Sr. Juez de Cámara, Dr. R.L.G. formuló su

inhibición para seguir entendiendo en la tramitación del presente recurso (fs.

557).

En consecuencia, de conformidad con el art. 31 bis del CPPN

(incorporado por el art. 4 de la Ley 27.384), visto los motivos invocados y

dado que su apartamiento se enmarca –prima facie en la causal prevista en los

arts. 55 inc. 3º del CPPN y 17 inc. 1º del CPCyCN, a efectos de preservar la

garantía de imparcialidad del juzgador corresponde hacer lugar a la

excusación formulada, teniéndoselo por apartado del trámite recursivo que se

revisa.

Ello así, conforme al criterio acogido jurisprudencialmente en punto a

que la inhibición es una parte sustancial del servicio de administración de

justicia, cuyas circunstancias deben ser ponderadas adecuadamente para

garantizar el debido proceso y el correcto ejercicio del derecho de defensa,

objetivos para los cuales la imparcialidad del juzgador deviene en una

condición sine qua non (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Fallos:

306:1392; 310:2342; entre muchos otros).

Por lo que, SE

RESUELVE:

1) Hacer lugar a la inhibición formulada

por el Sr. Juez de Cámara, Dr. R.L.G., teniéndolo por apartado

del conocimiento de los presentes actuados.

R., notifíquese, comuníquese al Centro de Información Judicial de

la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Cf. Acordada 05/19 CSJN)

Fecha de firma: 23/04/2019

Alta en sistema: 26/04/2019

Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA

cúmplase con...

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