Ley 27384. Modificación.
Fecha de la disposición | 2 de Octubre de 2017 |
Ley 27384
Modificación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Competencia e integración de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal
Los jueces de la Cámara de Casación actuarán de manera unipersonal únicamente en el conocimiento y decisión:
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) De las cuestiones de competencia.
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) De los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas en los supuestos del Libro II, Título IV, Capítulo III de este Código.
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) De los delitos reprimidos con pena no privativa de la libertad y aquellos de acción privada.
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) De las cuestiones de excusación o recusación.
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) De los supuestos del Libro III, Título II, Capítulo IV, de este Código.
Para el caso de corresponder la integración unipersonal, el Presidente del Tribunal procederá al sorteo de la causa entre los tres (3) magistrados, según el ingreso de las causas y bajo un sistema de compensación, de forma tal que la adjudicación sea equitativa.
Para los restantes casos, intervendrán tres (3) jueces, no obstante lo cual podrá dictar resolución válida mediante el voto coincidente de dos (2) de ellos.
Integración de la Cámara de Apelación
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) De las cuestiones de competencia.
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) De los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas en los supuestos del Libro II, Título IV, Capítulo III de este Código.
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) De los delitos reprimidos con pena no privativa de la libertad y aquellos de acción privada.
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) De las cuestiones de excusación o recusación.
Para el caso de corresponder la integración unipersonal, el Presidente del Tribunal...
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