Decreto 78. Modificación. Decreto N° 357/2002.

Fecha de la disposición31 de Enero de 2017

Decreto 78/2017

Modificación. Decreto N° 357/2002.

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2017

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2016-04203117-APN-DGAJ#MDS, la Ley de Ministerios (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1455 del 12 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 1703 del 15 de octubre de 2008, 1067 del 14 de agosto de 2009, 668 del 12 de mayo de 2010 y sus modificatorios y 13 del 10 de diciembre de 2015 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 1455/96 se creó, con dependencia directa de la entonces SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la COMISIÓN NACIONAL DE ACCIÓN SOCIAL DIRECTA, y se estableció que la misma estaría integrada por UN (1) Presidente con rango y jerarquía de Subsecretario, y CINCO (5) vocales que percibirían una remuneración equivalente al Nivel A Grado 8 del ex Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SI.NA.P.A.).

Que por el Decreto N° 1703/08 se determinó que la COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y ASISTENCIA DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL COMUNITARIOS estaría integrada por un Presidente, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que por el Decreto N° 1067/09 se estableció que el PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO creado por la Resolución MD N° 3182/2009 está a cargo de la UNIDAD EJECUTORA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, cuyo titular tiene rango y jerarquía de Subsecretario.

Que por el Decreto N° 668/10 se creó, con dependencia directa de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Identificación de Necesidades Críticas, cuyo titular tiene rango y jerarquía de Subsecretario.

Que resulta necesario suprimir los cargos extraescalafonarios de TITULAR de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, de COORDINADOR DE IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES CRÍTICAS y de la COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y ASISTENCIA DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL COMUNITARIOS y, CUATRO (4) cargos de VOCALES de la COMISIÓN NACIONAL DE ACCIÓN SOCIAL DIRECTA remuneración equivalente al Nivel A, Grado 8 del ex Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SI.NA.P.A.).

Que mediante el Decreto N° 357/02 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias.

Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL por el Decreto mencionado en el considerando precedente, resulta necesario reordenar los objetivos de esa Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se ha expedido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios --Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada-- el Apartado XIX, correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2017-01165554-APN-MDS) al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

ARTÍCULO 2°

Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios --Objetivos-- el Apartado XIX, correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2017-01165684-APN-MDS) al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

ARTÍCULO 3°

Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo al organigrama que como ANEXO I (IF-2017-01165716-APN-MDS), forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°

Suprímense los cargos extraescalafonarios de TITULAR de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, de COORDINADOR DE IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES CRÍTICAS y de TITULAR de la COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y ASISTENCIA DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL COMUNITARIOS, todos ellos con rango y jerarquía de Subsecretario y CUATRO (4) cargos de VOCALES de la COMISIÓN NACIONAL DE ACCIÓN SOCIAL DIRECTA, con remuneración equivalente al Nivel A, Grado 8 del ex Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SI.NA.P.A.).

ARTÍCULO 5°

Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2.098/08.

ARTÍCULO 6°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos asignados por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 7°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- MACRI. -- Marcos Peña. -- Carolina Stanley.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

XIX.- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

\u2022 SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARÍA DE JUVENTUD

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS

SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

\u2022 SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA

\u2022 SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE HERRAMIENTAS PARA LA ECONOMÍA SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRADORAS

SUBSECRETARÍA DE LA ECONOMÍA POPULAR

\u2022 SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL

SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL

SUBSECRETARÍA DE IDENTIFICACIÓN Y ATENCIÓN DE NECESIDADES CRÍTICAS

SUBSECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA

\u2022 SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACIÓN FEDERAL

SUBSECRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA

IF-2017-01165554-APN-MDS

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL

OBJETIVOS:

  1. Entender en el diseño de las políticas sociales tendientes a acompañar y proteger a los grupos especialmente vulnerables, a través de la implementación de programas de protección social, de seguridad alimentaria y el fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

  2. Entender en el diseño, gestión y evaluación de políticas sociales de protección.

  3. Entender en el diseño de la política alimentaria destinada a la población en condiciones de vulnerabilidad.

  4. Entender en el diseño y en la implementación de políticas sociales destinadas fomentar la participación activa de los jóvenes.

  5. Entender en el diseño e implementación de las políticas sociales de fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil.

  6. Entender en el diseño e implementación de acciones que promuevan el desarrollo sostenible y la responsabilidad social.

  7. Promover el acceso a la igualdad de oportunidades y la mejora de la calidad de vida de las poblaciones de lesbianas, gays, transexuales, travestis, transgénero, intersex y queer.

    MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

    SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL

    SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

    OBJETIVOS:

  8. Asistir a la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL, en el diseño de las políticas sociales de fortalecimiento institucional de las organizaciones de la sociedad civil.

  9. Propiciar el establecimiento de mecanismos que permitan un mayor conocimiento y una mejor visualización pública de las actividades desarrolladas por las Organizaciones de la Sociedad Civil.

  10. Promover y desarrollar el fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil, procurando el fortalecimiento de la participación ciudadana y propiciar condiciones favorables para impulsar el trabajo de las organizaciones sociales.

  11. Promover la generación de espacios institucionales de articulación intersectorial que posibiliten una mayor participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) en la gestión de políticas públicas.

  12. Impulsar acciones de fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) a través de programas conjuntos de capacitación y gestión asociada.

  13. Promover el reconocimiento de la labor de las organizaciones de la sociedad civil en la promoción y protección de derechos y en la ejecución de acciones tendientes a la atención de personas en situación de vulnerabilidad o de exclusión social.

    MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

    SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL

    SUBSECRETARÍA DE JUVENTUD

    OBJETIVOS:

  14. Asistir a la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL en el diseño e implementación de políticas sociales destinadas a jóvenes.

  15. Presidir el...

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