Decreto 120/2022

Fecha de publicación11 Marzo 2022
SecciónDecretos
EmisorENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE


Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-03996505-APN-DGD#MTR, las Leyes Nros. 17.520, 24.093, 25.188, y 27.419, los Decretos Nros. 650 del 13 de julio de 2018, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 949 del 26 de noviembre de 2020, 427 del 30 de junio de 2021, 556 del 24 de agosto de 2021 y las Resoluciones Nros. 307 del 17 de diciembre de 2020 y 129 del 28 de abril de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE y sus respectivas modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 556/21 se creó el ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE como organismo descentralizado con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera, en el ámbito jurisdiccional del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que dicho organismo tiene la misión de velar por la calidad y adecuada prestación de los servicios, la debida protección de los usuarios y las usuarias, el resguardo de los bienes de dominio público y privado del ESTADO NACIONAL y el cumplimiento de las leyes, reglamentos y marcos contractuales y regulatorios mediante el ejercicio de la actividad de auditoría, control, inspección, regulación y seguimiento de las materias administrativas, ambientales primarias, económico-financieras, legales, determinación y/o modificación de traza, tarifarias y técnicas de los contratos de concesión de obra pública y otros que pudieren realizarse para el desarrollo de trabajos de modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y balizamiento, de dragado y redragado, control hidrológico y/o de actividades complementarias a aquellos, sobre la vía navegable troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del RÍO PARANÁ, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el RÍO DE LA PLATA exterior, y de aquellos sectores que el PODER EJECUTIVO NACIONAL le asigne en el futuro.

Que, oportunamente, por el Decreto N° 949/20 se delegó en el MINISTERIO DE TRANSPORTE la facultad de efectuar el llamado y la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional por el régimen de concesión de obra pública por peaje, en el marco de la Ley N° 17.520, para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y mantenimiento de la vía navegable actualmente concesionada, y también la facultad de efectuar el llamado y adjudicación de la licitación para las tareas de dragado y redragado, mantenimiento y señalización, con relación a otros...

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