Decisión Administrativa 1770/2020

Fecha de publicación30 Septiembre 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorPRESUPUESTO


Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-62591200-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 y complementada por el Decreto Nº 193 del 27 de febrero de 2020, modificada por la Ley N° 27.561, los Decretos Nros. 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 457 del 10 de mayo de 2020 y las Decisiones Administrativas Nros. 12 del 10 de enero de 2019 y 1 del 10 de enero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación al coronavirus COVID-19 y atento a la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 y ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, resulta menester atender erogaciones necesarias para paliar los efectos de la citada pandemia.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1/20 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, con las adecuaciones institucionales del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecidas por los Decretos Nros. 7/19 y 50/19.

Que a través del artículo 4º del Decreto N° 457/20 se suspendió durante el Ejercicio 2020, para aquellas modificaciones presupuestarias necesarias en virtud de medidas dictadas en el marco de las disposiciones del Decreto N° 260/20, la aplicación de los límites a las reestructuraciones presupuestarias que puede disponer el Jefe de Gabinete de Ministros establecidos en el tercer párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

Que resulta pertinente adecuar los créditos vigentes del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, organismo actuante en la órbita del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, en virtud de la cesión de créditos hacia el MINISTERIO DE SALUD con el objetivo de llevar a cabo medidas de prevención y mitigación de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el fin de atender las transferencias al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y al Fondo de Garantía Argentino (FoGAr), en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, con el fin de ejecutar acciones de integración socio-urbana en Barrios Populares que permitan mitigar los efectos resultantes de la emergencia sanitaria, en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID N° 3458/OC-AR.

Que, asimismo, es menester reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de contribuir al sostenimiento de sectores de la cultura, con el fin de disminuir los efectos producidos por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las transferencias corrientes con el fin de permitir la asignación de subsidios para los trabajadores y las trabajadoras de la cultura, en el marco de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que dicho refuerzo se financia parcialmente con un incremento de los recursos propios, provenientes de ingresos tributarios por aplicación de gravámenes a los servicios de comunicación audiovisual conforme la Ley Nº 26.522 y sus normas modificatorias y complementarias.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, con el fin de atender gastos en materia de personal y relacionados con la producción de obras teatrales y programas realizados en formato digital, debido a la suspensión de las actividades del teatro, producto de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que, asimismo, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las transferencias corrientes con el fin de permitir la asignación de la segunda edición de Becas Sostener Cultura II, para los trabajadores y las trabajadoras de la cultura, en el marco de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD, con el propósito de atender el anticipo para la adquisición de la vacuna contra el coronavirus COVID-19 y los servicios de transporte en el marco de las “Acciones de Mitigación de la Pandemia Coronavirus COVID-19” y del Proyecto “Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Préstamo BID N° 5032/OC-AR); incluyendo además la extensión del pago de la asignación estímulo establecida por el Decreto N° 315 del 26 de marzo de 2020 y la asistencia al personal que se desempeña en los hospitales modulares bajo la órbita del Hospital El Cruce Dr. Néstor Carlos Kirchner de Florencio Varela, todo ello en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que se incrementa el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con destino a la atención de los servicios profesionales que se desempeñan en los hospitales modulares en el marco de la pandemia por coronavirus COVID-19.

Que, asimismo, resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de afrontar reintegros a los y las agentes del seguro de salud que sufrieron una merma en su recaudación en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.

Que el aumento mencionado en el considerando anterior se financia con la incorporación de fuentes financieras provenientes de remanentes de ejercicios anteriores.

Que...

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