Decisión Administrativa 1/2020
Emisor | PRESUPUESTO |
Sección | Decisiones Administrativas |
Fecha de publicación | 13 Enero 2020 |
Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-01550999-APN-DGD#MHA, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, los Decretos Nros. 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019, 4 del 2 de enero de 2020, la Decisión Administrativa N° 12 del 10 de enero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo previsto en el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones y por el artículo 1° del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020, se estableció que a partir del 1° de enero de 2020 rigen las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, sus normas modificatorias y complementarias.
Que, en ese sentido, es imprescindible mantener ciertas disposiciones de la Decisión Administrativa N° 12 del 10 de enero de 2019 de distribución de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, prorrogada por el referido Decreto N° 4/20 para el Ejercicio Fiscal 2020.
Que por el Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 se estableció la nueva organización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL y por el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, sus Objetivos y el ámbito jurisdiccional en el que desarrollarán su actuación los organismos desconcentrados y descentralizados.
Que por el artículo 2° del citado Decreto N° 4/20 se instruyó al Jefe de Gabinete de Ministros a adecuar el presupuesto prorrogado por el artículo 1° del mismo decreto a fin de dar cumplimiento a los incisos 1 y 2 del artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones y de reflejar adecuadamente la organización institucional del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecida por los mencionados Decretos Nros. 7/19 y 50/19.
Que teniendo en cuenta ello y con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, corresponde establecer los recursos y los créditos presupuestarios que den inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2020.
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