Boletín Oficial Nº 3138 - 30 de Enero de 2015

Fecha de publicación30 Enero 2015
Año2015
Número de Gaceta3138
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual 187332
BOLETÍN OFICIAL
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………..…….………………..….…....…………….C.P.N. Oscar Mario JORGE
Vice-Gobernador:…………………………………….……..……….………………....................Prof. Norma Haydee DURANGO
Ministro de Coordinación de Gabinete……………….………………………………………. C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ………………….…….…...…………………....Abg. Leonardo Jesús VILLALVA
Ministro de Bienestar Social: ……………………………………..........................................................Sr. Raúl Eduardo ORTÍZ
Ministro de Salud:........................................................................................................................Dr. Mario Omar GONZÁLEZ
Ministro de Cultura y Educación: …………………………………….…….....................Lic. Jacqueline Mohair EVANGELISTA
Ministro de la Producción:…………………………………………..………..……..........................Dr. Abelardo Mario FERRÁN
Ministro de Hacienda y Finanzas:...........................................................................................................C.P.N. Sergio VIOLO
Ministro de Obras y Servicios Públicos:................................................…......................................
Secretario General de la Gobernación:...................................................................................C.P.N. José María GONZÁLEZ
Secretario de Desarrollo Territorial:………………………………………………..……………………..
Secretario de Derechos Humanos:………..………….………...……….….………....……………… Prof. Héctor Rubén FUNES
Secretario de Asuntos Municipales:...........................................................................................................Lic. Fabián BRUNA
Secretario Recursos Hídricos:...........................................................….........................................Ing. Néstor Pedro LASTIRI
Secretario de Turismo…………………………….………..…………………………………………..…Sr. Santiago Daniel AMSE
Asesor Letrado de Gobierno:..........................................................……....................................Dra. Daniela Mónica VASSIA
Fiscal de Estado: .......................................................................…................................................Dr. José Alejandro VANINI
AÑO LXII - Nº 3138 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 30 DE ENERO DE 2015
Telefax: 02954- 436323 www.lapampa.gov.ar boletinoficial@lapampa.gov.ar
SUMARIO
Página
Leyes N° 2822, 2826 y 2827……………………………………………………………………………………………….
178
Decretos Sintetizados: (N° 723, 801 y 802/14, 08, 11, 13 a 15)……………………………………………………….
193
Ministerio de Coordinación de Gabinete: (Res. N° 2595, 2597, 2881 a 2949/14, 05 a 09, 11 a 16)………………
194
Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad Jefatura de Policía: (Res. N° 015)………………………………
203
Ministerio de Bienestar Social: (Res. N° 1067/14, 102 y 106)……………………………………………………….
203
Ministerio de Salud Subsecretaría de Salud: (Disp. N° 653 y 654/14, 03, 04, 07 y 09)………………………….
204
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. N° 1904, 1905, 1913, 1914, 1937 y 1939/14, 0128 a 0130, 0134 a
0136)……………………………………………………………………………………………………………………….
204
Ministerio de la Producción: (Res. N° 030, 031, 035 y 040)…………………………………………………………..
207
Secretaría General: (Res. N° 06, 20, 38, 40 a 42)……………………………………………………………………..
208
Secretaría de Asuntos Municipales: (Res. N° 004 a 011)…..…………………………………………………………
208
Tribunal de Cuentas: (Sent. N° 19, 20, 62 a 64 y 100)………………………………………………………………..
209
Instituto de Seguridad Social: (Res. Gral. N° 692)…………………………………………………………………….
218
Licitaciones:……………………………………………………………………………………………………………..…...
218
Edictos de Minería: ………………………………………………………………………………………………………..
221
Edictos:……………………………………………………………………………………………………………………….
224
Avisos Judiciales:……………………………………………………………………………………………………………
226
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:………………………………………………………………………
Concursos:………………………………………………………………………………………………………………….
227
232
Pág. N° 178 Santa Rosa, 30 de enero de 2015 BOLETÍN OFICIAL N° 3138
LEY Nº 2 822: APROBANDO CONVENIO DE EJECUCIÓN PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA-
ABORDAJE FEDERAL 2014 ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN Y EL MINISTERIO
DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Ejecución Plan
Nacional de Seguridad Alimentaria - Abordaje Federal
2014, suscripto el 5 de agosto de 2014, entre el Ministerio
de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de
Bienestar Social de la provincia de La Pampa, el cual
forma parte integrante de la presente Ley y fuera ratificado
por Decreto N° 508/14, a efectos de financiar acciones
tendientes a garantizar la seguridad a limentaria de
personas en condición de vulnerabilidad social, localizadas
en jurisdicción de la provincia.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados
de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los
diecisiete días del mes de diciembre de dos mil catorce.-
Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de La
Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La
Pampa- Dra. Varinia Lis MARÍN, Se cretaria Legislativa
Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
PLAN NACIONAL DE
Seguridad Alimentaria
Nota N° 274 /14
Organismo: Ministerio de Bienestar de La Pampa
Domicilio: Calle Centro Cívico Nº Piso/Dpto. PB
C.P. 6300 Ciudad de Santa Rosa Provincia: La
Pampa
Buenos Aires, 25 de agosto de 2014
Sr. MINISTRO:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto
de remitirle, para su registro y a efectos que estime
corresponder, segundo ejemplar del Convenio Abordaje
Federal y copia autenticada de la Resolución SES 705/14-.
Sin otro particular, hago propicia la oportunidad
para saludarlo con a tenta consideración.- Dra. María
Liliana GAMARRA, Directora de Planificación y Evaluación
Alimentaria Subsecretaría de Políticas Alimentarias
Secretaría de economía Social, Ministerio de desarrollo
Social de la Nación.-
AL Sr. MINISTRO
DEL MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
Dn. RAUL EDUARDO ORTIZ
S / D:
Av. 9 de Julio 1925 - Piso 16° (C1073ABA) - Ciudad de Bs.
As. Teléfonos: +54 (011) 4379 - 3710 /14 - Fax: 4384.0082
pnsa@desarrollosocial.gov.ar -
www.desarrollosocial.gov.ar
VISTO el Expediente MDS N° E- 35.073-2.014, y,
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE
LA. PROVINCIA DE LA PAMPA ha presentado un
Proyecto de Inversión, a los efectos de financiar acciones
tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de familias
en situación de vulnerabilidad social.
Que dicha actividad encuadra dentro de los
lineamientos del PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD
ALIMENTARIA, que desarrolla este MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL en la órbita de esta
SECRETARIA.
Que su objetivo general consiste en: potenciar las
competencias de las personas para mejorar su calidad de
vida y la de su familia, mediante acciones de
autodeterminación, autogestión y educación alimentaria de
familias socio-económicamente vulnerables de la provincia
de La Pampa.
Que los objetivos específicos del mismo se
traducen en: a) mejorar la acc esibilidad al
aprovisionamiento de alimentos a través de la "Tarjeta
Alimentaria" propiciando un proceso autogestivo; b)
mejorar el ap orte calórico proteico con la incorporación de
alimentos frescos; c) articular acciones con programas:
asistenciales, promocionales y productivos para fomentar
el autoconsumo; d) Fomentar hábitos alimentarios
saludables.
Que el monto del componente nacional de dicho
proyecto, a financiar, asciende al importe total de PESOS
QUINCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL
CIENTO VEINTE ($ 15.540.120.-).
Que los fondos han sido asignados a financiar la
Asistencia Alimentaria de 14.389 titulares de derecho en
situación de vulnerabilidad social, bajo modalidad Tarjeta
Magnética para la compra de dichos productos en
comercios adheridos de la jurisdicción, por un término de
DOCE (12) meses.
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos
administrativos correspondientes.
Que el destino de los fondos solicitados satisface
necesidades básicas de la comunidad, en el marco de los
conceptos de solidaridad y justicia social.
Que la SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS
ALIMENTARIAS - DIRECCIÓN NACIONAL DE
SEGURIDAD ALIMENTARIA propicia el dictado del
presente acto resolutivo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete y
dictaminado en tal sentido.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN ha a fectado preventivamente la
erogación señalada.
Que c on basamento en la Ley 26.896, se ha
prorrogado la declaración de emergencia alimentaria
nacional, dispuesta oportunamente por la Ley 26.204.
Que en función de lo señalado precedentemente,
BOLETÍN OFICIAL N° 3138 Santa Rosa, 30 de enero de 2015 Pág. N° 179
resulta procedente aprobar el proyecto de Convenio de
Ejecución y autorizar la transferencia peticionada.
Que el presente acto se dicta en el marco de la
Ley 25.724 y de los Decretos PEN N° 1018 de fecha 28 de
abril de 2003 y 901 de fecha 8 d e octubre de 2003, la Ley
26.896, las Resoluciones MDS Nº 2040/03 y 574/10, y en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios, sus normas
modificatorias y complementarias, y en los Decretos PEN
141 del 4 de Junio de 2003, 357/02 y sus
modificatorios, 1344/07 y Decretos Nº 113 de fecha 10 de
diciembre de 2011 y Nº 2113/13.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ECONOMÍA SOCIAL DEL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase el proyecto de CONVENIO DE
EJECUCIÓN - PROYECTO ABORDAJE FEDERAL -
PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, a
suscribir con el MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE
LA PROVINCIA DE LA PAMPA, y que como ANEXO I
forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Autorízase la transferencia al MINISTERIO
DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PAMPA, con domicilio en
Centro Cívico - Planta Baja - de la Ciudad de Santa Rosa,
Provincia de la Pampa, y con arreglo a la forma de pago
establecida en el artículo siguiente, de un subsidio no
reintegrable por el importe total de PESOS QUINCE
MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CIENTO
VEINTE ($ 15.540.120.-), con arreglo a la forma de pago
estipulada en el artículo 3, con destino a financiar la
Adquisición de Alimentos para hasta 14.389 titulares de
derecho en situación de vulnerabilidad social, bajo
modalidad Tarjeta Magnética para la compra de dichos
productos en comercios adheridos de la jurisdicción;
actividad encuadrada dentro de los lineamientos del PLAN
NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, que
desarrolla este MINISTERIO, en el marco de la ley 25.724
y de los Decretos PEN N° 1018 de fecha 28 de Abril de
2003 y 901 de fecha 8 de Octubr e de 2003, la Ley 26.896
y la Resolución MDS N° 2040/03.
ARTÍCULO 3°.- CRONOGRAMA DE PAGO - Los fondos
citados en el artículo anterior se transferirán en DOS (2)
desembolsos a girar con arreglo al siguiente Cronograma
de Pago:
Nº de Desembolso
Importe
Plazo máximo de
Pago
I
$ 7.770.060.-
30 días desde la firma
de este acto
administrativo.
II
$ 7.770.060.-
180 días posteriores a
la recepción d el 1er.
desembolso
Importe Total
$ 15.540.120.-
Todo ello, conforme a la evaluación que realice la
SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS, con
relación al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en el CONVENIO consignado en el artículo 1°, y s egún
solicitud de pago formulada ante la SECRETARIA DE
COORDINACIÓN y MONITOREO INSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 4°.- Los fondos serán transferidos a la cuenta
bancaria abierta a tal efecto en una sucursal local del
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, que permita su uso
inmediato para el cumplimiento de la finalidad del subsidio,
en adecuación a lo prescripto po r el Decreto N° 892/95 del
PEN y Decisión Administrativa N° 105/96 de la Jefatura de
Gabinete del PEN.
ARTÍCULO 5°.-Los beneficios otorgados quedan sujetos a
rendición de cuentas documentadas. La ejecución del
propósito denunciado será pasible de fiscalizaciones por
parte del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 6°.- La UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA -
SINDICATURA GENERAL DE L A NACION, la RED
FEDERAL DE CONTROL PUBLICO y/o la AUDITORIA
GENERAL DE LA NACIÓN podrán efectuar el control de la
inversión de los fondos otorgadas.
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente
Resolución será afectado con créditos presupuestarios,
correspondientes al ejercicio vigente.
ARTÍCULO 8°.- Pase a la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN a los efectos pertinentes.
ARTÍCULO 9°.- La presente Resolución es refrendada por
la Sra. SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS
ALIMENTARIAS.
ARTÍCULO 10°.- Regístrese, comuníquese y archívese. .
Carlos Alberto VIVERO, Secretario de Economía Social
Secretaría de Economía Social ------------ Sra. Liliana
PAREDES de PEROTTI, Subsecretaría de políticas
Alimentarias, Secretaria de economía Social Ministro de
Desarrollo Social.-
MINISTERIO DE BIENESTAR
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE LA
PAMPA
CONVENIO DE EJECUCIÓN PLAN NACIONAL DE
SEGURIDAD ALIMENTARIA ABORDAJE FEDERAL 2014
Entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA
NACIÓN, repres entado en este acto por el Sr. Secretario
de Economía Social, Dn. CARLOS ALBERTO VIVERO,
con domicilio en Avenida 9 de Julio 1925 - Piso 15 - de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "EL
MINISTERIO"; y el MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE LA PA MPA, representado en este
acto por el Sr. Ministro, Dn. RAUL EDUARDO ORTIZ, con
domicilio en Centro Cívico ,- Planta Baja - de la Ciudad de
Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en adelante "LA
PROVINCIA", se conviene lo siguiente:
· OBJETIVOS
1. El presente Acuerdo se suscribe a los efectos de
financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad
alimentaria de personas en c ondición de vulnerabilidad
social, localizadas en Jurisdicción de la provincia de La
Pampa, en los términos del PLAN NACIONAL DE
SEGURIDAD ALI MENTARIA; y teniendo en cuenta lo
establecido e n la Ley 25.724, los Decretos PEN Nº 1018
de fecha 28 de Abril de 2003 y 901 de fecha 8 de Octubre
de 2003, la Ley 26.896, y la Resolución MDS Nº 2040/03.
El objetivo ge neral del presente acuerdo consiste en
potenciar las competencias de las personas para mejorar

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