Ley 25724

Fecha de disposición17 Enero 2003
Fecha de publicación17 Enero 2003
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta30070

PROGRAMA DE NUTRICION Y PROGRAMA DE NUTRICION Y ALIMENTACION NACIONAL

Ley 25.724

Creación del citado Programa, destinado a cubrir los requisitos nutricionales de niños hasta los 14 años, embarazadas, discapacitados y ancianos desde los 70 años en situación de pobreza. Autoridad de aplicación. Coordinación. Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación. Comisiones Provinciales y Municipales y/o comunales. Funciones. Ejecución. Fondo Especial de Nutrición y Alimentación Nacional.

Sancionada: Diciembre 27 de 2002.

Promulgada de Hecho: Enero 16 de 2003.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Programa de Nutrición y Alimentación Nacional

Título I De la creación Artículos 1 y 2
ARTICULO 1°

Créase el Programa Nacional de Nutrición y Alimentación en cumplimiento del deber indelegable del Estado de garantizar el derecho a la alimentación de toda la ciudadanía.

ARTICULO 2°

Dicho Programa en la emergencia, está destinado a cubrir los requisitos nutricionales de niños hasta los 14 años, embarazadas, discapacitados y ancianos desde los 70 años en situación de pobreza. A tal efecto se considera pertinente la definición de línea de pobreza del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Se prioriza a las mujeres embarazadas y a los niños hasta los 5 (cinco) años de edad.

Título II De la autoridad de aplicación Artículo 3
ARTICULO 3°

La autoridad de aplicación es ejercida en forma conjunta por los Ministerios de Salud y de Desarrollo Social de la Nación.

Título III De la coordinación Artículos 4 a 6
ARTICULO 4°

Créase para la coordinación del Programa:

  1. La Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación que está integrada por representantes de los Ministerios de Salud, de Desarrollo Social y Medio Ambiente, de Educación, de Economía, de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, de Producción y de Organizaciones no gubernamentales debidamente acreditadas en el área.

  2. Comisiones Provinciales con similares integrantes.

  3. Comisiones municipales y/o comunales con similares integrantes.

ARTICULO 5°

Son funciones de la Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación entre otras:

  1. Diseñar las estrategias para la implementación del presente Programa.

  2. Fijar los criterios de acceso al Programa y las condiciones para su permanencia en el mismo.

  3. Asegurar equidad en las prestaciones alimentarias y en el cuidado de la salud.

  4. Fijar los mecanismos de control que permitan una evaluación permanente de la marcha del Programa y de sus resultados como así también del cumplimiento por parte de los beneficiarios de las exigencias para permanecer en el mismo.

  5. Dar la más amplia difusión del Programa, indicando fundamentalmente la información necesaria para acceder al plan de una manera simple y directa.

  6. Implementar un Programa de educación alimentaria nutricional como herramienta imprescindible para estimular el desarrollo de conductas permanentes que permitan a la población decidir sobre una alimentación saludable desde la producción, selección, compra, manipulación y utilización biológica de los alimentos.

  7. Establecer un Sistema Permanente para la Evaluación del Estado Nutricional de la Población, articulando con los organismos gubernamentales con competencia en materia alimentaria y nutricional nutricional y el Instituto Nacional de...

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