Aspectos morales de los Derechos de Autor

AutorMaría Susana Tabieres - Mauro Fernando Leturia
Cargo del AutorDra. en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Nacional de La Plata, Abogada y Licenciada especialista en Integración Económica - Profesor e investigador de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata
Páginas83-96
Derechos de Propiedad Intelectual
82 83
UNIDAD IV
Aspectos morales de los Derechos de Autor
suMario: 1-Derechos morales.- 2-Características.- 3-Derecho de pa-
ternidad.- 4-Derecho a la integridad.- 5-Derecho de divulgación.-
6-Retracto.- 7- Derechos conexos
1. Derechos morales.
Como se señaló, en el campo de los Derechos de Autor, una
de sus características particulares resulta el reconocimiento
por parte de la ley de los denominados “derechos morales”, o
de la existencia de “aspectos morales”, cuya nalidad princi-
pal consiste en velar por el reconocimiento del vínculo perso-
nal que existe entre el autor y su obra. Las obras representan,
en su sentido más puro, una manifestación de la personalidad
de su autor y como tal, son valoradas y protegidas.
En cuanto a su naturaleza jurídica, no existe acuerdo entre
la doctrina, ya que su conceptualización resulta dicultosa.
Como derechos subjetivos y extra patrimoniales, se encuen-
tran fuera del comercio y recaen sobre un objeto inmaterial
susceptible de valor, esto es la obra, lo que los coloca dentro
de los derechos personales, aunque la ley les reconoce su opo-
nibilidad erga omnes o contra todos, es decir que deben ser
respetados por todos y desde ese aspecto es que se los vincula
con una característica propia de los derechos reales. Sin en-
trar en la discusión profunda sobre la naturaleza dado que
ello demandaría una profundidad y extensión que exceden
este trabajo, nos enrolamos con los doctrinarios que conside-
ran que se trata de derechos personales, con la característica
de ser oponibles a todos. Se trata de una situación híbrida
que conjuga características de los derechos personales y de
los derechos reales sin corresponder o encajar con exactitud
en alguna de las dos categorías. La existencia misma de los
derechos morales y su ejercicio, explican la existencia de la
tutela que reconocen los distintos ordenamientos a los auto-
res; pensar que son sólo derechos patrimoniales, dado que en

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