Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2004, G. 5. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 5. XL.

RECURSO DE HECHO

G. de P., N.D. c/ Edesur S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de abril de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa G. de P., N.D. c/ Edesur S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.R.V. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por N.D.G. de P., representado por los Dres. M.M.C. y N.L.C..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal Sala III.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 1.

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