Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Noviembre de 2011, P. 154. XLV

Fecha01 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 154. XLV.

Provincia del Chaco c/ R., R.;Aníbal s/ apremio.

Buenos Aires, 1 de noviembre de 2011 Vistos los autos:

Provincia del Chaco c/ R.R.A. s/ apremio

.

Considerando:

Que las cuestiones planteadas han sido adecuadamente consideradas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal, y a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara admisible el recurso extraordinario y, se revoca la sentencia apelada.

Con costas.

N. y vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo decidido en la presente. R.;LUIS LORENZETTI -E.;I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recuso extraordinario interpuesto por: R.;Aníbal Rivero, representado por el Dr. C.;Oscar Mouhape.

Traslado contestado por la provincia del Chaco, representada por la Dra. C.;Serrano, con el patrocinio letrado del Dr. O.;José Simoni, Fiscal de Estado. Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco – Sala Primera Civil, Comercial y L.. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Resistencia - Salas Tercera y Cuarta; Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Resistencia. -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2011/monti/feb/1/provincia_del_chaco_p_154_l_xlv.pdf Impuestos sobre los ingresos brutos - Ejecución fiscal - Excepción de la prescripción - Códigos provinciales - Planteo de inconstitucionalidad -2-

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