art 1113 accidente trabajo
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 13 de Julio de 2000, expediente 9179/1994.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 26 de Agosto de 1999, expediente 9364/93.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 18 de Febrero de 2005, expediente 9.573/00
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 4 de Agosto de 1998, expediente 11.952/94.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 29 de Octubre de 1998, expediente 36.832/95.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 23 de Noviembre de 1999, expediente 9888/93.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 15 de Mayo de 2003, expediente 1.234/03
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 20 de Agosto de 2002, expediente 8.199/99
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 8 de Abril de 1999, expediente 7282/92
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 12 de Marzo de 2002, expediente 3.913/00
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 13 de Julio de 1999, expediente 6722/92.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 29 de Octubre de 1999, expediente 11.952/94.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 14 de Julio de 1998, expediente 3960/97.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 14 de Octubre de 1999, expediente 1261/92.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 22 de Septiembre de 1998, expediente 20.495/95.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 22 de Agosto de 2000, expediente 4193/93.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 21 de Marzo de 1995, expediente 18.462/94.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 6 de Abril de 1999, expediente 2116/92
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Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 9 de Febrero de 2000, expediente L 67051
... a supuestos diferentes ni lo constituye el trabajo desempeñado por el dependiente que no puede enmarcarse dentro de la definición de cosa productora de riesgo a que alude la citada norma legal. CCI Art. 1113 Laboral - RIL - Impugnación de los fundamentos - Es improcedente el recurso de inaplicabilidad de ley que parcializa la impugnación de la sentencia apelada, soslayando dirigir réplica alguna a fundamentos que, siendo esenciales...
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 5 de Mayo de 1998, expediente 7136/93.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 30 de Abril de 1998, expediente 5034/97.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 16 de Diciembre de 1999, expediente 575/97.
- Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 25 de Septiembre de 2001, expediente 5.576/97
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Sentencia nº DJBA 154, 223 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 24 de Febrero de 1998, expediente L 61984
... tema, y con arreglo a lo establecido por el art. 1113, segunda parte in fine del Código Civil el dueño o guardián de la cosa quedan total o parcialmente excluídos de responsabilidad si se demuestra que la conducta de la víctima ha generado el evento dañoso. CCI Art. 1113 SEGUNDA PARTE Laboral - Accidente de trabajo - Conducta de la víctima - No corresponde otorgar la indemnización reclamada con fundamento en el art. 1113 del Código Civil si
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Sentencia nº DJBA 157, 81 - LLBA 1999, 1005 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 6 de Julio de 1999, expediente L 67897
... vicio, con arreglo a lo establecido por el art. 1113 segunda parte in fine del Código Civil, los responsables son el dueño o guardián de la cosa que lo generó, salvo que se demuestre que la conducta de la víctima (o de un tercero) ha excluido o limitado la responsabilidad de aquéllos generando causal o concausalmente el evento dañoso o ha sido usada contra la voluntad expresa o presunta del dueño o guardián. CCI Art. 1113