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Nº147 En la ciudad de Venado Tuerto, a los 03 días del mes de Octubre del Año Dos mil Ocho, se reunieron en Acuerdo los Señores Vocales de Cámara de A...
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DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL:
La Cámara de Apelación del Departamento Judicial Zárate-Campana confirmó la resolución dictada en primera inst...
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ABANDONO DE PERSONA. Configuración. Significado. Aspectos objetivo y subjetivo del tipo. Posición de garante. Absolución.
El abandono de personas constituye un delito de omisión impropia cuya configuración requiere desde lo objetivo, la puesta en peligro de la vida o la salud de una persona incapaz de valerse, derivada de la colocación en situación de desamparo o del abandono por parte de quien tiene la obligación de mantenerla o cuidarla y la posibilidad objetiva de evitar el riesgo por medio de la conducta debida, y desde lo subjetivo, el conocimiento de aquellos extremos, especialmente, de la situación objetiva de peligro concreto para la vida o la salud. Abandonar significa colocar al sujeto pasivo en una situación de desamparo material. Ello no ocurre cuando la víctima, de acuer...
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Penal - RIL - Caso federal
- Si la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso la apertura de la competencia de esta Corte solamente respecto de los reclamos de índole federal, no corresponde tratar aquellos planteos que no revistan esa condición, como ocurre con el formulado por la parte con relación al contenido del art. 293 del C.P. (art. 67 inc. 11 y 100 de la Constitución de la Nación).
CPE Art. 293 ; CON Art. 67 Inc. 11 ; CON Art. 100
Penal - Juicio oral - Audiencia
- Es improcedente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que se denuncia la violación al derecho de defensa y a la garantía del debido proceso (art. 18, Constitución nacional) en que habría incurrido el tribunal al privar al procesado del uso de la palabra según lo prevé el art. 283 del Códi...
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.../ lesiones gravísimas, lesiones leves y abandono de persona Ccausa n1 23.484/08C. Año del Bic...
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Penal - REX - Indefensión // Defensor Oficial - Deberes y facultades
- Para el debido ejercicio de sus deberes no es necesario que los señores defensores sean notificados de la manifestación de sus defendidos sobre su voluntad de interponer recursos extraordinarios sino que deben realizar los actos correspondientes en función de las oportunas comunicaciones con sus asistidos.
Penal - REX - Plazo
- El plazo para presentar los recursos extraordinarios es perentorio e improrrogable, no pudiendo extenderse por la mera circunstancia de que el defensor desconociera la voluntad del procesado de recurrir la sentencia.
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Materia: Derecho Penal
Tipo de Resolución: Sentencia
Voces: Homicidio Calificado por el Vinculo - Accion por Omision-autoria
Texto: La imputada del delito de homicidio calificado por el vínculo (artículo 80, inciso 1°, Código Penal), debe ser considerada como autora toda vez que ejecuta de propia mano tanto la acción típica comitiva como la omisiva (artículo 45, primera hipótesis, Código Penal). El artículo 265 del Código Civil coloca a la madre en lo que se conoce como situación de garante. Surge expresamente de la ley la obligación de quien detenta la patria potestad de proporcionar al menor que no puede valerse por sí solo la alimentación adecuada y todos los medios que se requieren para que pueda acceder a una vida digna.
Referencias Normativas: Norma: Código Penal nº: 11179 ar...
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..., Rita Cristina s/ homicidio y abandono de persona seguido de muerte —causa nº 21.24...
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.../ lesiones gravísimas, lesiones leves y abandono de persona Ccausa n° 23.484/08C. Año del Bi...
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.../ lesiones gravísimas, lesiones leves y abandono de persona Ccausa n1 23.484/08C. Año del Bic...