Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA CIVIL, 5 de Noviembre de 2019, expediente FCT 003482/2017/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES Corrientes, cinco de noviembre de dos mil diecinueve Vistos: Los autos caratulados “S., H.R. y otros c/ Prefectura Naval

Argentina y otros s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”, Expte.Nº FCT

3482/2017/ CA1, proveniente del Juzgado Federal de Paso de los Libres; Considerando:

1 Que nuevamente se encuentran los autos en estado de resolver en virtud del

recurso extraordinario federal –fs.137/149 interpuesto por el Estado Nacional contra el

pronunciamiento de este tribunal fs.130/136 que decide rechazar la apelación planteada

por la parte demandada y en consecuencia confirmar la sentencia de primera instancia

reconociendo a favor de los actores el carácter remunerativo y bonificable de los

suplementos establecidos por los decretos Nº 1307/12, 246/13, 854/13, 813/14 y 2140/14, e

imponer costas a la parte vencida.

2 El recurrente realiza un relato de los antecedentes del caso y luego

manifiesta que el pronunciamiento impugnado introduce en el litigio una cuestión federal

suficiente toda vez que se halla en tela de juicio la naturaleza de normas de raigambre

federal; que configura un claro supuesto de gravedad institucional que habilita la instancia

extraordinaria; y califica al acto jurisdiccional de arbitrario por no resultar una derivación

razonada del derecho vigente.

En este sentido explica que el Tribunal ha desconocido normas reglamentarias

que regulan la misión y naturaleza de una fuerza de seguridad federal lo cual importa

violación al principio de división de poderes –arts.1 y 17 de la C.N., arts.54 y 62 de la Ley

18.398, decretos 1307/12, 854/13, 813/14 y 968/15 del P.E.N. derechos y garantías

constitucionales que tienen relación directa e inmediata con la materia del proceso; puso en

tela de juicio la validez de una autoridad nacional y la inteligencia de normas federales

decidiendo contra la norma federal También sostiene que la sentencia configura un acto jurisdiccional infundado

y arbitrario toda vez que adolece de sustento factico y jurídico y solo posee una

fundamentación aparente, que implica una inadecuada interpretación de normas federales

en contra del derecho invocado por las partes.

Fecha de firma: 05/11/2019 Alta en sistema: 06/11/2019 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.R.G., SECRETARIO DE CÁMARA #29729090#248850005#20191105090640762 Poder Judicial de la...

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