Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 31 de Agosto de 2017, expediente CAF 061936/2016/CA001

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL –SALA IV–

CAUSA 61936/2016/CA1 “RIOS, R.R. c/ EN-M Defensa -Ejército s/

personal militar y civil de las FFAA y de seg”

En Buenos Aires, a de agosto de 2017, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso interpuesto en los autos “RIOS, R.R. c/ EN-M Defensa -Ejército s/

personal militar y civil de las FFAA y de seg”, contra la sentencia de fs.

42/45vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de M.D.D. dijo:

  1. ) Que el señor juez de primera instancia, en lo que aquí

    interesa y es materia de agravios, hizo lugar a la demanda y declaró la inclusión de las sumas correspondientes a los incrementos otorgados por los decretos 1305/12, 245/13 y/o sus ampliatorios o modificatorios al haber mensual del actor, y condenó al pago de las sumas que resultasen de la liquidación a practicar, respecto de las retroactividades devengadas por lo percibido en menos por los cinco años anteriores contados desde la interposición de la demanda y hasta la fecha de pago efectivo Señaló que el crédito se regiría por lo dispuesto por el art. 22 de la ley 23.982, al que se le aplicaría la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. art. 10, del dec. 941/91 y art. 8, segundo párrafo, del dec. 529/91), hasta su efectivo pago (conf., CSJN, in re: “Y.P.F. c/ Corrientes, Provincia de y Banco de Corrientes s/ Cobro de Pesos”, sent. del 3-3-92 y S.I. de esta Cámara in re “T.R.C. y otros c/

    Estado Nacional –M Interior –GN, sent. del 15/5/12).

    Impuso las costas a la demandada vencida.

  2. ) Que contra tal pronunciamiento, el Estado Nacional interpuso recurso de apelación a fs. 47, que fue concedido libremente a fs. 48.

    Puestos los autos en la Oficina, expresó sus agravios a fs. 52/57, que no fueron contestados por su contraria (v. fs. 59).

  3. ) Que, las cuestiones planteadas en relación con el decreto 1305/12 y sus modificatorios resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta S. en la causa “CAPELLI, E.L. y otros c/ EN - Mº Defensa –

    Ejército s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, sentencia del 27 de Fecha de firma: 31/08/2017 Alta en sistema: 01/09/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE...

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